Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2004 (21/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 21 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Los Jefes de las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas mencionadas en el articulo precedente, quedan encargados de las funciones establecidas en el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM de fecha 23 de MORDAZA de 1998, asi como de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3º.- El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros de nacimiento y defuncion, a las Oficinas de Registro de Estado Civil, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a estas, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4º.- Asimismo, la Subgerencia de Registros del Estado Civil proveera del respectivo libro de matrimonio, a las Oficinas de Registro de Estado Civil que se mencionan en el articulo primero de la presente Resolucion, cuando la Comunidad MORDAZA cumpla con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se ha conformado el Comite Especial, a que hace referencia el articulo 262º del Codigo Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 16826

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de Reinscripcion de Libros Originales de Nacimiento del ano 1940 y Matrimonio de los anos 1946 a 1953, 1964, 1965, 1974, 1975 y 1978, propuesta por la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri y departamento de MORDAZA, por los considerandos anteriormente expuestos. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri y departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento y Matrimonio, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa, por selladura de "Reinscripcion - Ley Nº 26242 - 26497", en la parte superior central del acta, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 16825

Autorizan a Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento y Matrimonio
RESOLUCION JEFATURAL Nº 471-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 1 de setiembre de 2004 VISTO: El Informe Nº 1113-2004-GO/SGREC/RENIEC de fecha 8 de junio del 2004 y el Informe Nº 683-2004GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 23 de junio del 2004, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri y departamento de MORDAZA, ha cumlido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado, confirmandose la inexistencia de Libros Registrales de Nacimiento del ano 1940 y Matrimonio de los anos 1946 a 1953, 1964, 1965, 1974, 1975 y 1978; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral;

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan participacion de magistrada en el "Seminario Regional Corte Penal Internacional: Justicia de Genero y Procesos de Implementacion del Estatuto de MORDAZA en la Region Andina", a realizarse en Colombia
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1287-2004-MP-FN MORDAZA, 17 de setiembre de 2004 VISTO Y CONSIDERANDO: La carta remitida por la senora MORDAZA Yanez De la MORDAZA, del Movimiento MORDAZA MORDAZA, mediante el cual solicita autorizacion para que la doctora MORDAZA MORDAZA Echaiz MORDAZA, Fiscal Supremo Titular de la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal, participe en el "Seminario Regional Corte Penal Internacional: Justicia de Genero y Procesos de Implementacion del Estatuto de MORDAZA en la Region Andina", que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota - Colombia, del 20 al 23 de octubre de 2004; Que, es de interes institucional la participacion de la senora Fiscal Supremo mencionada, en el referido MORDAZA, por lo que debe expedirse la resolucion correspondiente; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la doctora MORDAZA MORDAZA Echaiz MORDAZA, Fiscal Supremo Titular de la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal, para que participe en el

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