Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2004 (21/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 21 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Que el 14.7.04 el postor ASIVTEL S.R.L. presento su Recurso de Apelacion contra la evaluacion tecnica del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 825-2004-1 primera convocatoria, realizada por el Comite Especial Permanente de Adjudicaciones Directas y Menor Cuantia respecto a los items 4 y 5; Que del expediente del MORDAZA se desprende que la evaluacion documentaria realizada por el Comite Especial Permanente ha sido elaborada como si se tratara de un solo item, sin discriminar a los cinco (5) items del MORDAZA, de conformidad con el MORDAZA parrafo del articulo 16º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual consigna que en los procesos de seleccion segun relacion de items, cada uno de los items constituye un MORDAZA menor dentro del MORDAZA de seleccion principal; Que en relacion a los MORDAZA de evaluacion tecnica que fueron remitidos a los postores, como sustento del otorgamiento de la buena pro de los diferentes items, se aprecia que no se ha sustentado debidamente el porque se consignan las frases SI ESPECIFICA, NO ESPECIFICA, SI CUMPLE y NO CUMPLE, tal como lo establece el numeral 5 del articulo 3º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual consigna el MORDAZA de Transparencia que determina que toda adquisicion o contratacion debera realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a los postores; Que en el Acta del Comite Especial Permanente de Apertura de Sobre Economico de fecha 5 de MORDAZA del presente ano, se aprecia que se ha consignado las propuestas economicas por montos totales, sin diferenciar los montos correspondientes a cada item; Que estos hechos han configurado una de las causales de nulidad previstas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; al haber el Comite Especial Permanente llevado a cabo el MORDAZA contraviniendo las normas legales; Que al haberse configurado la nulidad del presente MORDAZA y no habiendose aun suscrito contrato alguno, de conformidad con el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, corresponde que el Congreso de la Republica a traves de su Presidente, emita la Resolucion declarando la nulidad del mismo, retrotrayendo este, a la etapa de evaluacion tecnica; Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el articulo 26º de su Reglamento y de conformidad con el Acuerdo de Mesa Directiva Nº 012-2004-2005/MESA-CR del 7 de setiembre de 2004; sobre la declaracion de nulidad del presente proceso; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la nulidad del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 825-2004-1 - primera convocatoria, retrotrayendolo a la etapa de evaluacion tecnica. Articulo Segundo.- La Direccion General de Administracion procedera a determinar la responsabilidad de los funcionarios que motivaron los hechos que configuran las causales de nulidad del mencionado MORDAZA de adjudicacion, y de ser el caso, proponer la sancion que corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica 17010

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan viaje de la Ministra de Salud a MORDAZA y encargan su Despacho al ministro de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION SUPREMA Nº 311-2004-PCM MORDAZA, 17 de setiembre del 2004 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Suprema Nº 305-2004-PCM, se autorizo el viaje a la MORDAZA de El Cairo, Egipto, de la Ministra de Salud, Dra. MORDAZA MAZZETTI SOLER, del 16 al 21 de setiembre de 2004; Que el Gobierno de MORDAZA ha invitado a la Ministra de Salud para que visite MORDAZA los dias 21 y 22 de setiembre de 2004, para entrevistarse con las autoridades del Sector Salud y conocer los avances medicos y cientificos en el MORDAZA de la salud; Que es conveniente ampliar la autorizacion concedida por Resolucion Suprema Nº 305-2004-PCM para que tambien realice una visita a la MORDAZA de TEL MORDAZA, MORDAZA y encargar el Despacho de Salud al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, en tanto dure la ausencia de la titular; Que asimismo, es necesario modificar el articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 305-2004-PCM, por cuanto el itinerario comprende las visitas a Egipto e Israel; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27619; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la Ministra de Salud, doctora MORDAZA MAZZETTI SOLER, a la MORDAZA de TEL MORDAZA, MORDAZA, del 21 al 23 de setiembre de 2004, para los fines senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Modificar el articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 305-2004-PCM, a efectos que los gastos que irrogue el viaje comprenda la visitas a Egipto e MORDAZA, que seran con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion Central del Pliego 011 Ministerio de Salud, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima - AmsterdamEl Cairo - Tel Aviv-Lima) : US$ 4 552,55 Viaticos : US$ 1 600,00 TUUA : US$ 28,24 Total : 6 180,79 Articulo 3º.- Encargar el Despacho de Salud al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, doctor MORDAZA NEVES MORDAZA, mientras dure la ausencia de la titular. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente resolucion no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 16985

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