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PÆg. 286505 NORMAS LEGALES Lima, martes 8 de febrero de 2005 Artículo 3º.- Durante el período de la encargatura efectuada por la presente Resolución Ministerial, será aplicable lo dispuesto en el numeral 6.9.2 de la Directiva Nº 03-2003-FONCODES/GAF/SGP: "Lineamientos para la encargatura en niveles directivos y cargos de confian- za en FONCODES", aprobada por la Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 101-2003-FONCODES/DE. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 02806 RELACIONES EXTERIORES Autorizan a procurador interponer acciones legales contra servidor delministerio por presunta comisión dedelitos de peculado y falsedad mate-rial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0086-2005-RE Lima, 3 de febrero de 2005 VISTO:El Informe Especial (INS) Nº 015-2004-2-0283, resul- tante de la Auditoría a los Estados Financieros, practi- cado por la Oficina de Inspectoría General del Ministerio de Relaciones Exteriores al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo -CAFAE-RE, perío- do enero a diciembre de 2002 y enero a diciembre 2003; considerando operaciones anteriores y posteriores, re- lacionadas con los objetivos de la citada auditoría; y, CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control 2004, la Inspectoría General del Ministerio ha efectuado una Auditoría a los Estados Financieros del CAFAE- RE, a fin de remitir opinión sobre la razonabilidad de sus estados financieros y si los fondos fueron utilizados en concor- dancia con los objetivos de la entidad y con sujeción a la normativa aplicable; Que, en el contexto de los procedimientos de audito- ría aplicados en la referida acción de control, la Comi- sión de Auditoría ha determinado la falta de control en el reparto y saldos de los vales de consumo adquiridos con las transferencias efectuadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores destinados a otorgar Incentivos Laborales al personal nombrado, mediante la entrega de vales de consumo por Canastas de Fiestas Patrias, Na- vidad y Ayuda Alimentaria 2003; Que, los vales de consumo mencionados estuvieron bajo la custodia del Primer Representante de los Traba- jadores ante el CAFAE-RE quien ha presentado en la rendición de cuentas, planillas o cargos con firmas que no corresponden a los beneficiarios por un monto de S/ . 8 876,00, y un faltante de vales de consumo por S/. 9513,20, que han irrogado un perjuicio económico al Es- tado y al CAFAE-RE por un total de S/. 18 389,20; Que, el citado funcionario viene amortizando el mon- to de los vales faltantes que ha reconocido, quedando un saldo por pagar de S/. 15 065,39; devolución que no lo exime de la responsabilidad penal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 9 del artículo 46º del Código Penal, el cual señala que en la determinación de la pena se considerará la reparación espontánea que hubiere hecho del daño, de lo cual se colige que la reparación del daño, constituida en el pre- sente caso por la devolución de parte del monto faltante, corresponderá ser apreciado en su oportunidad por el juez para la determinación de la pena, empero no revier- te la condición del presunto ilícito evidenciado; Que, de acuerdo a los Fundamentos de Hecho y de Derecho del Informe Especial de Visto, se determina la existencia de indicios razonables de la comisión de losDelitos de Peculado y Falsedad Material, previstos y pena- dos en los artículos 387º y 427º del Código Penal vigente; Que, el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que los informes elaborados en base a acciones de control tie- nen carácter de prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiere lugar; y, De conformidad con el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa Judicial del Estado; modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y el literal g) del artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado con Resolución Ministerial Nº 523/ RE de 29 de agosto de 1996, se dispone el inicio de las acciones legales pertinentes por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores, el inicio de las acciones legales respectivas contra el presunto responsable comprendido en el Informe de Visto; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que en nombre y repre- sentación del Estado, interponga las acciones legales contra el Servidor profesional "E", José Alejandro Men- doza Laura, por los hechos expuestos en el Informe de Visto, remitiéndole para el efecto el citado Informe y la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 02813 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan miembros de comisiones re- lativas a la recaudación de tasas, mul- tas e ingresos propios así como de su-pervisión de certificados de depósitosjudiciales de la Corte Superior de Jus-ticia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 077-2005-P-CSJL/PJ Lima, 25 de enero de 2005 VISTA:La Resolución Administrativa Nº 045-2004-P-CSJLI/ PJ de fecha 19 de enero de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la Sede a su cargo, por lo que tiene competencia para dictar las me- didas administrativas pertinentes y necesarias que con- lleven al mejoramiento del servicio de administración de justicia en sus distintos niveles y áreas. Que, mediante la Resolución de la Vista se nombró a los señores Magistrados miembros de la Comisión Permanente en la Recaudación de Tasas y Multas, de la Comisión Permanente de Recaudación de Ingresos Pro- pios y de la Comisión Encargada del Control y Supervi- sión de los Certificados de Depósitos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, para el año judicial 2004;