Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2005 (14/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
Organo de Direccion Direccion

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cion de las actividades institucionales en su ambito territorial. Se encuentran distribuidas a nivel nacional en funcion de zonas agroecologicas. Cada Estacion Experimental Agraria esta a cargo de un Director General el que es designado y depende jerarquicamente del jefe del INIEA. Articulo 53º. Funciones de las Estaciones Experimentales Agrarias Son funciones de las Estaciones Experimentales Agrarias, las siguientes: a) Coordinar y ejecutar acciones de investigacion y extension agraria, planificadas con los organos centrales, en funcion de las prioridades nacionales y ecoregionales. b) Institucionalizar un espacio de concertacion entre los agentes economicos, las instituciones de investigacion, y extension agraria privadas, Gobiernos Regionales y las demas entidades publicas de promocion economica y social en la MORDAZA, para elaborar e implementar un Programa de Investigacion y Extension Agraria, en el ambito de su influencia. c) Promover e implementar las acciones correspondientes a la conservacion y aprovechamiento de los recursos geneticos del ambito de su influencia, en coordinacion con la Direccion de Investigacion Agraria. d) Coordinar la agenda de investigacion y las prioridades nacionales de difusion tecnologica, con las Direcciones de linea del nivel central. e) Ejecutar y promover las actividades de transferencia de tecnologia, de extension agraria y servicios tecnologicos agrarios dirigidas a los Proveedores de Asistencia Tecnica (PAT) y a las organizaciones de productores agrarios del ambito que le compete. f) Ejecutar eventos de capacitacion de extension agraria dirigidos a los profesionales y tecnicos de las instituciones publicas y privadas, a nivel regional y local. g) Ejecutar programas de apoyo tecnologico dirigidos principalmente a la juventud y a la mujer rural, en convenios con otras instituciones publicas y privadas y en coordinacion con la Direccion de Extension Agraria. h) Apoyar el desarrollo de un MORDAZA de servicios de asistencia tecnica, capacitacion tecnologica en el ambito de la MORDAZA agroecologica, asi como organizar la red publico-privada de proveedores de asistencia tecnica del area de influencia. i) Organizar y poner a disposicion de los usuarios el Servicio de Informacion de Tecnologias Agrarias, a nivel regional. j) Proporcionar los servicios de apoyo (laboratorios, MORDAZA experimentales, infraestructura, maquinaria y otros) a las actividades de investigacion, transferencia de tecnologia, de extension y asistencia tecnica agraria, que se desarrollen en el ambito de su competencia. k) Apoyar las actividades de transferencia de tecnologia y de extension agraria que realice la red de Proveedores de Asistencia Tecnica (PAT) y extensionistas agrarios, asi como las organizaciones de productores del ambito de su influencia. l) Suscribir convenios, y alianzas estrategicas con entidades locales y regionales del ambito de su influencia, para el cumplimiento de los fines institucionales, previa coordinacion con la Jefatura del INIEA. m) Producir semillas basicas, plantones, esquejes, estacas, cogollos, plantulas, embriones y reproductores de alta calidad genetica. n) Proporcionar en el ambito de influencia los servicios tecnicos en las areas de agroecologia, agrometeorologia, agua y suelos, biometria, biotecnologia, economia agraria, post cosecha, normalizacion, estandarizacion, denominacion de origen y agroindustria, produccion de semillas basicas y proteccion fito y zoo sanitaria. o) Formular, ejecutar, monitorear y evaluar anualmente los objetivos y metas del Plan Operativo Institucional y su correspondiente presupuesto, en el ambito de su competencia. p) Presentar Informes trimestrales del avance de su gestion y su Memoria Anual a la Jefatura del INIEA. q) Cumplir con las demas funciones que le asigne la jefatura en concordancia con su ambito funcional y las disposiciones legales vigentes. Articulo 54º. Estructura de las Estaciones Experimentales Agrarias. Las Estaciones Experimentales Agrarias cuentan con la siguiente organizacion interna:

Organo de Linea a. Unidad de Extension Agraria b. Unidad de Investigacion Agraria Articulo 55º. La Direccion Esta a cargo de un Director quien es la autoridad ejecutiva MORDAZA de la Estacion Experimental Agraria; tiene las funciones y atribuciones siguientes: a) Representar al Instituto en su ambito de influencia territorial y, en ejercicio de dicha representacion, suscribir convenios y contratos, previa coordinacion con los organos centrales. b) Proponer los programas de trabajo de la Estacion Experimental para su aprobacion por la Alta Direccion del INIEA; c) Dirigir y controlar las actividades de la Estacion Experimental Agraria; d) Presentar los informes de gestion correspondientes, de acuerdo a las normas del Instituto; e) Ejecutar y evaluar, anualmente, el programa de trabajo de la Estacion Experimental y su correspondiente presupuesto; f) Conducir en la Estacion Experimental Agraria las acciones de formulacion, seguimiento y evaluacion de planes operativos y del presupuesto. g) Conducir las acciones administrativas de contabilidad, tesoreria, personal, logistica, control patrimonial, soporte informatico y tramite documentario. h) Identificar Proyectos de Inversion Publica concertada, en el ambito de competencia de la EEA. i) Otras que le asigne la Jefatura del INIEA, asi como las que le correspondan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Articulo 56º. La Unidad de Extension Agraria Es la Unidad de linea de la Estacion Experimental Agraria, encargada de ejecutar las actividades de Extension agraria en el ambito de su competencia. Articulo 57º. La Unidad de Investigacion Agraria Es la Unidad de linea de la Estacion Experimental Agraria, encargada de ejecutar las actividades de Investigacion agraria en el ambito de su competencia. TITULO IV: DEL REGIMEN LABORAL Y ECONOMICO Articulo 58º. Regimen laboral El personal del INIEA esta comprendido dentro del regimen laboral de la actividad privada, regido por la Ley de Productividad y Competitividad Laboral y leyes complementarias y conexas. Articulo 59º. Recursos Economicos y Financieros Constituyen recursos economicos y financieros del INIEA los siguientes: a) Los recursos que se le asigne por la Ley del Presupuesto del Sector Publico y endeudamiento externo, asi como por las transferencias presupuestales que se aprueben. b) Los ingresos provenientes de donaciones nacionales y extranjeras a favor del INIEA. c) Los recursos que se le transfieran en razon de convenios celebrados con otras entidades del sector publico nacional, en especial con los Gobiernos Regionales, Locales, para el desarrollo de proyectos de investigacion, transferencia de tecnologia y extension agraria en el ambito de sus respectivas circunscripciones. d) Los recursos provenientes de la Cooperacion Tecnica y Financiera Internacional. e) Los recursos directamente recaudados que se generen por la venta de los servicios que ofrece. f) Otros que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales en vigencia.

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