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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (26/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G31/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de setiembre de 2004 II. OTRAS OPERACIONES Tasas de interés promedio (12) Saldos Moneda Nacio nal Moneda Extranjera Moneda Moneda Nacional Extranjera 1. Operaciones Overnight (detalle por contraparte) (13) 1.1 Activas 1.1.1 Empresas del sistema financiero 1.1.2 Otras 1.2 Pasivas 1.2.1 Empresas del sistema financiero 1.2.2 Otras 2. Fondos interbancarios (saldos por institución) (14) 2.1 Activos (Cuenta 1201) 2.2 Pasivos (Cuenta 2201) 3. Obligaciones con el Banco de la Nación (15) 4. Operaciones de reporte o pactos de recompra (16) 4.1 Con activos líquidos 4.1.1 Con CD del BCR y Bonos del Tesoro Público (BTP) 4.1.2 Con otros instrumentos 4.2 Con activos no líquidos 5. Préstamos de valores (17) 5.1 Con activos líquidos 5.2 Con activos no líquidos 6. Créditos del BCR con fines de regulación monetaria 7. Venta temporal de moneda extranjera al BCR (18) III. ENCAJE Moneda Nacional Moneda Extranjera 1. Obligaciones sujetas a encaje (19) 1.1 Obligaciones inmediatas y a plazo hasta 30 días 1.2 Obligaciones a plazo mayor a 30 días 1.3 Ahorros 1.4 Obligaciones en moneda nacional con rendimiento vinculado al tipo de cambio en moneda extranjera o a operaciones swap y similares 2. Posición de Encaje 2.1 Encaje Exigible 2.2 Fondos de encaje (20) - Caja del día - Caja promedio diario del período de encaje anterior - Cuenta corriente BCR 2.3 Resultados del día (fondos de encaje - encaje exigible) 2.4 Posición de encaje acumulada del período a la fecha 2.5 Posición acumulada del requerimiento mínimo en cuenta corriente BCRP a la fecha 3. Cheques a deducir del total de obligaciones sujetas a encaje 3.1 A deducir de obligaciones a la vista y a plazo hasta 30 días 3.2 A deducir de obligaciones a plazo mayor de 30 días 3.3 A deducir de ahorro 3.4 A deducir de obligaciones en moneda nacional con rendimiento vinculado al tipo de cambio en moneda extranjera o a operaciones swap y similares 4. Obligaciones con entidades financieras del exterior (21) IV. SALDO DE DEPÓSITOS DE GRANDES ACREEDORES 1. Estado(22) 2. Empresas del Sistema Privado de Administración de Pensiones (23) 3. Fondos Mutuos y Fondos de Inversión. 4. Empresas del Sistema de Seguros. 5. Otros Depositantes (24) V. NÚMERO DE DÍAS DEREDESCUENTO EN LOS ÚLTIMOS 180 DÍAS (25) VI. POSICION DE CAMBIO En Moneda Extranjera US$ 1 Balance (26)2 Global (27) __________________________ __________________________ Contador General Elaborado por (28) CPC Nº NOTAS (1) Para la presentación de este anexo, las empresas deberán seguir las siguientes pautas: a) Para efectos de la presentación del anexo en medios impresos, la información correspondiente a la columna “Moneda Nacional” d eberá ser registrada en miles de Nuevos Soles y, aquella correspondiente a “Moneda Extranjera” deberá ser registrada en miles de Dólares Americanos. b) El anexo en medios impresos deberá contener los nombres, firmas y número de colegiatura, si corresponde, del Contador General y del jefe o encargado de la Unidad de Riesgos. c) Para efectos de la presentación del anexo en medios magnéticos, la información correspondiente a la columna “Moneda Nacional” deberá ser registrada en unidades de Nuevos Soles con dos decimales y, aquella correspondiente a “Moneda Extranjera” en unidades de Dólares Americanos con dos decimales. d) Las ventas al Banco Central con compromiso de recompra de moneda extranjera, así como de CDs del BCR y de Bonos del Tesoro Pú blico (BTP), que se efectúen de acuerdo con lo dispuesto por dicho banco, serán consideradas como pactos de recompra. (2) Con excepción de los depósitos en bancos y otras instituciones financieras en intervención y liquidación. En el caso de los préstamos interbancarios no se considerará aquellos otorgados a bancos y otras instituciones financieras en intervención y liquidación.