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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (08/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 286510 NORMAS LEGALES Lima, martes 8 de febrero de 2005 Artículo Vigésimo Sétimo.- DISPONER la perma- nencia de las doctoras Alicia Doris Rodríguez Berrocal, como Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de La Molina - Cieneguilla; Julia Irene Ortiz Galvan como Juez Suplente del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Barranco Miraflores; Rosario Macuri Luna como Juez Suplente del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de La Vic- toria y Enma Consuelo Bacilio Salazar como Juez Su- plente del Quinto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, hasta el día 21 de febrero del año en curso, estando a lo resuelto en el artículo precedente. Artículo Vigésimo Octavo.- DISPONER que BAJO RESPONSABILIDAD los ex Magistrados reemplazados por designación de los Jueces Titulares nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura y que no se en- cuentran reasignados para asumir el Despacho de al- gún otro órgano jurisdiccional, deberán presentar el in- ventario de los expedientes correspondientes a cada uno de los Despachos conferidos, así como deberán proceder a la ENTREGA INMEDIATA de las credencia- les de Magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las mismas que deberán ser devueltas ante la Secretaría de la Presidencia de la Corte de Lima; en- cargándose a la Oficina Distrital de Control de la Magis- tratura la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo en el extremo referido a la entre- ga del inventario respectivo. Artículo Vigésimo Noveno.- DISPONER que la Ofi- cina de Administración Distrital verifique el estricto cumpli- miento de lo dispuesto en la presente Resolución, en los extremos referidos al retorno de los ex magistrados, que a la fecha ostentan la condición de servidores en este Distrito Judicial, al cargo jurisdiccional o adminis- trativo de origen, en el día y bajo responsabilidad. Artículo Trigésimo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Supervisión de Personal, Fiscalía de la Nación, Oficina Distrital de Control de la Magistratura de Lima, Oficina de Administración Distrital y de los Ma- gistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima 02825 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a Procurador iniciar accio- nes legales contra presuntos responsa-bles de ilícito penal en agravio de laMunicipalidad Distrital de La Brea - Negritos RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 056-2005-CG Lima, 7 de febrero de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 013-2005-CG/ORPI, resultante del Examen Especial practicado a la Munici- palidad Distrital de La Brea - Negritos, Provincia de Tala- ra, Región Piura, período del 2.Ene.2003 al 31.Dic.2003, habiéndose ampliado dicho período, abarcando opera- ciones del período comprendido entre el 1.Ene.2004 al 10.Jul.2004; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Control de la Ofici- na Regional de Control Piura, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de la correspondiente acción de control a la Municipalidad Distrital de La Brea -Negritos, provincia de Talara, Región Piura, a fin de de- terminar si los procesos de selección y recepción de bienes, servicios y obras, se realizaron acorde a la nor- mativa aplicable, así como verificar las denuncias pre- sentadas sobre el particular; Que, como consecuencia de la mencionada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado que el proceso de selección y posterior ejecución de la obra "Construcción de Muelle Artesanal Negritos I Etapa", se realizó sin contar con la disponibilidad del terreno, sin haberse adecuado los estudios al ciclo de proyectos del Sistema Nacional de In- versión Pública y sin la viabilidad del sector correspondiente, en razón de no contar con los estudios de prefactibilidad y porque el planeamiento de los estudios de factibilidad y defi- nitivos fue deficiente e incompleto; evidenciándose adicio- nalmente, la elaboración extemporánea y vía regularización documental de un estudio hidrográfico, que al haberse efec- tuado posteriormente al diseño del muelle no era de utilidad para dicho trabajo, para cuyo efecto se suscribió un Contra- to de Locación de Servicios sin efectuarse el correspon- diente proceso de selección respectivo, asimismo, se inob- servaron las estipulaciones del contrato de obra, al otorgar- se de manera anticipada al contratista, montos de dinero por concepto de Adelanto Directo y Adelanto para Materiales con el consecuente interés que éste genera en perjuicio de la entidad; hechos que configuran la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Omisión, rehusamiento o demora de acto funcional y Aprovechamiento indebido del cargo, previstos y penados en los artículos 377º y 397º del Código Penal, respectiva- mente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, constituye atribución de este Organismo Su- perior de Control, disponer el inicio de las acciones lega- les pertinentes en forma inmediata, por parte del Procu- rador Público, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos res- ponsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, así como el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y repre- sentación del Estado, inicie las acciones legales corres- pondientes contra los presuntos responsables compren- didos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efec- to los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 02786 MINISTERIO PÚBLICO Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Pool de Fiscales de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 217-2005-MP-FN Lima, 7 de febrero de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispues- to por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;