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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2005 (14/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G36/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de julio de 2005 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F PCM /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G63/G65/G6E/G73/G61/G6C/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73 /G43/G65/G6E/G73/G6F/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G58/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G56 /G64/G65/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61 DECRETO SUPREMO Nº 048-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 13248 dispone que a partir del año 1960, en el territorio de la República y sus aguas jurisdiccionales, se levantarán cada diez (10) añoslos Censos Nacionales de Población y Vivienda, ha- biéndose ejecutado los últimos censos en el año 1993; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 023-2005- PCM se dispuso la ejecución de los Censos Nacio- nales X de Población y V de Vivienda a partir del año2005, en la fecha que se fije por Decreto Supremo, a propuesta de la Comisión Consultiva de los Censos Nacionales; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI está ejecutando las tareas censa- les en base a un cronograma cuya meta es la reali-zación del Empadronamiento Censal, por lo que la Comisión Consultiva de los Censos Nacionales ha propuesto, de acuerdo con las recomendaciones delINEI, que se declare, que del 18 de julio al 20 de agosto del año 2005, comprende el período censal dentro del cual se llevará a cabo el empadronamientoen el área urbana y rural; Que, teniendo en cuenta lo antes expuesto, es necesario disponer las medidas pertinentes a fin degarantizar la seguridad del personal y del material censal correspondientes; De conformidad con el inciso 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 13248 y el Decreto Supremo Nº 023-2005-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Declárese que el período censal, para efectos de los Censos Nacionales X de Población y V de Vivienda, dentro del cual se llevará a cabo el empadro- namiento en el área urbana y en el área rural, se iniciaráel día 18 de julio de 2005 y concluirá el día 20 de agosto de 2005. Artículo 2º.- Los Ministerios del Interior y de De- fensa, en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, dictarán las medi- das correspondientes para la protección de la pobla-ción, funcionarios y demás personal que intervenga en los censos, así como la custodia del material, do- cumentos y los elementos destinados a la ejecuciónde dichos actos. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Minis-tros, por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministrosy encargado de la cartera de Defensa FÉLIX MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 12580AGRICULTURA /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G2D /G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G45/G78/G74/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G41/G67/G72/G61/G72/G69/G61/G20/G2D/G20/G49/G4E/G49/G45/G41 ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 031-2005-AG (El Decreto Supremo de la referencia se publicó en la edición del 13 de julio de 2005) REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL INIEA-ROF-2005 OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN OFICINA DE PLANEAMIENTO LIMA - PERÚ LA MOLINA - MAYO 2005 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN AGRARIA - INIEA (Adecuado a la Ley Nº 28076) ÍNDICE TÍTULO I : DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II : ESTRUCTURA ORGÁNICA TÍTULO III : FUNCIONES DE LOS ORGANOS DEL INIEA CAPÍTULO I :ALTA DIRECCIÓN CAPÍTULO II :ÓRGANO DE CON- TROL CAPÍTULO III :ÓRGANOS DE ASESO- RAMIENTO CAPÍTULO IV:ÓRGANOS DE APOYO CAPÍTULO V :ÓRGANOS DE LÍNEACAPÍTULO VI : ÓRGANOS DESCON- CENTRADOS TÍTULO IV: DEL RÉGIMEN LABORAL Y ECONÓMICO ORGANIGRAMA GLOSARIO DE TÉRMINOS TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. Contenido y Alcance del Reglamento de Organización y Funciones El presente Reglamento de Organización y Funcio- nes (ROF) es el documento técnico normativo de ges-tión institucional que formaliza la estructura orgánica del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria - INIEA, orientada al esfuerzo institucional y al logro de sumisión, visión y objetivos. Contiene las funciones gene- rales del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria (INIEA) y las funciones específicas de los órga-nos y unidades orgánicas que lo constituyen, estable- ciendo sus relaciones y responsabilidades, en concor- dancia con la Ley Nº 28076 y otras normas legales vi-gentes. Artículo 2º. Naturaleza Jurídica El Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria (INIEA), es un Organismo Público Descentrali- zado del Ministerio de Agricultura, con personería jurídi-ca de derecho público interno, de naturaleza técnica y