NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (26/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 34
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G31/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de setiembre de 2004 "Artículo 19º.- REQUISITOS DE LAS GUÍAS DE RE- MISIÓN Para efectos de lo señalado en los numerales 4, 5, 8, 9 y 10 del artículo 174º del Código Tributario y en el presente reglamento, se considerará guía de remisión al documento que cumpla con los siguientes requisitos: (...) 3. GUIA DE REMISIÓN DEL TRANSPORTISTAEn el caso de la guía de remisión que emita el transpor- tista, ésta deberá contener la siguiente información: INFORMACIÓN IMPRESA 3.1. Datos de identificación del transportista: a) Apellidos y nombres, o denominación o razón social. Adicionalmente, los contribuyentes que generen rentas de tercera categoría deberán consignar su nombre comercial, si lo tuvieran. b) Dirección de la Casa Matriz y del establecimiento donde esté localizado el punto de emisión. Podrá consig- narse la totalidad de direcciones de los diversos estableci-mientos que posee el contribuyente. c) Número de RUC. d) Número de Registro otorgado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones al sujeto que presta el ser- vicio de transporte, en el caso que por lo menos uno de sus vehículos propios o tomados en arrendamiento finan-ciero tuviera una capacidad de carga útil igual o mayor a dos toneladas métricas (2 TM). 3.2. Denominación del documento: GUÍA DE REMISIÓN - TRANSPORTISTA 3.3. Numeración: serie y número correlativo. 3.4. Datos de la imprenta o empresa gráfica que efec- tuó la impresión: a) Apellidos y nombres, o denominación o razón social. Adicionalmente, podrá consignarse el nombre comercial. b) Número de RUC. c) Fecha de impresión. 3.5. Número de autorización de impresión otorgado por la SUNAT, el cual será consignado junto a los datos de laimprenta o empresa gráfica. 3.6. Destino del original y copias:En el original: REMITENTE En la primera copia: TRANSPORTISTAEn la segunda copia: DESTINATARIO En la tercera copia: SUNAT INFORMACIÓN NO NECESARIAMENTE IMPRESA 3.7. Distrito y departamento del punto de partida; en caso que el punto de emisión coincida con el punto de par- tida no se requiere consignar este dato. 3.8. Distrito y departamento del punto de llegada. Para efectos de los numerales 3.7 y 3.8, en caso de tratarse de traslado de bienes de un puerto o aeropuerto aun terminal de almacenamiento o viceversa, cuando el motivo del traslado fuera cualquier operación o régimen aduanero, bastará consignar el nombre del puerto o aero-puerto y del terminal de almacenamiento como punto de llegada o partida, respectivamente. 3.9. Datos de identificación de la unidad de transporte y del conductor: a) Marca y número de placa del vehículo. De tratarse de una combinación se indicará el número de placa delcamión, del remolque, del tracto y del semirremolque, se- gún corresponda. b) Número de Constancia de Inscripción del Vehículo o Certificado de Habilitación Vehicular expedido por el Minis- terio de Transportes y Comunicaciones, siempre y cuando conforme a las normas del mismo exista la obligación deinscribir al vehículo.c) Número(s) de licencia(s) de conducir. 3.10. Serie y número de la(s) guía(s) de remisión del remitente, o comprobante(s) de pago que de acuerdo a lodispuesto en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 21º pue- dan sustentar el traslado de los bienes. 3.11. Fecha de inicio del traslado. 3.12. Cuando para la prestación del servicio se sub- contrate a un tercero, por el total o parte del traslado, el transportista deberá emitir la guía de remisión del trans- portista que sustentará el traslado conjuntamente con la(s)guía(s) de remisión emitida(s) por el propietario, poseedor o alguno de los sujetos señalados en los numerales 1.2 a 1.6 del artículo 18º, o el(los) comprobante(s) de pago quede acuerdo a lo dispuesto en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 21º puedan sustentar el traslado de los bienes. En este caso, la guía de remisión del transportista será emitida considerando: a) Toda la información impresa y no necesariamente impresa establecida en el presente numeral; b) Indicar que se trata de traslado en unidades subcon- tratadas; y c) RUC, nombres y apellidos o, denominación o razón social de la empresa de transporte a la que se subcontra- ta. En los casos en que se deba emitir una sola guía de remisión a cargo del transportista, a que se refiere el nu-meral 2.2 del Artículo 18º, se deberá consignar: 3.13. La dirección del punto de partida en sustitución de lo señalado en el numeral 3.7. Cuando ésta coincida con la dirección del punto de emisión no será necesario consignarla. 3.14. La dirección del punto de llegada en sustitución de lo señalado en el numeral 3.8. 3.15. Datos de identificación del remitente: a) Apellidos y nombres o denominación o razón social. b) Número de RUC, salvo que no esté obligado a tener- lo, en cuyo caso se deberá consignar el tipo y número dedocumento de identidad. 3.16. Datos de identificación del destinatario:a) Apellidos y nombres o denominación o razón social. b) Número de RUC, salvo que no esté obligado a tener- lo, en cuyo caso se deberá consignar el tipo y número de documento de identidad. Cuando el destinatario sea el mismo remitente se con- signará sólo lo indicado en el punto a). Asimismo, de tra- tarse de traslado de bienes de un remitente a varios desti- natarios, no se consignará datos de identificación del des-tinatario y respecto al punto de llegada, se consignará la provincia más distante. 3.17. Datos del bien transportado: a) Descripción detallada del bien (nombre y caracterís- ticas). b) Cantidad y peso total según corresponda siempre y cuando, por la naturaleza de los bienes trasladados, pue-dan ser expresados en unidades o fracción de toneladas métricas (TM), de acuerdo a los usos y costumbres del mercado. c) Unidad de medida, de acuerdo a los usos y costum- bres del mercado." Artículo 5º.- Sustitúyase el numeral 1.2 del artículo 20° del Reglamento, por el siguiente texto: "1.2. Cuando para el traslado al destino final de los bie- nes, durante el trayecto, se programe transbordo o trasla- do multimodal, a otro medio de transporte de la mismaempresa, en la guía de remisión del transportista cuando corresponda, deberá detallarse adicionalmente por cada tramo, la información de: a) Distrito y Departamento del punto de partida. Salvo lo dispuesto en el numeral 3.14 del artículo 19º.