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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2005 (11/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G35/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 11 de julio de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 170-2005-P-CSJJU/PJ, cursado por el Pre- sidente de la Corte Superior de Justicia de Junín y el Infor-me Nº 026-2005-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la GerenciaGeneral del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, remite a este Órgano de Gobierno propuesta decreación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado deJatun Suclla, distrito de Pucará, provincia de Huancayo,departamento y Distrito Judicial de Junín, atendiendo alpedido de las autoridades y pobladores de la referida cir-cunscripción; Que, la solicitud se fundamenta en tener una población aproximada de 650 habitantes, así como en la necesidad decontar con una autoridad judicial; teniendo en cuenta que elJuzgado de Paz más cercano se encuentra en la localidad dePucará, situado aproximadamente a 9.5 kilómetros de distan-cia lo que representa para los pobladores trasladarse a piedurante 2 horas, por cuya razón no tienen acceso a un opor-tuno y eficaz servicio de administración de justicia; Que, el Informe Nº 026-2005-SEP-GP-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es fac-tible la creación del Juzgado de Paz en el Centro PobladoJatunn Suclla, distrito de Pucará, provincia de Huancayo,departamento y Distrito Judicial de Junín; Que, por el número de habitantes a los que beneficia- ría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflic-tos de naturaleza Civil: deudas de mínima cuantía, incum-plimiento de obligaciones; Penal: faltas contra la persona,faltas contra el patrimonio, violencia familiar; Familia: ali-mento de menores, reconocimiento de menores de edad,incumplimiento de faenas; y Notarial: legalización de docu-mentos, protestar letras de cambio entre otros; y siendo elobjetivo principal de este Poder del Estado el de adminis-trar justicia en forma oportuna, rápida y eficaz, resulta aten-dible la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo esta-blecido en el inciso 24 del artículo 82º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de con-formidad con el Informe del señor Luis Alberto Mena Núñez,sin la intervención de los señores Consejeros AntonioPajares Paredes por encontrarse conformando Sala y An-drés Echevarría Adrianzén por encontrarse de vacaciones,en sesión extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz con sede y competencia en el Centro Poblado Jatun Suclla, distritode Pucará, provincia de Huancayo, departamento y DistritoJudicial de Junín. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, a la Presidencia de la CorteSuperior de Justicia de Junín, y a la Gerencia General delPoder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOJOSÉ DONAIRES CUBAEDGARDO AMEZ HERRERALUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ12323 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 123-2005-CE-PJ Lima, 2 de junio del 2005 VISTOS:El Oficio Nº 951-2004-P-CSJCA-PJ, cursado por el Pre- sidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca y elInforme Nº 150-2004-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Ge-rencia General del Poder Judicial; y,CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, remite a este Órgano de Gobierno propuestade creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado ElEmpalme, distrito de Llapa, provincia de San Miguel, de-partamento y Distrito Judicial de Cajamarca, atendiendo alpedido del Alcalde de la referida circunscripción; Que, la solicitud se fundamenta en tener una población aproximada de 720 habitantes, así como en la necesidadde contar con una autoridad judicial; teniendo en cuentaque el Juzgado de Paz más cercano se encuentra en elCentro Poblado San Antonio de Ojos, situado aproxima-damente a 20 kilómetros de distancia lo que representapara los pobladores trasladarse en acémila durante 4 ho-ras, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno yeficaz servicio de administración de justicia; Que, el Informe Nº 150-2004-SEP-GP-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es fac-tible la creación del Juzgado de Paz en el Centro El Empal-me, distrito de Llapa, provincia de San Miguel, departa-mento y Distrito Judicial de Cajamarca; Que, por el número de habitantes a los que beneficia- ría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflic-tos de naturaleza Civil: sobre linderos de tierras, deudas;Penal: faltas; Familia: petición de alimentos, filiación y vio-lencia familiar; y Notarial: legalización de documentos, ex-hortos, escrituras pública; y siendo el objetivo principal deeste Poder del Estado el de administrar justicia en formaoportuna, rápida y eficaz, resulta atendible la petición quese formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo esta-blecido en el inciso 24 del artículo 82º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de con-formidad con el Informe del señor Luis Alberto Mena Núñez,sin la intervención de los señores Consejeros Antonio Pa-jares Paredes por encontrarse conformando Sala y AndrésEchevarría Adrianzén por encontrarse de vacaciones, ensesión extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Cen- tro Poblado El Empalme, distrito de Llapa, provincia deSan Miguel, departamento y Distrito Judicial de Cajamarca,con competencia además en los caseríos Pabellón Gran-de y Uchuquinua. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, a la Presidencia de la CorteSuperior de Justicia de Cajamarca, y a la Gerencia Generaldel Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguien-tes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOJOSÉ DONAIRES CUBAEDGARDO AMEZ HERRERALUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ12324 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 124-2005-CE-PJ Lima, 2 de junio del 2005 VISTOS:El Oficio Nº 171-2004-P-CSJPU/PJ, cursado por el Pre- sidente de la Corte Superior de Justicia de Puno y el Infor-me Nº 144-2004-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la GerenciaGeneral del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, remite a este Órgano de Gobierno propuesta decreación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado deChijnaya, distrito de Pucará, provincia de Lampa, departa-