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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (15/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 290832 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de abril de 2005 3.3 Decreto Ley Nº 25762: Ley Orgánica del Ministe- rio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510. 3.4 Decreto Supremo Nº 051-95-ED: Organización Interna y Funciones Generales de los Órganos Internos del Ministerio de Educación. 3.5 Decreto Supremo Nº 002-96-ED: Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. 3.6 Decreto Supremo Nº 015-2002-ED, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Direc-ciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa. 3.7 Decreto Supremo Nº 007-2001-ED, aprueba las Normas para la Gestión y Desarrollo de las Actividadesen los Centros y Programas Educativos. Resolución Mi-nisterial Nº 168-2002-ED, aprueba las disposiciones com-plementarias de las Normas para la Gestión y Desarro- llo de las Actividades en los Centros y Programas Edu- cativos. 3.8 Decreto Supremo Nº 006-2004-ED: Lineamien- tos Específicos de Política Educativa – abril, 2004 a di-ciembre 2006. 3.9 Decreto Supremo Nº 013-2004-ED: Reglamento de Educación Básica Regular. 3.10 Resolución Ministerial Nº 0019-2004-ED: Auto- riza la implementación del “Diseño Curricular Básico deEducación Secundaria de Menores” de 1º a 5º grados oaños. 3.11 Resolución Ministerial Nº 0048-2005-ED: Orien- taciones y Normas Nacionales para la Gestión en las Instituciones de Educación Básica y EducaciónTécnico-Productiva 2005. 3.12 Resolución Ministerial Nº 0068-2005-ED: Dise- ño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular –Inicio del Proceso de Articulación. 4. ALCANCES 4.1 Direcciones Nacionales de Educación Inicial, Pri- maria y Secundaria de la EBR. 4.2 Direcciones Regionales de Educación. 4.3 Unidades de Gestión Educativa Local. 4.4 Instituciones Educativas públicas y privadas de la EBR de los niveles Inicial, Primaria y Secundaria. 5. DISPOSICIONES GENERALES 5.1 La evaluación de los aprendizajes en la Educa- ción Básica Regular es un proceso continuo y sistemá-tico, mediante el cual se observa, recoge, describe, pro-cesa y analiza los logros, avances y/o dificultades delaprendizaje, con la finalidad de reflexionar, emitir juiciosde valor y tomar decisiones oportunas y pertinentes para mejorar los procesos pedagógicos. 5.2 La evaluación se realiza mediante criterios e indi- cadores de logro que especifican y evidencian los apren-dizajes que desarrollan los estudiantes. 5.3 Los criterios de evaluación en Inicial y Primaria corresponden a las competencias de área y en secun- daria a las capacidades de área. 5.4 La información obtenida durante el proceso de evaluación se anota en el “Registro de evaluación de los aprendizajes” y se comunica a los padres de familia y a los estudiantes. Adicionalmente cada docente debe ma-nejar un “Registro Auxiliar” que le ayude a hacer un seguimiento continuo del progreso de los estudiantes en función de los aprendizajes previstos e imprevistos. 5.5 La calificación de los aprendizajes se expresa mediante calificativos que se consignan en el “Registrode Evaluación de los Aprendizajes “ , se trasladan al “Informe sobre mis Progresos”, en Inicial y Primaria, o a la “Libreta de Información” en Secundaria. En estos do- cumentos hay un espacio para los comentarios del do-cente y de los padres de familia o apoderados. 5.6 Los estudiantes que al momento de ser traslada- dos a otra Institución Educativa durante el período lecti-vo, tengan áreas o talleres desaprobados (creados como parte del tiempo de libre disponibilidad) que no coincidan con los de la Institución que los recibe, deben ser eva-luados en dichas áreas o talleres en un período no ma-yor de 30 días. 5.7 De las responsabilidades en el proceso de evaluación de los aprendizajes 5.7.1 Los estudiantes como principales actores edu- cativos deben conocer sobre sus logros, avances y/odificultades en su proceso de aprendizaje, para ello de- berán solicitar información respecto a su proceso deevaluación cuando lo consideren necesario. 5.7.2 El docente debe comunicar a los estudiantes y padres de familia o apoderados la información necesaria sobre los logros, avances y/o dificultades de los apren-dizajes en forma permanente y oportuna y no sólo alfinalizar un período lectivo. El tiempo transcurrido entrela obtención de la información del aprendizaje y su co-municación debe ser el más corto posible. También pro- porcionarán, las recomendaciones pedagógicas para revertir las dificultades y potenciar las fortalezas. 5.7.3 Los padres de familia o apoderados son res- ponsables de solicitar, en forma permanente, informa-ción sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos, a finde apoyarlos en el afianzamiento de sus logros, fortale- cimiento de sus avances y superación de sus dificulta- des. 5.7.4 Los docentes adoptarán las medidas pertinen- tes para mejorar sus estrategias de enseñanza en co-herencia con las necesidades de los estudiantes, asímismo brindarán las orientaciones correspondientes al padre de familia o apoderado para que cumplan con lo señalado en el numeral precedente. 5.7.5 Los Directores de las Instituciones Educativas o Profesores Coordinadores de Programas de AtenciónNo Escolarizada son responsables de: a. verificar que el proceso de evaluación del aprendi- zaje sea efectuado en concordancia con los lineamien-tos de la presente Directiva, previamente comunicada,tanto a los docentes como a los estudiantes respecto alos procedimientos, las técnicas y los instrumentos deevaluación. b. orientar a los docentes para que comuniquen de manera clara y oportuna el proceso y resultados de laevaluación de los aprendizajes, tanto a los estudiantescomo a los padres de familia o apoderados. 5.7.6 Las Direcciones de las Unidades de Gestión Educativa Local, son responsables de brindar el apo- yo y asesoramiento técnico respectivo a los directo-res y docentes de las Instituciones Educativas de sujurisdicción, para garantizar que el proceso de eva-luación y el manejo de los instrumentos y documentosde registro de la información, se realice en forma ade- cuada. 5.7.7 Las Direcciones Regionales de Educación, tie- nen también la responsabilidad del asesoramiento técni-co y monitoreo del proceso de evaluación de los apren-dizajes, en el marco de una pedagogía para la diversi-dad, en su respectiva jurisdicción. 5.8 De la evaluación de los estudiantes con nece- sidades educativas especiales. Los criterios de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE), asociadas a discapacidades, o a talento y super- dotación son los mismos establecidos en la presentedirectiva, tomando en cuenta las adaptaciones curricu-lares individuales. 5.9 De la evaluación de las áreas o talleres desaprobados en Primaria y Secundaria de la EBR. a. El Programa de Recuperación Pedagógica tiene una duración de seis (6) semanas efectivas de ense-ñanza y aprendizaje, para aquellos estudiantes que lo requieran. b. Los estudiantes que participan en el Programa de Recuperación Pedagógica son evaluados permanente-mente. El procedimiento de calificación del aprendizajede los estudiantes, en este proceso, será el mismo quese sigue durante los estudios regulares. c. La comunicación a los estudiantes, padres de fa- milia o apoderados sobre los logros, avances y/o dificul-tades de aprendizaje en el proceso de RecuperaciónPedagógica, se proporciona en el “ Informe sobre mis Progresos” en el caso de educación Primaria; y, en la “Libreta de información”, en el caso de Educación Se- cundaria. d. La Evaluación de las áreas desaprobadas de los estudiantes, que asistan o no al Programa de Recupera-ción, enfatizará en aquellos aprendizajes en los que elestudiante presentó dificultades.