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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2005 (05/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G30/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 5 de julio de 2005 m)Conducir la formulación de los Estados Financie- ros y la Memoria Anual de los CETICOS. n) Formular el proyecto de presupuesto y controlar la ejecución del mismo. o) Proponer a la Junta de Administración los cua- dros de asignación de personal; así como los ni- veles remunerativos. p) Celebrar, dentro del ámbito de su competencia, los contratos, documentos comerciales, escritu- ras públicas y demás documentos necesariospara la buena marcha del CETICOS, dando cuen- ta a la Junta de Administración. q) Aprobar el otorgamiento de autorización de insta- lación y funcionamiento a los usuarios del CETICOS, de conformidad con lo que establezca el Reglamento Operativo. r) Establecer las sanciones aplicables en caso de incumplimiento por parte de los usuarios de las leyes, reglamentos, resoluciones y directivas apli-cables. s) Celebrar los contratos de cesión en uso a título oneroso o venta de los lotes. t) Promover y ejecutar las inversiones y reinversio- nes del CETICOS. u) Promover y realizar programas de capacitación y entrenamiento en los aspectos vinculados con el CETICOS y el comercio exterior. v) Las demás que le otorgue la Junta de Administra- ción. w) Las demás que establezca la Ley General de So- ciedades. TÍTULO III RÉGIMEN ECONÓMICO Y LABORAL Capítulo I Régimen Económico Artículo 9º.- De los recursos económicos Son recursos de los CETICOS: a) Los directamente recaudados. b) Los aportes de la cooperación nacional e interna- cional. c) Las donaciones. d) Los demás conforme a ley. Capítulo II Régimen Laboral Artículo 10º.- Del régimen laboral El Personal de los CETICOS está sujeto al régimen laboral de la actividad privada. TÍTULO IV USUARIO Artículo 11º.- Del Usuario Se considera Usuario a toda persona natural o jurí- dica, nacional o extranjera, que celebra un contrato de cesión en uso oneroso de espacios físicos con la Ge-rencia General del CETICOS; o aquel, que adquiere la propiedad, a través de un contrato de compraventa para desarrollar cualquiera de las actividades señala-das en el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 023-96- ITINCI, sustituido por el artículo 1º del Decreto Supre- mo Nº 005-97-ITINCI; incluidas las actividades de laagroindustria. Artículo 12º.- De las obligacionesLos usuarios de los CETICOS tienen las siguientes obligaciones:a. Iniciar sus actividades en un plazo no mayor de dos (2) años, contados a partir de la sus- cripción del contrato de cesión en uso oneroso o de la celebración del contrato de compra-venta; caso contrario, se revierte la propiedad al CETICOS. b. Implementar la infraestructura necesaria, respe- tando el Plan de Desarrollo Armónico e Integral del CETICOS. c. Cumplir las normas vigentes sobre protección y seguridad, conservación del medio ambiente, áreas verdes, flora y fauna, así como las disposi- ciones que dicte la Junta de Administración. d. Cumplir con las normas operativas que aprueba la Junta de Administración. e. Utilizar los espacios dentro del recinto de los CETICOS, sólo para desarrollar las activida- des previstas en el artículo 11º de la presente Ley. f. Los usuarios de los CETICOS, son responsables de la tenencia y destino final, de toda mercancía introducida o procesada en el mismo. Artículo 13º.- Del ingreso de maquinaria y equi- pos Las maquinarias y equipos de los usuarios de los CETICOS podrán ingresar temporalmente al país o salir al extranjero para su reparación o mantenimien- to, previa autorización de la Gerencia General y laIntendencia de Aduanas de la jurisdicción donde se encuentra ubicado el CETICOS; asimismo, los usua- rios harán entrega de las garantías económicas co-rrespondientes. TÍTULO V DE LA CONAZEDE Artículo 14º.- Creación de CONAZEDE Créase la Comisión Nacional de Zonas Especiales de Desarrollo – CONAZEDE, en adelante CONAZEDE,como organismo público descentralizado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; encargado de supervi- sar los CETICOS y Zonas Francas. La CONAZEDE goza de autonomía técnica, funcio- nal, económica, administrativa y financiera. Artículo 15º.- Estructura orgánicaMediante decreto supremo se regula la estructura orgánica de la CONAZEDE, considerando como sus ór-ganos de dirección un Consejo Directivo y un Director Ejecutivo. El Consejo Directivo está integrado por: a) Un representante del Ministerio de Comercio Ex- terior y Turismo, quien la presidirá. b) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas. c) Un representante del Ministerio de la Producción.d) Un representante de la Cámara de Comercio don- de se ubica el CETICOS. e) Un representante de la Cámara de Comercio de Tacna. En caso de no existir Cámara de Comercio en la localidad donde esté ubicado el CETICOS, integrará el Consejo Directivo un representante de la Cámara de Comercio de la provincia o del departamento, según co-rresponda. Artículo 16º.- Recursos La CONAZEDE tiene los siguientes recursos: a) Los directamente recaudados. b) Los aportes de la cooperación técnica y financie- ra nacional e internacional.