Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2005 (05/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 5 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Aprueban donaciones realizadas a favor de hospitales ubicados en MORDAZA y MORDAZA, asi como para el INDECI
RESOLUCION SUPREMA Nº 164-2005-PCM

MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Fundacion Paz - Holandesa de Rotterdam, Holanda y Direct Relief International de MORDAZA MORDAZA, California, Estados Unidos de MORDAZA, efectuaron donaciones a favor del Hospital Goyeneche de la Direccion Regional de Salud MORDAZA del ex Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, y del Hospital de Apoyo Departamental MORDAZA del ex Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, consistentes en diversos bienes; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; Que, el numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, de acuerdo con los requisitos senalados en dicho dispositivo; De conformidad con lo indicado en el Informe Nº 6722005-EF/60 y el Oficio Nº 780-2005-EF/13 del 14 y 18 de

MORDAZA de 2005, respectivamente, que explicitan las razones del retraso en la tramitacion de la aprobacion de las donaciones y que forman parte integrante de la motivacion de la presente Resolucion Suprema, y el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, el Decreto Legislativo Nº 935, la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion efectuada por la Fundacion Paz - Holandesa de Rotterdam, Holanda a favor del Hospital Goyeneche de la Direccion Regional de Salud MORDAZA del ex Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, con eficacia anticipada al 23 de MORDAZA de 2002, fecha en que fue aceptada mediante Resolucion Presidencial Regional Nº 307-2002-CTAR/PE, precisada por la Resolucion Presidencial Nº 830-2002-CTAR/PE, consistente en camas de hospital, mesas de operaciones y otros bienes, con un valor aproximado de US$ 44 420,00 (Cuarenta y cuatro mil cuatrocientos veinte y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), segun Certificado de Donacion legalizado con fecha 1 de marzo de 2001 ante el Consulado General del Peru en Amsterdam. Articulo 2º.- Aprobar la donacion efectuada por la Fundacion Paz - Holandesa de Rotterdam, Holanda a favor del Hospital Goyeneche de la Direccion Regional de Salud MORDAZA del ex Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, con eficacia anticipada al 23 de MORDAZA de 2002, fecha en que fue aceptada mediante Resolucion Presidencial Regional Nº 308-2002-CTAR/ PE, precisada por la Resolucion Presidencial Nº 8302002-CTAR/PE, consistente en jeringas, gasas y otros

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete y deberan venir elaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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