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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (20/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G31/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 20 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante el informe de visto el Procurador Pú- blico Regional hace de conocimiento que con fecha 11de enero de 2005 la entidad Gobierno Regional deLambayeque ha sido notificada con la Resolución Nº Tres de fecha 15 de diciembre de 2004, en donde la Segunda Sala Especializada Civil, está ordenando elembargo del 50% de las cuentas corrientes del Gobier-no Regional, la cual considera ilegal por contravenir lasnormas que regulan las medidas de embargo de bienesdel Estado, como las Leyes del Presupuesto de la Repú- blica que regulan la forma de pago de obligaciones de dar sumas de dinero provenientes de mandatos judicia-les, por lo que con fecha 13 de enero de 2005 solicitó laNulidad de dicha resolución; expresando además quepara el hipotético caso que la Sala desestime lo requeri-do, solicita se le autorice a interponer la Demanda de Amparo contra de la resolución que desestima; Que, de conformidad con el artículo 78º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, la defensa de losintereses del Estado a nivel de Gobierno Regional se ejercejudicialmente por el Procurador Público Regional; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 262-2003- GR.LAMB/PR, se designó al Dr. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO, como Procurador Público Regional del Gobier-no Regional de Lambayeque; Que, conforme al artículo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de la Representación y Defen-sa de los Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional, para que el Procurador inicie cualquier proceso en nombre y en representación del Gobierno Regional, se deberá contarcon autorización por Resolución Ejecutiva Regional, conacuerdo de los Gerentes Regionales; Que, ante la persistente vulneración de los derechos del Estado, tanto por los órganos jurisdiccionales y ter- ceros, que ponen en peligro el normal funcionamiento del Gobierno Regional de Lambayeque y el cumplimien-to de sus planes y programas regionales, de los hechosque derivan de las acciones constitucionales seguidaspor la Asociación de Pensionistas de la Sede Regionalcontra el ex CTAR Lambayeque, para lograr su nivela- ción de pensiones; por Acuerdo de Directorio de Geren- tes del Gobierno Regional de Lambayeque de fecha 21de febrero de 2005, se acordó autorizar al ProcuradorPúblico del Gobierno Regional de Lambayeque, iniciarlas acciones legales contra los responsables de los ac-tos violatorios de la Constitución y las leyes; Con la conformidad de Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acon-dicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraes-tructura, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Ge-rencia Regional de Desarrollo Económico, GerenciaRegional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y con la visación de la Oficina Regional de Administración y Oficina Regional de Asesoría Jurídica; Que, en ejercicio de lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 21º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de GobiernosRegionales, su modificatoria la Ley Nº 27902 y en aplicaciónde lo establecido en el Art. 11º del D.S. Nº 002-2003-JUS, Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Pú- blico Regional, del Gobierno Regional de Lambayeque,Dr. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO, interponga lasacciones judiciales que amerite el presente caso. Artículo Segundo.- Remitir los actuados a la Procu- raduría Pública Regional, transcribiendo la presente parasu conocimiento y fines, además de publicarse en elDiario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico delGobierno Regional de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 07526/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G2D /G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G32/G39/G35/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G52/G65/G73/G69/G64/G75/G6F/G73/G20/G53/GF3/G6C/G69/G64/G6F/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 031-2005-MML MODIFICATORIO DEL REGLAMENTO DE LA ORDENANZA Nº 295 SOBRE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS - DECRETO DE ALCALDÍA Nº 147-02 Lima, 18 de abril de 2005 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 6 del Artículo 195º de la Ley Nº 27680 que modifica el Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Perú, las municipa- lidades tienen competencia para planificar el desarrollo urba-no y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifica-ción, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima ejerce juris- dicción sobre la provincia de Lima, de conformidad con el Régimen Especial establecido en el Artículo 198º de la Cons- titución Política del Perú, el Artículo 33º de la Ley de Bases dela Descentralización, competencias y funciones específicasirrestrictas de carácter local metropolitano y regional, Nº27783, el Título VII correspondiente a Gobiernos Locales yasignación de competencias, y el Artículo 3º del Título XI de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Artículo 73º de la Ley Nº 27972 señala que las Municipalidades Provinciales, ejercen funciones es-pecíficas en materia de Organización del Espacio Físi-co – Uso del Suelo (zonificación, acondicionamientoterritorial, infraestructura urbana y rural, entre otras) y el Artículo 80º, a su vez señala que éstas ejercen fun- ciones exclusivas para regular y controlar el procesode disposición final de desechos sólidos, líquidos yvertimientos industriales en el ámbito de la provincia; Que, el Artículo 9º la Ley General de Residuos Sóli- dos, Ley Nº 27314 de fecha 21 de julio de 2000, determi- na que las Municipalidades Provinciales son responsa- bles por la gestión de los residuos sólidos de origendomiciliario, comercial y de aquellas actividades quegeneren residuos similares a éstos, en todo el ámbito desu jurisdicción, estando obligadas a planificar la gestiónintegral con las políticas de desarrollo local y regional, regular y fiscalizar el manejo y la prestación de los ser- vicios, aprobar los proyectos de infraestructura de trans-ferencia, tratamiento y disposición final y autorizar elfuncionamiento de las mismas; Que, mediante la Ordenanza Nº 295-MML de fecha 16 de noviembre de 2000, se creó el “Sistema Metropo- litano de Gestión de Residuos Sólidos”, que tiene como finalidad fomentar el bienestar de los vecinos de Limaasegurando el saneamiento ambiental a través de unservicio coordinado de la Municipalidad Metropolitana deLima y las Municipalidades Distritales que la integran; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 147 publica- do en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 6 de enero de 2002, se aprobó el Reglamento de la Ordenanza Nº295-MML que aprueba el “Sistema Metropolitano deGestión de Residuos Sólidos”, que determinó los proce-dimientos técnicos y administrativos que se deben ob-servar para el adecuado manejo de los residuos sólidos, estableciendo los parámetros urbanísticos, edificatorios y ambientales, indicando las zonas donde pueden ope-rar y que es de obligatorio cumplimiento en la provincia