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PÆg. 290815 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de abril de 2005 c. Proponer al Consejo Directivo para su aproba- ción el plan operativo y presupuestal institucionalejecutando las actividades necesarias para ga-rantizar su cumplimiento. d. Asistir, asesorar y emitir opinión técnica a la Presi- dencia Ejecutiva y al Consejo Directivo del INDEPA,en asuntos técnicos, administrativos y legales. e. Actuar como Secretario del Consejo Directivo.f. Las demás que correspondan de acuerdo al re- glamento de la presente Ley, o los dispositivos legales vigentes. CAPÍTULO IV SOBRE LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS Artículo 10º.- Elaboración y ejecución de los pro- gramas y proyectos El INDEPA, elabora y aprueba los programas y proyec- tos, dirigidos a la promoción, defensa, afirmación de losderechos y desarrollo con identidad de los Pueblos Andi- nos, Amazónicos y Afroperuano, de alcance nacional. Los Gobiernos Regionales en concordancia con el artículo 45º y 60º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica deGobiernos Regionales, elaboran programas y proyec-tos dirigidos a la promoción, defensa, afirmación de losderechos y desarrollo con identidad de los Pueblos An- dinos, Amazónicos y Afroperuano. Artículo 11º.- Convenios de gestión El INDEPA celebra convenios de gestión con los Gobiernos Regionales a efecto de que éstos ejecutenlos programas y proyectos previamente aprobados por el Consejo Regional respectivo. CAPÍTULO V RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 12º.- Recursos del INDEPA Son recursos del INDEPA: a. Los que se consignan en la Ley Anual del Presu- puesto y sus modificatorias. b. Recursos propios que pueda generar. c. Los que obtenga de la Cooperación Nacional e Internacional. Artículo 13º.- Tratamiento prioritario El INDEPA da un tratamiento prioritario a los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano que se encuentren en zona de frontera y aquellos que se encuentren enaislamiento voluntario. TÍTULO III DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES PRIMERA.- De los compromisos de la CONAPA . El INDEPA asume las obligaciones estipuladas en los convenios, contratos y demás compromisos suscritospor la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Ama-zónicos y Afroperuano. SEGUNDA.- Asignación de Recursos para INDEPA Autorízase al Pliego Nº 001-PCM, para que con car- go a los recursos considerados para la actividadNº 1.00207 “Desarrollo de las Comunidades Indígenas”,transfiera financieramente la totalidad de los recursos establecidos para la citada actividad y para el inicio de las operaciones del INDEPA. Esta autorización comprende los recursos estable- cidos para el Ejercicio Fiscal 2005. TERCERA.- Desactivación de la CONAPA Dentro de los sesenta (60) días de entrada en vigen- cia de la presente Ley, se procederá a desactivar laComisión Nacional de Pueblos Andinos, Amazónicos yAfroperuano – CONAPA, debiéndose transferir su acer-vo documentario y patrimonial a favor del Instituto Na-cional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano. CUARTA.- Plazo para la acreditación de los miem- bros del Consejo Directivo Los miembros señalados en el artículo 6º de la pre- sente Ley, serán elegidos y designados en un plazo nomayor de sesenta (60) días desde la vigencia de la pre- sente Ley y su reglamento. QUINTA.- Aplicación de las disposiciones de la Ley Marco del Empleo Público El personal del INDEPA está sujeto al régimen laboral de la actividad privada, en tanto, se aprueben las leyesdispuestas por la Ley Marco del Empleo Público, mo-mento en que se adecuará al nuevo régimen. SEXTA .- Obligación de la presentación del Infor- me Anual al Congreso El Instituto Nacional del Desarrollo de Pueblos Andi- nos, Amazónicos y Afroperuano presentará anualmentea la presidencia del Congreso de la República un informeanual de los avances realizados en sus políticas referi- das al desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano. SÉTIMA.- Del Reglamento de la Ley El Poder Ejecutivo aprobará por Decreto Supremo el Reglamento de la presente Ley, en un plazo no mayor a sesenta (60) días, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. OCTAVA.-Derogación de normas Derógase toda norma que se oponga a la presente Ley y déjanse sin efecto los siguientes decretos supre- mos: Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM, Decreto Su- premo Nº 073-2003-PCM, Decreto Supremo Nº 072-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM y De-creto Supremo Nº 037-2004-PCM. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en se- sión del Pleno realizada el día dieciséis de diciembre de dos mil cuatro, de conformidad con lo dispuesto por elartículo 108º de la Constitución Política del Estado, orde-no que se publique y cumpla. En Lima, a los seis días del mes de abril de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República 07342 PODER EJECUTIVO P C M Constituyen Grupo TØcnico que elabo- rarÆ Plan de traslado progresivo de polvorines ubicados en el radio urba-no de Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 121-2005-PCM Lima, 13 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, en la sesión del Consejo de Ministros realizado el 2 de noviembre de 2004 en la ciudad de Tumbes, se acordó entre otros aspectos la elaboración de un planprogresivo de traslado de los polvorines ubicados en elradio urbano de Tumbes; Que, dicho acuerdo contó con la conformidad de los representantes del Gobierno Regional de Tumbes y de la Municipalidad Provincial de Tumbes; Que, en tal sentido resulta necesario conformar un Grupo Técnico encargado de elaborar dicho Plan, deproponer los mecanismos de financiamiento y el crono-grama de ejecución del Plan; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 21292 y la Ley Nº 27594;