Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2005 (08/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de febrero de 2005

por las Normas Tecnicas de Control Interno para el Sector Publico, aprobado por la Resolucion Nº 072-98-CG, incumpliendo ademas con sus obligaciones como servidora publica; estando a lo prescrito en el Articulo 166º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento del D.L. Nº 276, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Cachachi, la misma que aprobo por unanimidad y recomienda a este despacho se instaure MORDAZA administrativo contra la ex tesorera de la Municipalidad Duany Aydee MORDAZA Espinoza; por los propios fundamentos de la presente Resolucion y en uso de las facultades prescritas en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, y a lo dispuesto por el D.L. Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM; El senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cachachi; RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a la ex Servidora Municipal (ex Tesorera), Duany Aydee MORDAZA MORDAZA, por la Comision de Faltas Administrativas Disciplinarias prescritas en los incisos a), d) y f) del Articulo 28º del D.L. Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico. Articulo Segundo.- NOTIFICAR con arreglo a Ley, la presente Resolucion a la Interesada y publiquese en el Diario Oficial El Peruano dentro del termino de 72 horas, contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de esta Resolucion, otorgandosele el plazo de cinco dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion a la ex servidora, o de la publicacion para que realice sus descargos, tal como lo determina la Ley. Articulo Tercero.- La Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Cachachi, procedera a efectuar la investigacion y evacuar el Informe Final, dentro del plazo de treinta dias habiles improrrogables, tal como lo prescribe el Articulo 123º del D.S. Nº 005-90-PCM, ademas se le encarga el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02819 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 007-2005-MDC/A Cachachi, 2 de febrero del 2005 VISTO: El Acta Nº 001-2005-CPAD/MDC, de fecha 26 de enero del 2005, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Cachachi; CONSIDERANDO: Que del Acta Nº 001-2005-CPAD/MDC, de fecha 26 de enero del 2005, emitida por la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios y Expediente Nº 001, en la que se hace constar que el ex Jefe de Abastecimientos de la Municipalidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien desempeno el cargo, actuo con negligencia participando en irregulares procesos de Seleccion y Subastas, tanto en la adquisicion de un Volquete, en venta sin subasta publica de vehiculos de propiedad de la Municipalidad y por autorizar la Contratacion de una Empresa sin seguir el procedimiento de Ley; Que, del informe especial sobre verificacion de irregularidades en la ejecucion de obras y gastos en la Municipalidad Distrital de Cachachi, periodos 1998 - 2002, asignado con el numero 003-2003-2-0369, practicado por el Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Cajabamba y por el Acta Nº 001-2005-CPAD/MDC, se desprende que el mencionado ex servidor municipal no ha cumplido con sus funciones de Jefe de Abastecimien-

tos, durante los anos 1999 - 2001 sobre, la adquisicion de camiones volquete (2) para la Municipalidad, no habiendo elaborado el Proyecto del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en que el que se deberia prever las adquisiciones de bienes y la contratacion de servicios en forma programada, en su participacion dentro de Comite Especial de Adquisiciones no reclamo respecto a que dicho comite necesariamente deberia estar integrado por no menos de tres personas que tengan conocimiento tecnico de los bienes materia de adquisicion, en la elaboracion de las bases administrativas para que se lleve a cabo dicho MORDAZA no existe Informe Tecnico a cargo de un Ingeniero Mecanico, sobre los bienes a adquirir, con su actuar negligente, restringio la participacion de varias empresas que venden vehiculos, habiendo permitido que las adquisiciones de los volquetes hayan sido dirigidas especificamente a la empresa que expande vehiculos MORDAZA Volvo, transgrediendo lo dispuesto en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones con el Estado, en lo que se refiere a los principios de libre competencia, trato MORDAZA, transparencia, articulos 3º, 7º y 23º de la citada Ley, modificada por el D.S. Nº 012-2001-pcm, Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, y lo dispuesto en las Normas Tecnicas de Control Interno aprobado por la Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG, asimismo participo como integrante del Comite de Bajas en el ano 1999, donde se vendio un volquete MORDAZA Chevrolet, placa WL-1699 y una camioneta Pick Up Hilux 4x4 de placa PD-6603, de propiedad de la Municipalidad Distrital de Cachachi, transgrediendo normas de cumplimiento obligatorio, no habiendose elaborado los peritajes respectivos por profesionales en la materia, no elaborandose el Reglamento de Altas y Bajas, y tampoco se contrato un Martillero Publico para que lleve a cabo la subasta, habiendose transgredido lo dispuesto por la R.M. Nº 0697-79-VC-5600 y el D.S. Nº 025-78-VC; asi tambien autorizo la contratacion de la Empresa CV Contratistas Generales S.R.L., sin que MORDAZA MORDAZA MORDAZA de seleccion, convocatoria, elaboracion y aprobacion de bases, evaluacion de propuestas y adjudicacion, especificamente para la Construccion de "La Plazuela La Portada", por lo que estando a lo prescrito en el articulo 166º del D.S. Nº 005-90-PCM, que es el reglamento del D.L. Nº 276 y estando a lo aprobado por unanimidad por la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Cachachi, la misma que recomienda a este despacho se Instaure MORDAZA administrativo contra el ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Municipalidad, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vera; por los propios fundamentos de la presente Resolucion y en uso de las facultades prescritas en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y a lo dispuesto por el D.L. Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM; El senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cachachi; RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario al ex Servidor Municipal (ex Jefe de Abastecimientos), senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la Comision de Faltas Administrativas Disciplinarias prescritas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del D.L. Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico. Articulo Segundo.- NOTIFICAR con arreglo a Ley, la presente Resolucion a la interesada y publique en el Diario Oficial El Peruano dentro del termino de 72 horas, contadas a partir del dia siguiente de la notificacion al ex Servidor, o de la publicacion para que realice sus descargos, tal como lo determina la Ley. Articulo Tercero.- La Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Cachachi, procedera a efectuar la investigacion y evacuar el Informe Final, dentro del plazo de treinta dias habiles improrrogables, tal como lo prescribe el Articulo 123º del D.S. Nº 005-90-PCM, ademas se le encarga el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02820

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