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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (31/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 348

TEXTO PAGINA: 128

PÆg. 308122 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 que faciliten la aplicación de una política tributaria, equi- tativa y neutral. Quinta.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº164 -/MC de fecha 15 de octubre del 2005. Sexta .- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2006, siempre que previamen- te se haya obtenido la ratificación provincial correspon-diente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 22111 Marco del RØgimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pœblica, Parquesy Jardines Pœblicos para el distrito deComas - Ejercicio 2006 ORDENANZA Nº 172-C/MC Comas, 7 de diciembre del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 7 de diciembre del 2005, el Dictamen de la Comisión deAdministración, Planificación, Economía, Finanzas yAsuntos Legales, relacionado con el Informe Nº 093 - 2005-GAT/MC, de fecha 29 de noviembre de 2005 de la Gerencia de Administración Tributaria, por el cual seexpone los fundamentos técnicos y legales para ladeterminación de los Arbitrios de Limpieza Pública,Parques y Jardines Públicos para el ejercicio 2006, asícomo su cronograma de pagos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 165- C/MC, de fecha 28 de Octubre de 2005 se aprobó el Régimen Tributariode los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos para el ejercicio 2006 para el Distrito de Comas, presentada ante la Municipalidad Provincial de Lima, el31 de octubre de 2005 para su ratificación; Que, con Oficio Nº 004-090-00001924 y Requerimiento Nº 004-078-00000081 de fecha 30 deNoviembre de 2005 el Servicio de Administración Tributaria - SAT, realiza observaciones técnicas y legales a la citada Ordenanza, constatada la misma, esconveniente la reformulación de su texto; Que, de lo expuesto en el considerando anterior, se emite la presente Ordenanza la cual deja sin efecto laOrdenanza Nº 165-C/MC y recoge el procedimiento descrito en norma legal vigente para su ratificación; Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Localesgozan de autonomía política, económica y administrativaen los asuntos de su competencia y les atribuyen potestadtributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por D.S. Nº 156-2004-EF, refiere que conforme a lo establecido en elnumeral 4 del artículo 195º y por el artículo 74º de laConstitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican, suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fije la ley; Que, la Norma II del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF,define a los Arbitrios, como las tasas que se paganpor la prestación o mantenimiento de un servicio público, cuyo rendimiento debe tener como destino cubrir el costo de los servicios que constituyen lossupuestos de la obligación, en tanto que la Norma IVde la precitada ley, señala que los Gobiernos Localesmediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimirsus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias oexonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que el artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, dispone que ladeterminación de las tasas por servicios públicos oarbitrios, deberá sujetarse a criterios de racionalidad que considere el costo efectivo del servicio y su mantenimiento, así como el beneficio individual prestadode manera real y/o potencial; Que, resulta necesario precisar que los criterios fijados en la presente Ordenanza para la distribución delcosto de los servicios públicos que presta la Municipalidad de Comas entre los contribuyentes, han tomado en consideración los lineamientos establecidos por laComisión de Acceso al Mercado sobre ArbitriosMunicipales del INDECOPI, así como lo dispuesto en lassentencias recaídas en los Expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, emitidas por el Tribunal Constitucional, con arreglo a lo dispuesto por la Ley de Tributación Municipal; Que, es atribución de la Administración Tributaria, la regulación de sus beneficios tributarios tales como lasexoneraciones y otros a determinados contribuyentes,lo cual trae como consecuencia menores ingresos, los que deberán ser cubiertos por la Municipalidad con la generación de ingresos corrientes provenientes de laampliación de la base tributaria con la incorporación denuevos contribuyentes; Que, por Informe Nº 795-2005-GAJ/MC de fecha 1 de diciembre de 2005, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, evaluando la propuesta para establecer el Régimen Tributario aplicable a los Arbitrios de Limpieza Pública,Parques y Jardines Públicos, para los ejercicios 2002 al2005 del Distrito de Comas, manifiesta su conformidadcon aquella, por cuanto considera que la misma seencuentra concordante con las disposiciones legales enunciadas en los considerandos precedentes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - LeyOrgánica de Municipalidades, después de lasdeliberaciones respectivas, el pleno del Concejo aprobópor Unanimidad la siguiente Ordenanza: MARCO DEL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS PARA LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE COMAS - EJERCICIO 2006 CAPÍTULO I DE LA RELACION JURIDICA Y OBLIGACION TRIBUTARIA Artículo 1º.- Objetivo La presente Ordenanza tiene como fin, distribuir los costos, que demanda la prestación de los arbitrios municipales en la jurisdicción del Distrito de Comascorrespondiente al ejercicio 2006, en concordancia conlos criterios establecidos por el Tribunal Constitucionalmediante sentencias recaídas en los ExpedientesNºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC con arreglo a lo dispuesto por la Ley de Tributación Municipal. Artículo 2º.- Ámbito de Aplicación Por la presente Ordenanza se establece en la jurisdicción del Distrito de Comas, el Régimen Tributariode los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos del ejercicio 2006. Artículo 3º.- Definiciones A efectos de la presente Ordenanza deberá tenerse en cuenta las siguientes definiciones: - Predio: Inmueble construido como vivienda o unidad habitacional, local, oficina o terreno, o unidadindependizada de éstos. - Arbitrios : Tasa que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente. Comprende el servicio de limpieza pública y el mantenimiento de parques y jardines públicos.