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PÆg. 284047 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de enero de 2005 Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y FinanzasContraloría General de la RepúblicaPoder JudicialMinisterio de JusticiaMinisterio PúblicoConsejo Nacional de la MagistraturaTribunal ConstitucionalJurado Nacional de EleccionesOficina Nacional de Procesos ElectoralesDefensoría del PuebloRegistro Nacional de Identificación y Estado CivilGobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricul-turaUniversidades PúblicasMinisterio de AgriculturaMinisterio de Transportes y Comunicaciones 21 DE ENERO Ministerio de Energía y MinasMinisterio de Vivienda, Construcción y SaneamientoMinisterio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de SaludMinisterio de Comercio Exterior y TurismoMinisterio de la ProducciónMinisterio de Promoción de la Mujer y Desarrollo SocialGobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras,excepto las de Educación y de Agricultura 24 DE ENERO Ministerio de Defensa 25 DE ENERO Ministerio de EducaciónGobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación 26 DE ENERO Ministerio del Interior Artículo 2º.- La Dirección Nacional del Tesoro Público emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de undía hábil a la fecha indicada en el Artículo 1º. En los casos de Unidades Ejecutoras que estén apli- cando lo dispuesto en el Artículo 17º del Decreto SupremoNº 347-90-EF, dichas Autorizaciones serán aprobadas conanticipación de dos días hábiles al programado en el Cro-nograma; para el efecto las Unidades Ejecutoras requeri-rán sus habilitaciones con la antelación necesaria. Artículo 3º.- La presentación y/o transmisión de Cartas Ordenes por los mencionados conceptos se efectuará hastapor los montos límites de las correspondientes Autorizacio-nes de Pago, bajo responsabilidad del Director General deAdministración o quien haga sus veces. La información con el detalle de los montos y cuentas de ahorro de los pensionistas o personal activo a serabonados, deberá ser exactamente igual al monto consi-derado en la Carta Orden, debiendo ser transmitida a tra-vés del SIAF-SP, o de ser el caso presentada en mediomagnético, al Banco con dos días de anticipación. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CARRANZA UGARTE Viceministro de Hacienda 00204 ENERGÍA Y MINAS Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgarÆ derecho de devolución del IGV e IPM a favor de la Sociedad Minera Cambior Perœ S.A.durante la fase de exploración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 530-2004-MEM/DM Lima, 29 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modificada porla Ley Nº 27662, que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal alos titulares de la actividad minera durante la fase de explo-ración; Que, el inciso c) del artículo 6º del citado Reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios seaprobará mediante Resolución Ministerial del Ministerio deEnergía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio deEconomía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisiciónotorgará el derecho a la devolución definitiva del ImpuestoGeneral a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal; Que, Sociedad Minera Cambior Perú S.A. solicitó al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contratode Inversión en Exploración, adjuntado la lista de bienes yservicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devo-lución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto dePromoción Municipal, durante la fase de exploración; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Oficio Nº 898-2004-EF/15, de fecha 23 de noviembre de2004, emitió opinión favorable a la lista de bienes y servi-cios presentada por Sociedad Minera Cambior Perú S.A.; Con la opinión favorable del Viceministro de Minas y de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía yMinas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27623, modificadapor la Ley Nº 27662 y el artículo 10º del Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Energía y Mi-nas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución delImpuesto General a las Ventas e Impuesto de PromociónMunicipal a favor de Sociedad Minera Cambior Perú S.A.durante la fase de exploración, de acuerdo con el Anexoque forma parte integrante de la presente Resolución Mi-nisterial. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas ANEXO: DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 530-2004-MEM/DM ANEXO LISTA DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO DE PROMOCIÓN MUNICIPAL SOCIEDAD MINERA CAMBIOR PERU S.A. I. BIENES SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN NACIONAL 2508.10.00.00 Bentonita 3824.90.60.00 Preparaciones para fluidos de perforación de po- zos ("lodos") 3926.90.60.00 Protectores antirruidos de materia plástica 6401.10.00.00 Calzado con puntera metálica de protección 6506.10.00.00 Cascos de seguridad 7228.80.00.00 Barras huecas para perforación de aceros aleados o sin alear 7304.21.00.00 T ubos de perforación de los tipos utilizados para la extracción de petróleo o gas 8207.13.10.00 T répanos y coronas con parte operante de cermet 8207.19.10.00 T répanos y coronas excepto de cermet 8207.19.21.00 Brocas diamantadas excepto de cermet 8207.19.29.00 Las demás brocas excepto de cermet y diamanta- das 8207.19.30.00 Barrenas integrales 8207.19.80.00 Los demás útiles intercambiables de perforación y sondeo 8207.19.90.00 Partes de útiles intercambiables