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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G39/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de febrero de 2005 Turismo, encargado de la administración de la Zona Fran- ca y de la Zona Comercial de Tacna; Que, ZOFRATACNA ha venido desarrollando reuniones de carácter técnico con la Zona Franca de Iquique - ZOFRIS.A.; reuniones que se han llevado a cabo en la ciudad deArica, República de Chile y en la ciudad de Tacna; Que, con el objeto de continuar las mencionadas reunio- nes técnicas de trabajo, ambas entidades han programadouna reunión en la ciudad de Iquique, del 1 al 4 de febrero de2005, a fin de apreciar in situ la operatividad de la infraestruc-tura de soporte y tecnología de ZOFRI S.A., intercambiarinformación referida a las operaciones comerciales que a través del Sistema se desarrollan, y conocer las perspecti- vas de estos operadores del Comercio Internacional frenteal Tratado de Libre Comercio que viene negociándose conlos Estados Unidos de Norteamérica, lo que contribuirá allogro de los fines institucionales; Que, por lo expuesto, el Directorio del Comité de Admi- nistración de ZOFRATACNA, en su Sesión Ordinaria Nº 504, de fecha 26 de enero del 2005, acordó aprobar elviaje de una delegación a la ciudad de Iquique, para queparticipe en dicha reunión, en cuya razón el GerenteGeneral de ZOFRATACNA, mediante los documentosdel visto, solicita que se autorice el viaje de los señores miembros del Directorio de ZOFRATACNA: Mario Ricar- do Pastor Devicenci, Intendente (e) de la Aduana deTacna, Adrián Flores Flores, representante de la Aso-ciación Junta de Usuarios San Pedro de Tacna - AJUZOTAC, Rafael Vargas Málaga, representante de la Aso-ciación de los Usuarios de la ZOFRATACNA y de los señores Víctor Hugo Rondinel Cornejo y Roberto Anguis Sayers, Gerente General y Gerente de Operaciones deZOFRATACNA, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790, 27619 y 27688, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 015-2003-MINCETUR y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los señores miembros del Directorio de ZOFRATACNA: Mario Ricardo Pastor Devicenci, Intendente (e) de la Adua- na de Tacna, Adrián Flores Flores, Representante de la Aso-ciación Junta de Usuarios San Pedro de Tacna - AJU ZO-TAC, Rafael Vargas Málaga, Representante de la Asocia-ción de los Usuarios de la ZOFRATACNA; así como, de losseñores Víctor Hugo Rondinel Cornejo, Gerente General y Roberto Anguis Sayers, Gerente de Operaciones, de ZO- FRATACNA, a la ciudad de Iquique, República de Chile, del 1al 4 de febrero del 2005, para los fines expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, es- tarán a cargo del Pliego Presupuestal del Comité de Administración de la ZOFRATACNA, de acuerdo al si-guiente detalle: Pasaje Aéreo Arica - Iquique - Arica: US$ 380.00 US$ 76.00 x 5 personas * Incluye Tasa de Embarque Viáticos US$ 200.00 x 3 días x 5 personas US$ 3 000.00 Total US$ 3 380.00 Artículo 3º.- Dentro de los 15 días calendario, siguientes a la realización del viaje, el personal autorizado mediante el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, presentaráun informe al Titular del Pliego de su Institución, sobre lasacciones realizadas y los logros obtenidos en la presentecomisión de servicios. Asimismo, deberá presentar la res-pectiva rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, no libera o exonera del pago de impuestos o derechos adua-neros cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 02315/G52/G65/G6E/G75/G65/G76/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G64/G69/G64/G61/G20/G61 /G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G70/G6C/G6F/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/GE1/G71/G75/G69/G2D/G6E/G61/G73/G20/G74/G72/G61/G67/G61/G6D/G6F/G6E/G65/G64/G61/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 42-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 19 de enero de 2005 Visto, el Expediente Nº 000873-2002-MINCETUR, de fecha 12.12.2002, presentado por la empresa Golden Investment S.A. en el que solicita autorización para la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en elRestaurante Cinco Tenedores Turístico denominado:"Restaurante Chifa Lung Fung", ubicado en la Av. Repú-blica de Panamá Nº 3165, distrito de San Isidro, provin-cia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aprobado mediante DecretoSupremo Nº 009-2002-MINCETUR, se reguló la explota-ción de los juegos de casino y máquinas tragamonedasen el país, estableciéndose en el artículo 24º del citadocuerpo legal que corresponde a la Dirección Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorización, fiscalización, supervisión, evaluación y sanción vincula-das a las explotaciones antes referidas; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, para larenovación de la autorización concedida a salas de jue- gos instaladas en los establecimientos señalados en el artículo 6º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº27796, se realizará siguiendo el procedimiento estableci-do para el procedimiento de Autorización Expresa; Que, el artículo 14º de la ley antes mencionada así como el artículo 7º de su Reglamento, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, es- tablecen los requisitos que los solicitantes deben cum-plir para acceder a la mencionada autorización; Que, la solicitante ha cumplido con presentar la docu- mentación y/o información requerida para acceder a larenovación de la autorización concedida para explotar máquinas tragamonedas en la sala de juegos de máqui- nas tragamonedas del Restaurante Cinco TenedoresTurístico denominado: "Restaurante Chifa Lung Fung"; Que, en observancia de lo establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, lasolicitante presenta copia del Certificado de fecha 28.9.2004, expedido por la Dirección Nacional de Desa- rrollo Turístico del MINCETUR en el que se acredita queel establecimiento donde se pretende explotar juegos demáquinas tragamonedas ha sido calificado como restau-rante turístico cinco (5) tenedores, asimismo, presentacopia de la Licencia Municipal de Funcionamiento Nº 002145, de fecha 12.10.2001, por el giro principal de restaurante otorgada por la Municipalidad de San Isidro; Que, con relación a la observancia de la distancia mínima establecida en el artículo 5.2 de la Ley Nº 27153,modificada por la Ley Nº 27796, de los resultados delInforme Técnico Nº 355-2004-MINCETUR/VMT/DNT- DJCMT/SDFCS-YGP, de fecha 3.12.2004, y en aplica- ción de lo establecido en la Directiva Nº 002-2003-MINCE-TUR/VMT/DNT, se determinó que la sala de juegos seencuentra a menos de ciento cincuenta (150) metros delC.E.I. "Pequeños Talentos", no obstante, dicho centro deeducación inicial entró en funcionamiento en el local ubica- do en Calle Los Ruiseñores Oeste Nº 184, de la Urb. El Palomar, distrito de San Isidro, con posterioridad a lafecha de entrada en vigencia de la autorización expresacuya renovación se solicita, conforme se advierte de laResolución Directoral USE. 03 Nº 5315, de fecha13.9.2002, expedida por la Unidad de Servicios Edu- cativos Nº 03 - Área de Gestión Institucional del Ministe- rio de Educación; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, tra-tándose de una sala de juegos instalada en un giro pre-visto en el artículo 6º de la Ley, los solicitantes de una autorización de renovación únicamente deben presen- tar la información o documentación establecida en la Ley