Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2005 (26/02/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 288006

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de febrero de 2005

- Director General de la Oficina Ejecutiva de Drogas - Director General de la OfIcina de Defensa Nacional. Miembros Suplentes - Secretaria Permanente de Derechos Humanos. - Director General de la Oficina de Personal. - Secretaria Tecnica del Consejo Nacional de Seguridad Nacional. Articulo 2º.- Remitir los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada con la presente Resolucion Ministerial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 04222

Sancionan con cese temporal a servidora de la Oficina de Personal del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0332-2005-IN/0901 MORDAZA, 23 de febrero de 2005 VISTO: El Acta Nº 005-2005-IN-1300 de 27 de enero de 2005 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) designada por Resolucion Ministerial Nº 15172004-IN de 6 de agosto de 2004 modificada por Resolucion Ministerial Nº 2424-2004-IN-1300 de 19 de noviembre de 2004 relacionada con la conclusion del MORDAZA Administrativo-Disciplinario instaurado a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con DNI Nº 09089017, Docente I - SPD de la Oficina de Personal del Ministerio del Interior. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 2496-2004IN/0901 de 25 de noviembre de 2004 se instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario a la mencionada servidora por cuanto... "de la lectura y analisis de documentos que obran en el expediente... la mencionada servidora no habria conducido su comportamiento personal con dignidad en su MORDAZA social, no ha observado buen trato al publico en general, no ha conducido su MORDAZA personal con honestidad, respeto al publico, asi como con decoro y honradez en su MORDAZA social, ha obtenido para si ventajas indebidas mediante el uso de su cargo y autoridad"; Que, la servidora procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue debidamente notificada de la Resolucion Ministerial precitada por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policial es ) mediante Oficio Nº 357 -2004-IN-1300 de 30 de noviembre de 2004; Que, mediante documento de 3 de diciembre de 2004 la servidora procesada se apersono al MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado, senalo como domicilio legal el MORDAZA Pachitea Of. 205 - MORDAZA y solicito se le entregue el Pliego de Cargos. Asimismo, con otro documento de la misma fecha solicito se le conceda prorroga del plazo legal establecido para presentar su descargo escrito y pruebas convenientes en su defensa y con un tercer documento de la misma fecha designo como abogado defensor al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAL 19753; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) mediante Oficio Nº 366-2004-IN-1300 de 6 de diciembre de 2004 remitio al domicilio legal de la servidora procesada MORDAZA certificada del Acta Nº 070-

2004-IN-1300 que resume el conjunto de denuncias que han presentado diversas personas en su contra, comunico que en aplicacion de la normatividad vigente la servidora procesada o su apoderado tienen, en horas de oficina, libre acceso al expediente, le concedio prorroga del plazo para la MORDAZA del descargo escrito y pruebas convenientes en su defensa y, finalmente, se le comunico que se habia tomado debida nota de la acreditacion de su apoderado; Que, mediante documento fechado el 15 de diciembre de 2004, la servidora procesada presento en seis (6) folios su descargo escrito y acompano en siete (7) folios pruebas en su defensa; Que, en atencion a lo solicitado el 3 de diciembre de 2004, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio (Organos No Policiales) mediante Oficio Nº 014-2005-IN-1300 de 19 de enero de 2005, formalmente notificado, fijo como fecha y hora unicas para la MORDAZA de su Informe Oral el martes 25 de enero de 2005 a las 15:30 horas en el Despacho de la Direccion General de Oficina de Personal del Ministerio del Interior (2º piso), diligencia que no se llevo a cabo por la inasistencia de la servidora procesada y/o de su abogado defensor; Que, la servidora procesada en su defensa ha esgrimido que los hechos por los que se le ha instaurado el MORDAZA Administrativo Disciplinario no forman parte de su comportamiento laboral, afirmacion que es contradicha con lo explicitamente establecido en el articulo 3º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276, y especificamente el inciso e); Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) al analizar el descargo escrito presentado establece que se fundamenta en criterios subjetivos y al examinar las pruebas presentadas establece que alguna no se condice con la denuncia presentada y en otras hace intervenir a personas que no son parte del MORDAZA Administrativo Disciplinario; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) determina que examinados todos los actuados, cumplidas todas las etapas y procedimientos establecidos dentro de un MORDAZA regular y que la servidora procesada teniendo MORDAZA el derecho a ejercer su legitima defensa mediante el Informe Oral no lo ha ejercido mediante su inasistencia o la de su abogado defensor y que no ha desvirtuado los cargos imputados y que dichos cargos, materia del presente MORDAZA Administrativo Disciplinario, constituyen graves faltas de caracter disciplinario por haber contravenido obligaciones especificas sobre los deberes de los servidores publicos al incumplir las normas establecidas en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento tal como lo especifica el inciso a) del articulo 28º de dicha MORDAZA legal; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 170º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, anteriormente invocado, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) ha recomendado al senor Ministro del Interior sancione a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con cese temporal sin goce de Remuneraciones por treinta y cinco (35) dias; Que, en el MORDAZA considerando de la Resolucion Ministerial Nº 2496-2004-IN/0901 de 25 de noviembre de 2004 se ha cometido un error material al senalar a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debiendo figurar el nombre de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, error material que a tenor de lo dispuesto en el articulo 201 º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, puede ser rectificado con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior y de conformidad con lo establecido en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276 y en los articulos 150º, 151º, 152º, 154º, 158º y 170º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Texto Unico Ordenado del Decreto

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.