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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G35/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 11 de julio de 2005 Santa Anita, provincia y departamento de Lima, de confor- midad al Plano signado con el Nº 028-2004-MML-DMDU-DHU; con el siguiente Cuadro de Áreas: CUADRO DE ÁREAS Área del terreno 42,753.78 m² Área cedida para vías 128.00 m² Área Reserva Vial Privada 7,127.98 m² Area Útil Industrial 42,625.78 m²El Pago del Déficit de Aportes por Parques Zonales y Renovación Urbana, se encuentran garantizados con losconvenios de fraccionamiento celebrados con SERPAR LIMAy EMILIMA S.A. respectivamente, siendo el cumplimiento dedichos convenios responsabilidad del Servicio de Administra-ción Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER, que en caso de cambio de zonificación se deberá respetar la reserva vial, que pasaráa ser de uso público. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que la presente Re- solución no autoriza la ejecución de las obras de habilita-ción urbana, debiendo presentarse previamente para talfin y sobre la base de la modificación que se aprueba, losproyectos de pavimentación de calzadas y aceras; así comolos proyectos de las redes de servicios sanitarios y eléctri-cos aprobados por las empresas administradoras de di-chos servicios Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima; a la interesada y a la Municipa-lidad Distrital de Santa Anita, para los fines pertinentes. Artículo Quinto.- REMITIR, copia de la presente Resolu- ción y del plano que se aprueba a la Jefatura de la DivisiónTécnica de la Dirección de Tierras Eriazas, de la DirecciónMunicipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropo-litana de Lima, para su incorporación en el Mosaico respecti-vo . Artículo Sexto.- DISPONER, la publicación de la presen- te Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de losinteresados en un plazo no mayor de treinta (30) días calen-dario contados a partir de la notificación de la presente. Regístrse, comuníquese y cúmplase.ARTURO YEP ABANTO Director MunicipalDirección Municipal de Desarrollo Urbano 12334 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2005-MSB-A San Borja, 7 de julio de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO:Que, el 28 de julio del presente año, se celebra el 184º Aniversario de la Proclamación de la Independencia delPerú; Que, siendo ésta una fecha de trascendencia nacio- nal, constituye oportunidad para fomentar entre los veci-nos del distrito los sentimientos de identidad nacional yrevaloración de principios como el civismo y amor a losemblemas patrios, expresados en nuestra Bandera Nacio-nal; Que, en señal de identidad con nuestros símbolos pa- trios; corresponde en esta fecha conmemorativa elembanderamiento del distrito; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgá-nica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de todos los inmuebles del distrito de San Borja,del 15 al 31 de julio del año en curso, con ocasión de conmemorarse el 184º Aniversario de la Independenciadel Perú. Artículo Segundo.- Las banderas a izar deberán estar en buen estado de conservación, en respeto al símbolopatrio; invitándose a los vecinos a pintar o resanar susfachadas para un mejor ornato del distrito. Artículo Tercero.- Encargar la difusión y supervisión del cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia deImagen Institucional y Gerencia de Comercialización,respectivamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 12288 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G63/G6F/G67/G65/G72/G73/G65/G20/G61/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G2D /G63/G69/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G64/G61 /G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2005-MSB-A San Borja, 7 de julio de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 336-MSB publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28.04.2005 se otorgóel Beneficio Temporal de Regularización para el pago de las deudas tributarias, respecto del Impuesto Predial y Ar- bitrios Municipales, con fecha de vencimiento al 31.05.2005; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza preci- tada, faculta al Alcalde de la Municipalidad de San Borja paraque mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones com-plementarias necesarias para su adecuada aplicación; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 008-2005-MSB- A, de fecha 01.06.2005, se amplió el plazo previsto el enArtículo 1º de la Ordenanza Nº 336-MSB para acogerse alBeneficio Tributario de Regularización para el pago de ladeuda tributaria generada por concepto del Impuesto Pre-dial y Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques yJardines y Serenazgo), incluidas las deudas que se en-cuentren fraccionadas y/o en cobranza coactiva, hasta el30 de junio del presente ejercicio; Que, mediante Informe Nº 35-2005-GR-MSB, la Geren- cia de Rentas en atención a la coyuntura actual respectode los arbitrios y con el ánimo de promover el cumplimientovoluntario de las obligaciones tributarias por parte de loscontribuyentes, presenta, para consideración, el proyectode Decreto de Alcaldía que amplía el plazo para acogerseal beneficio tributario otorgado mediante OrdenanzaNº 336-MSB; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo estableci- do en el inciso 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la LeyNº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y OrdenanzaNº 336-MSB; con el visto bueno de la Gerencia de Rentas,Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal DECRETA:Artículo Único.- Ampliar el plazo previsto en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 336-MSB para acogerse al Benefi-cio Tributario de Regularización para el pago de la deudatributaria generada por concepto del Impuesto Predial yArbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardi-nes y Serenazgo), incluidas las deudas que se encuentrenfraccionadas y/o en cobranza coactiva, hasta el 27 de juliodel presente ejercicio. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 12340