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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (31/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 348

TEXTO PAGINA: 115

PÆg. 308109 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 Común (Propiedad Horizontal) las Unidades Inmobiliarias independientes, cuya función sea accesoria al predio principal tales como estacionamiento, ubicados dentro de la edificación, aires azotea y depósitos, por sí mismosno darán lugar al pago de los arbitrios. De otro lado en el caso de las azoteas, estacionamiento, retiros municipales, patios y depósitosdarán lugar al pago de los arbitrios municipales, en tanto se hayan habilitado por el propietario o el poseedor, para que desarrollen en ellos actividades económicas o deservicios permanentes. Artículo 9º: INTERESES A partir del día siguiente de la fecha de vencimiento establecido en el artículo 10º de la presente Ordenanza se aplicará la tasa de interés moratorio, TIM,correspondiente a los montos determinados, de conformidad con el Artículo 33º del Código Tributario. Artículo 10º: VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN, CRONOGRAMA DE PAGOS. A efecto del cómputo de intereses en función a la TIM, según lo dispuesto en el artículo precedente, se tendrá en cuenta el siguiente cronograma de pagos: Primer Trimestre hasta el 28 de febrero de 2006 Segundo Trimestre hasta el 31 de mayo de 2006 Tercer Trimestre hasta el 31 de agosto de 2006Cuarto Trimestre hasta el 30 de noviembre de 2006. Artículo 11º: DISTRIBUCIÓN DE COSTOS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA Se distribuirá el costo que demanda la prestación del servicio según el uso y teniendo en consideración laintensidad del servicio gozado, diferenciándose las prestaciones de recolección de basura y barrido de calles, en función a los siguientes criterios. Recolección de basura: - Casa Habitación: comprende el servicio de recolección domiciliaria del residuo sólido que se calculará en consideración al área construida en metroscuadrados. - El uso del predio distintos al de Casa Habitación se ha considerado a los diversos usos: - Industria, Almacenes, Cadenas comerciales - Mercados e Hipermercados- Centro Penitenciario - Centro de Esparcimiento, recreación y similares - Grifos- Gobierno Central - Ejército Peruano - Templos, Centros Culturales- Comercio - Panadería - Expendio de Comida y similar- C. Educativos/ Universidad./Institutos - Clínicas - Entidades Financieras, Servicios, similares- Otros Barridos de calles:El promedio de longitud del frente del predio expresada en metros lineales. Artículo 12º: DISTRIBUCION DE LOS COSTOS DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES Se distribuirá el costo que demanda su prestación en función a la ubicación del predio dentro de cada Sector y a la intensidad del goce del servicio por parte delcontribuyente, teniendo en consideración los siguientes criterios: La ubicación del predio, es decir el disfrute efectivo de los predios frente a parques públicos, jardines públicos, bermas reciben una mayor proporción de costoque los lejanos a áreas verdes existentes. Artículo 13º: DISTRIBUCIÓN DEL COSTO DEL SERVICIO DE SERENAZGO Se distribuirá el costo en función a la intensidad de la prestación del servicio (Índice de peligrosidad) y laubicación del predio dentro de cada sector; teniendo en consideración los siguiente criterios: - La ubicación del predio en relación con las zonas de peligrosidad social. - El uso del predio que refleja la mayor potencialidad de la utilización del servicio. Artículo 14º: INAFECTACIONES Se encuentran inafectas a los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo, los predios de propiedad de: a) La Municipalidad Distrital de Chorrillos b) El Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú. c) Iglesia Católica, destinados a templos, conventos y monasterios, de conformidad con el Acuerdo suscrito entre la Santa Sede y el Estado Peruano. Las inafectaciones antes señaladas sólo serán aplicables para aquellos propietarios cuyos predios no produzcan rentas y sean destinados a cumplir sus finesespecíficos. El uso parcial o total del inmueble con fines lucrativos, no relacionados a los fines propios de la entidad, significara la perdida de la inafectación. Artículo 15º: EXONERACIONES Y BENEFICIOS Las exoneraciones genéricas de tributos otorgados o que se otorguen no comprenden a los arbitrios regulados por la presente Ordenanza. El Otorgamiento de exoneración y/o beneficios deberán ser expreso a travésde una Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Para el Ejercicio 2006, se concederá a los contribuyentes que opten por cancelar al contado los cuatro trimestres de los Arbitrios Municipales dentro del plazo de vencimiento del primer trimestre, un descuentodel 5% sobre el monto total a pagar, no incluyendo el derecho de emisión a que contrae la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776. Segunda.- Fíjese en S/ 1.00(UNO Y 00/100 NUEVO SOL) por cada predio, el monto anual del derecho de emisión, distribución de la hoja de liquidación y expediciónde recibo de pago de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2006, el mismo que se pagará a razón de S/. 0.25 (veinticinco/100 Nuevo Sol)trimestrales. Tercera.- La vigencia de la presente Ordenanza se encuentra supeditada a la ratificación por parte de laMunicipalidad Metropolitana de Lima. Cuarta.- Apruébese el Informe Técnico y sus anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Quinta.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicaciónde la presente Ordenanza. Regístrese publíquese y cúmplase.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde ANEXO I INFORME TÉCNICO DE LA ORDENANZA Nº 088-MDCH: “REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2006”. En el distrito de Chorrillos existen registrados Treinta y seis mil trescientos ochenta y nueve (36,389)contribuyentes de los cuales treinta y seis mil trescientos setenta y uno (36,371) son afectos y dieciocho (18) inafectos, en cuanto a predios existen un total de cuarentay cinco mil quinientos dieciocho (45,518), de los cuales cuarenta y cinco mil ciento treinta y dos (45,132) son predios afectos y trescientos ochenta y seis (386) sonpredios inafectos; de los predios afectos treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro (34,454) están destinados al uso de casa habitación; y once mil sesenta