Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2005 (15/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 290824
N° Orden Denominacion del Servicio Requisitos - Boleta de venta o Factura II.7.17 MORDAZA para Laringotraqueitis aviar II.7.18 MORDAZA para Influenza Aviar - Solicitud de diagnostico - Muestra (suero) - Boleta de venta o Factura - Solicitud de diagnostico - Muestra (suero) - Boleta de venta o Factura - Solicitud de diagnostico - Muestra (organo/ animal/ hisopos) - Boleta de venta o Factura

NORMAS LEGALES
Precio Incluido I.G.V. (%UIT) Forma de Pago Dependencia donde se inicia el servicio SENASA local 0.27% contado Centro de Diagnostico de Sanidad animal - CDSA o SENASA local Centro de Diagnostico de Sanidad animal - CDSA o SENASA local Centro de Diagnostico de Sanidad animal - CDSA o SENASA local

MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2005
Duracion del servicio Dependencia donde culmina el servicio

CDSA o SENASA local entre 24 y 48 horas (segun solicitud del usuario) CDSA o SENASA local entre 24 y 48 horas (segun solicitud del usuario) CDSA o SENASA local (segun solicitud del usuario)

0.32%

contado

II.7.19 Examen de Aislamiento para Virus de Newcastle

5.1% con huevos nacionales 9.78% con huevos SPF 5.51% con huevos nacionales 22.3% con huevos SPF

contado

entre 5 y 10 dias

II.7.20 Examen de Estabilidad Acelera- - Solicitud de diagnostico da para Vacunas de Newcastle - Muestra frascos de vacuna (protocolo) - Boleta de venta o Factura II.7.21 Examen de Titulacion de vacunas contra la enfermedad de Newcastle - Solicitud de diagnostico - Muestra frascos de vacuna (protocolo) - Boleta de venta o Factura

contado

Centro de Diagnostico de Sanidad animal - CDSA o SENASA local

entre 15 y 20 dias

CDSA o SENASA local (segun solicitud del usuario)

5.51% con huevos contado nacionales 22.3% con huevos SPF

Centro de Diagnostico de Sanidad animal - CDSA o SENASA local

entre 15 y 20 dias

CDSA o SENASA local (segun solicitud del usuario)

Telefono del Centro de Diagnostico de Sanidad animal - CDSA : 313-3304 Pag. Web: http://www.senasa.gob.pe * El tiempo senalado respecto a la duracion del servicio corresponde al tiempo efectivo requerido en el Laboratorio; en caso que los servicios MORDAZA solicitados fuera del CDSA, considerar adicionalmente el tiempo correspondiente al transporte. * En los casos que corresponda, se adicionara al precio establecido el costo del embalaje y transporte segun distancia. * En los casos en que los servicios constituyan parte de un Procedimiento Administrativo, al precio se descontara el I.G.V.

07281

Modifican fechas limite de siembra, matada y quema de algodon en el MORDAZA Casma - Sechin para la MORDAZA 2005-2006
RESOLUCION JEFATURAL Nº 057-2005-AG-SENSA
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 203-2005-AG-SENASA-DDANCASH/D, de fecha 14 de febrero de 2005, mediante el cual la Direccion del SENASA MORDAZA, remite la propuesta de modificatoria de fechas limite para la siembra, matada y quema del cultivo del algodonero en el MORDAZA CasmaSechin, en el departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el cultivo del algodonero se encuentra regulado por el Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 251-94-AG y modificado por la Resolucion Ministerial Nº 443-97-AG, asimismo, siendo el Articulo 3º del citado Reglamento el que fija las fechas limites para la siembra, matada y quema del mencionado cultivo en cada valle; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria del referido Reglamento faculta al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, modificar mediante Resolucion Jefatural las fechas limite fijadas en su Articulo 3º, previa evaluacion tecnica realizada por la Comision Ad Hoc del MORDAZA respectivo; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 1118-2001AG del 15 de octubre de 2001, se modifico lo establecido en el Articulo 3º del mencionado Reglamento, a efectos de adecuar las fechas limites de siembra del cultivo del algodonero; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 021-2005-AGSENASA-DGSV-DIA, de fecha 29 de marzo de 2005, la Direccion General de Sanidad Vegetal informa que la solicitud de modificacion, en via de regularizacion, esta referida solo para la presente MORDAZA MORDAZA, debido a la disponibilidad del recurso hidrico y la menor incidencia de plagas del algodonero como el "arrebiatado" (Dysdercus peruvianus) y "mosca blanca" (Bemisia tabaci), que se suscitan en el mencionado MORDAZA, y que esta soli-

citud se enmarca dentro de los requerimientos establecidos por el Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana; De conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 25194-AG, Resolucion Ministerial Nº 443-97-AG, Resolucion Ministerial Nº 1118-2001-AG; y con las visaciones de la Direccion General de Sanidad Vegetal y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar, en via de regularizacion, solo para la MORDAZA 2005-2006, las fechas limite de siembra, matada y quema de algodon en el MORDAZA CasmaSechin, del departamento de MORDAZA, tal como se detalla a continuacion:
Departamento MORDAZA MORDAZA Variedad Siembra Matada y MORDAZA quema limpio Casma Tanguis 1 feb. al 1 nov. al 1 ene. al Sechin 31 mar. 31 dic. 31 ene.

Articulo 2º.- Los infractores a lo dispuesto en la presente Resolucion, seran sancionados conforme a lo establecido en el Articulo 31º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefe Servicio Nacional de sanidad Agraria 07252

MINCETUR
Autorizan viaje de funcionario del Viceministerio de Comercio Exterior a Republica Popular China y Republica de Corea, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127-2005-MINCETUR/DM
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2005

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