Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2005 (02/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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Turismo, encargado de la administracion de la MORDAZA MORDAZA y de la MORDAZA Comercial de Tacna; Que, ZOFRATACNA ha venido desarrollando reuniones de caracter tecnico con la MORDAZA MORDAZA de Iquique - ZOFRI S.A.; reuniones que se han llevado a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA y en la MORDAZA de Tacna; Que, con el objeto de continuar las mencionadas reuniones tecnicas de trabajo, MORDAZA entidades han programado una reunion en la MORDAZA de Iquique, del 1 al 4 de febrero de 2005, a fin de apreciar in situ la operatividad de la infraestructura de soporte y tecnologia de ZOFRI S.A., intercambiar informacion referida a las operaciones comerciales que a traves del Sistema se desarrollan, y conocer las perspectivas de estos operadores del Comercio Internacional frente al Tratado de Libre Comercio que viene negociandose con los Estados Unidos de Norteamerica, lo que contribuira al logro de los fines institucionales; Que, por lo expuesto, el Directorio del Comite de Administracion de ZOFRATACNA, en su Sesion Ordinaria Nº 504, de fecha 26 de enero del 2005, acordo aprobar el viaje de una delegacion a la MORDAZA de Iquique, para que participe en dicha reunion, en cuya razon el Gerente General de ZOFRATACNA, mediante los documentos del visto, solicita que se autorice el viaje de los senores miembros del Directorio de ZOFRATACNA: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Devicenci, Intendente (e) de la Aduana de Tacna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Asociacion Junta de Usuarios San MORDAZA de Tacna - AJU ZOTAC, MORDAZA MORDAZA Malaga, representante de la Asociacion de los Usuarios de la ZOFRATACNA y de los senores MORDAZA MORDAZA Rondinel MORDAZA y MORDAZA Anguis Sayers, Gerente General y Gerente de Operaciones de ZOFRATACNA, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790, 27619 y 27688, el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, Decreto Supremo Nº 015-2003-MINCETUR y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, de los senores miembros del Directorio de ZOFRATACNA: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Devicenci, Intendente (e) de la Aduana de Tacna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante de la Asociacion Junta de Usuarios San MORDAZA de Tacna - AJU ZOTAC, MORDAZA MORDAZA Malaga, Representante de la Asociacion de los Usuarios de la ZOFRATACNA; asi como, de los senores MORDAZA MORDAZA Rondinel MORDAZA, Gerente General y MORDAZA Anguis Sayers, Gerente de Operaciones, de ZOFRATACNA, a la MORDAZA de Iquique, Republica de MORDAZA, del 1 al 4 de febrero del 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Pliego Presupuestal del Comite de Administracion de la ZOFRATACNA, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Aereo MORDAZA - Iquique - Arica: US$ 76.00 x 5 personas * Incluye Tasa de Embarque US$ 380.00

Renuevan autorizacion concedida a empresa para la explotacion de maquinas tragamonedas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 42-2005-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 19 de enero de 2005 Visto, el Expediente Nº 000873-2002-MINCETUR, de fecha 12.12.2002, presentado por la empresa Golden Investment S.A. en el que solicita autorizacion para la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas en el Restaurante Cinco Tenedores Turistico denominado: "Restaurante Chifa Lung Fung", ubicado en la Av. Republica de Panama Nº 3165, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas en el MORDAZA, estableciendose en el articulo 24º del citado cuerpo legal que corresponde a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion, fiscalizacion, supervision, evaluacion y sancion vinculadas a las explotaciones MORDAZA referidas; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, para la renovacion de la autorizacion concedida a MORDAZA de juegos instaladas en los establecimientos senalados en el articulo 6º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se realizara siguiendo el procedimiento establecido para el procedimiento de Autorizacion Expresa; Que, el articulo 14º de la ley MORDAZA mencionada asi como el articulo 7º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establecen los requisitos que los solicitantes deben cumplir para acceder a la mencionada autorizacion; Que, la solicitante ha cumplido con presentar la documentacion y/o informacion requerida para acceder a la renovacion de la autorizacion concedida para explotar maquinas tragamonedas en la sala de juegos de maquinas tragamonedas del Restaurante Cinco Tenedores Turistico denominado: "Restaurante Chifa Lung Fung"; Que, en observancia de lo establecido en el articulo 6º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la solicitante presenta MORDAZA del Certificado de fecha 28.9.2004, expedido por la Direccion Nacional de Desarrollo Turistico del MINCETUR en el que se acredita que el establecimiento donde se pretende explotar juegos de maquinas tragamonedas ha sido calificado como restaurante turistico cinco (5) tenedores, asimismo, presenta MORDAZA de la Licencia Municipal de Funcionamiento Nº 002145, de fecha 12.10.2001, por el giro principal de restaurante otorgada por la Municipalidad de San Isidro; Que, con relacion a la observancia de la distancia minima establecida en el articulo 5.2 de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, de los resultados del Informe Tecnico Nº 355-2004-MINCETUR/VMT/DNTDJCMT/SDFCS-YGP, de fecha 3.12.2004, y en aplicacion de lo establecido en la Directiva Nº 002-2003-MINCETUR/VMT/DNT, se determino que la sala de juegos se encuentra a menos de ciento cincuenta (150) metros del C.E.I. "Pequenos Talentos", no obstante, dicho centro de educacion inicial entro en funcionamiento en el local ubicado en MORDAZA Los Ruisenores Oeste Nº 184, de la Urb. El Palomar, distrito de San MORDAZA, con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la autorizacion expresa cuya renovacion se solicita, conforme se advierte de la Resolucion Directoral USE. 03 Nº 5315, de fecha 13.9.2002, expedida por la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 - Area de Gestion Institucional del Ministerio de Educacion; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, tratandose de una sala de juegos instalada en un giro previsto en el articulo 6º de la Ley, los solicitantes de una autorizacion de renovacion unicamente deben presentar la informacion o documentacion establecida en la Ley

Viaticos US$ 200.00 x 3 dias x 5 personas US$ Total US$

3 000.00 3 380.00

Articulo 3º.- Dentro de los 15 dias calendario, siguientes a la realizacion del viaje, el personal autorizado mediante el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, presentara un informe al Titular del Pliego de su Institucion, sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en la presente comision de servicios. Asimismo, debera presentar la respectiva rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, no MORDAZA o exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 02315

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