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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (21/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G38/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 21 de setiembre de 2004 Artículo 3º.- Exoneración del Proceso de Licitación, Concurso y Adjudicación Directa Durante el plazo de sesenta días a que se refiere el artículo 108º del Reglamento del Texto Único Ordenadode la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, SEDAM HUANCAYO S.A.C. se encuentra exo-nerada del requisito de Licitación Pública, Concurso Pú-blico y Adjudicación Directa, para ejecutar las contra-taciones y adquisiciones que sean estrictamente necesa-rias para la ejecución de las obras mencionadas en elartículo precedente. Las adquisiciones a que se refiere la presente autori- zación, deberán cumplir con los requisitos establecidos enel Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento y de-más normas complementarias. Artículo 4º.- Comunicación El presente Decreto Supremo será puesto en conoci- miento de la Comisión de Presupuesto del Congreso de laRepública, de la Contraloría General de la República y dela Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministe-rio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco días deaprobación de esta norma. Artículo 5º.- Refrendos El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Econo-mía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de setiembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y MinasEncargado de la cartera deEconomía y Finanzas CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 17059 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F /G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G72 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G6E/GFA/G6D/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G2D /G64/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G31/G34/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G6C/G69/G6F/G20/G61/G6C/G20/G31/G30/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G74/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 330-2004-P-CSJLI/PJ Lima, veinte de setiembre del 2004 VISTO:El Oficio Circular Nº 046-2004-CE-PJ de fecha 17 de setiembre del año en curso, con Registro Nº 35183-04;y,CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vista, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pone en conocimientoa este Despacho que el citado órgano nacional de gobier-no y gestión ha acordado en sesión de fecha 17 de loscorrientes, disponer que los Vocales y Jueces del DistritoJudicial de Lima, dentro del tercer día, informen sobre elnúmero de sentencias expedidas del 14 de julio al 10 desetiembre del año en curso, período de huelga de los tra-bajadores del Poder Judicial, incluyendo el número de ex-pediente y nombres de los sujetos procesales; Por tal motivo, para que los órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial tomen conocimiento célere y oportu-namente de la disposición del Consejo Ejecutivo del PoderJudicial y cumplan con lo requerido, la Presidencia de estaCorte Superior de Justicia, ha considerado pertinente co-municar la presente a través del Diario Oficial El Peruano; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la LeyOrgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER que los Vocales y Jue- ces del Distrito Judicial de Lima, cumplan con lo dispuestopor el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dentro del ter-cer día de publicada la presente resolución bajo responsa-bilidad. Artículo Segundo.- La información solicitada deberá ser remitida al Despacho de la Presidencia de esta CorteSuperior de Justicia indicando en el oficio de remisión, comoreferencia, el número del registro del documento remitidopor el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (Registro Nº35183-04). Artículo Tercero.- PONER la presente a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y de los Magistra-dos, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 17005 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 ANR - CONAFU /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E /G4A/G65/G66/G65/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20 /G64/G65/G20 /G54/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G44/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G4F/G4E/G41/G46/G55 CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 184-2004-CONAFU Lima, 15 de setiembre del 2004 Vistos, el Informe Nº 018-2004-CONAFU-SG del 7 de setiembre del 2004; el Acuerdo Nº 206-2004-CONAFU dela Sesión Ordinaria del 9 de setiembre del 2004; la Resolu-ción Nº 128-2001-CONAFU del 18 de junio del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades- CONAFU, como un órgano autónomo, teniendo como atri-bución: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autori-zación de funcionamiento de las nuevas universidades anivel nacional, y emitir resoluciones autorizando o dene-gando el funcionamiento provisional o definitivo, previa ve-rificación del cumplimiento efectivo de los requisitos y con-