Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2005 (08/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 8 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Durante el periodo de la encargatura efectuada por la presente Resolucion Ministerial, sera aplicable lo dispuesto en el numeral 6.9.2 de la Directiva Nº 03-2003-FONCODES/GAF/SGP: "Lineamientos para la encargatura en niveles directivos y cargos de confianza en FONCODES", aprobada por la Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 101-2003-FONCODES/DE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 02806

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan a procurador interponer acciones legales contra servidor del ministerio por presunta comision de delitos de peculado y falsedad material
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0086-2005-RE MORDAZA, 3 de febrero de 2005 VISTO: El Informe Especial (INS) Nº 015-2004-2-0283, resultante de la Auditoria a los Estados Financieros, practicado por la Oficina de Inspectoria General del Ministerio de Relaciones Exteriores al Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo -CAFAE-RE, periodo enero a diciembre de 2002 y enero a diciembre 2003; considerando operaciones anteriores y posteriores, relacionadas con los objetivos de la citada auditoria; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control 2004, la Inspectoria General del Ministerio ha efectuado una Auditoria a los Estados Financieros del CAFAE- RE, a fin de remitir opinion sobre la razonabilidad de sus estados financieros y si los fondos fueron utilizados en concordancia con los objetivos de la entidad y con sujecion a la normativa aplicable; Que, en el contexto de los procedimientos de auditoria aplicados en la referida accion de control, la Comision de Auditoria ha determinado la falta de control en el reparto y saldos de los vales de consumo adquiridos con las transferencias efectuadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores destinados a otorgar Incentivos Laborales al personal nombrado, mediante la entrega de vales de consumo por Canastas de MORDAZA Patrias, Navidad y Ayuda Alimentaria 2003; Que, los vales de consumo mencionados estuvieron bajo la custodia del Primer Representante de los Trabajadores ante el CAFAE-RE quien ha presentado en la rendicion de cuentas, planillas o cargos con firmas que no corresponden a los beneficiarios por un monto de S/ . 8 876,00, y un faltante de vales de consumo por S/. 9513,20, que han irrogado un perjuicio economico al Estado y al CAFAE-RE por un total de S/. 18 389,20; Que, el citado funcionario viene amortizando el monto de los vales faltantes que ha reconocido, quedando un saldo por pagar de S/. 15 065,39; devolucion que no lo exime de la responsabilidad penal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 9 del articulo 46º del Codigo Penal, el cual senala que en la determinacion de la pena se considerara la reparacion espontanea que hubiere hecho del dano, de lo cual se colige que la reparacion del dano, constituida en el presente caso por la devolucion de parte del monto faltante, correspondera ser apreciado en su oportunidad por el juez para la determinacion de la pena, empero no revierte la condicion del presunto ilicito evidenciado; Que, de acuerdo a los Fundamentos de Hecho y de Derecho del Informe Especial de Visto, se determina la existencia de indicios razonables de la comision de los

Delitos de Peculado y Falsedad Material, previstos y penados en los articulos 387º y 427º del Codigo Penal vigente; Que, el inciso f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que los informes elaborados en base a acciones de control tienen caracter de prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiere lugar; y, De conformidad con el inciso f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa Judicial del Estado; modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y el literal g) del articulo 3º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado con Resolucion Ministerial Nº 523/ RE de 29 de agosto de 1996, se dispone el inicio de las acciones legales pertinentes por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores, el inicio de las acciones legales respectivas contra el presunto responsable comprendido en el Informe de Visto; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales contra el Servidor profesional "E", MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los hechos expuestos en el Informe de Visto, remitiendole para el efecto el citado Informe y la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 02813

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan miembros de comisiones relativas a la recaudacion de tasas, multas e ingresos propios asi como de supervision de certificados de depositos judiciales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 077-2005-P-CSJL/PJ MORDAZA, 25 de enero de 2005 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 045-2004-P-CSJLI/ PJ de fecha 19 de enero de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la MORDAZA autoridad administrativa de la Sede a su cargo, por lo que tiene competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administracion de justicia en sus distintos niveles y areas. Que, mediante la Resolucion de la Vista se nombro a los senores Magistrados miembros de la Comision Permanente en la Recaudacion de Tasas y Multas, de la Comision Permanente de Recaudacion de Ingresos Propios y de la Comision Encargada del Control y Supervision de los Certificados de Depositos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, para el ano judicial 2004;

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