NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (21/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 15
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G38/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 21 de setiembre de 2004 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 694-2004-MTC/03 Lima, 16 de septiembre de 2004VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2004- 004558 por la empresa J&L TELECABLE 23 E.I.R.L. paraque se le otorgue concesión para la prestación del serviciopúblico de distribución de radiodifusión por cable en el dis-trito de Tocache, de la provincia de Tocache, del departa-mento de San Martín; CONSIDERANDO:Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde alMinisterio de Transportes y Comunicaciones otorgar con-cesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materiade telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Re- glamento General de la Ley de Telecomunicaciones, apro-bado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, estableceque los servicios públicos de difusión se prestan bajo elrégimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimientode los requisitos y trámites establecidos en la Ley y suReglamento y se perfecciona mediante la suscripción deun contrato de concesión aprobado por el Titular del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Re- glamento General de la Ley de Telecomunicaciones, esta-blece que entre los servicios públicos de difusión se en-cuentra el servicio público de distribución de radiodifusiónpor cable; Que, mediante Informe Nº 211-2004-MTC/17.01.ssp., la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Teleco-municaciones, de la Dirección General de Gestión deTelecomunicaciones, señala que, habiéndose verificado elcumplimiento de los requisitos que establece la legislaciónpara otorgar la concesión solicitada para la prestación delservicio público de distribución de radiodifusión por cable,es procedente la solicitud formulada por la empresa J<ELECABLE 23 E.I.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenadodel Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el De-creto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comuni-caciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa J&L TELECABLE 23 E.I.R.L., concesión para la prestación del servicio públi-co de distribución de radiodifusión por cable por el plazode veinte (20) años en el área que comprende el distrito deTocache, de la provincia de Tocache, del departamento deSan Martín. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la empresa J&L TELECABLE 23 E.I.R.L. parala prestación del servicio público a que se refiere el artícu-lo precedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulasy tres (3) anexos que forman parte integrante de la presen-te resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio, suscriba el contrato de concesión que se aprue-ba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera delas partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Públi-ca del referido contrato y de las Addendas que se suscri-ban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita elacto administrativo correspondiente, si el contrato de con-cesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximode sesenta (60) días hábiles computados a partir de la pu-blicación de la presente resolución. Para la suscripcióndeberá cumplir previamente con el pago por derecho deconcesión, así como el pago de la publicación de la pre- sente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 16916 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C /G61/G20/G4D/GE9/G78/G69/G63/G6F/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 695-2004-MTC/02 Lima, 16 de septiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajesal exterior del país en comisión de servicios, establecien-do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro-bados por resolución suprema refrendada por el Presiden-te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres-pondiente, con excepción de los sectores de RelacionesExteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba-rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe mantener un programa anual de vigilancia sobre laseguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba-sado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta DINPU 832/ 08/04, de fecha 31 de agosto de 2004, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a laDirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Per-sonal), establecido en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil,efectuar los chequeos técnicos en la aeronave Boeing 767,en la ruta Lima - México - Lima, a su personal aeronáuti-co propuesto, durante los días 25 y 27 de setiembre de2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 18927, 18929, 18931, 18932 y 18935, la solici-tante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacióncorrespondiente al Procedimiento a que se refiere el con-siderando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa