Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2005 (14/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G36/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de julio de 2005 los derechos de propiedad intelectual y estableciendo los acuerdos que se requieran para gozar de libre dispo-nibilidad y acceso a los insumos (genes, OVM), produc- tos y servicios desarrollados o transferidos, incluidas las semillas y sus sistemas de producción; l) Proponer convenios de cooperación con centros internacionales de investigación agraria, organismos fi- nancieros, universidades nacionales y extranjeras conventajas comparativas y estratégicas en los temas de interés, así como con los agricultores y usuarios de los productos biotecnológicos; m) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Director de Investigación Agraria en concordancia con su ámbito funcional y las que corresponden de acuerdoa disposiciones legales vigentes Artículo 44º. Funciones de la Subdirección de Investigación de Cultivos Son funciones de la Subdirección de Investigación de Cultivos: a) Conducir y coordinar las actividades de Investiga- ción en Cultivos, conducentes al manejo integrado delos cultivos de interés a fin de optimizar la calidad del producto requerido por el mercado; b) Proponer e implementar la agenda nacional de in- vestigación tecnológica en el área de su competencia, en relación con las instituciones y productores que for- man parte del sistema de innovación tecnológica agrarioy agroindustrial; c) Formular y priorizar los proyectos y planes opera- tivos de investigación, teniendo en cuenta las necesida-des de los productores. y lineaniemtos. del INIEA; d) Conducir y supervisar la ejecución de los planes operativos en coordinación con las Estaciones Experi-mentales Agrarias; e) Promover el trabajo en conjunto con las entidades públicas y privadas a partir de la Agenda Nacional en laejecución de actividades de Investigación Agraria; f) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Director de Investigación Agraria en concordancia consu ámbito funcional y las que corresponden de acuerdo a disposiciones legales vigentes. Artículo 45º. Funciones de la Subdirección de Investigación de Crianzas Son funciones de la Subdirección de Investigación de Crianzas: a) Conducir y coordinar las actividades de Investiga- ción en Crianzas, y el desarrollo de tecnologías de ma- nejo y mejoramiento de razas (nutrición animal, caracte- rización genética, bancos de semen, etc.) en camélidos,cuyes, bovinos y ovinos para su explotación comercial en condiciones óptimas de calidad y rentabilidad; b) Proponer e implementar la agenda nacional de in- vestigación tecnológica en el área de su competencia, en relación con las instituciones y productores que for- man parte del sistema de innovación tecnológica agrarioy agroindustrial; c) Formular los proyectos y planes operativos de investigación en función de las necesidades de los pro-ductores y de los lineamientos institucionales y politica Sectorial; d) Conducir y supervisar la ejecución de los planes operativos en coordinación con las Estaciones Experi- mentales Agrarias; e) Participar conjuntamente con las entidades públi- cas y privadas en la ejecución de actividades de inves- tigación agraria; f) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Director de Investigación Agraria en concordancia con su ámbito funcional y las que corresponden de acuerdo a disposiciones legales vigentes. Artículo 46º. Funciones de la Subdirección de Investigación Forestal Son funciones de la Subdirección de Investigación Forestal: a) Conducir y coordinar las actividades de Investiga- ción Forestal y el desarrollo de tecnologías forestales que contribuyan al manejo sostenible de los bosquesamazónicos, bosques andinos y bosques secos de la costa norte; b) Formular los proyectos y planes operativos en función de las necesidades de los productores y de los lineamientos institucionales y políticas del Sector; c) Conducir y supervisar la ejecución de los planes operativos en coordinación con las Estaciones Experi- mentales Agrarias; d) Participar conjuntamente con las entidades públi- cas y privadas en la ejecución de actividades de inves- tigación agraria; e) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Director de Investigación Agraria en concordancia con su ámbito funcional y las que corresponden de acuerdoa disposiciones legales vigentes. Artículo 47º. Dirección de Extensión Agraria La Dirección de Extensión Agraria es el órgano de línea responsable de dirigir, conducir, coordinar y eva- luar los servicios de extensión, asistencia técnica agra-ria y transferencia de tecnología del Instituto, apoyando, preferentemente a la pequeña y mediana agricultura con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la familiarural, propiciando la integración organizada de los pro- ductores. Está a cargo de un Director General el que es designado y depende jerárquicamente del Jefe del INIEA. Artículo 48º. Funciones de la Dirección de Exten- sión Agraria Son funciones de la Dirección de Extensión Agraria: a) Conducir las acciones de extensión agraria en el territorio nacional, tendientes a mejorar las condiciones socioeconómicas y de calidad de vida del productor agra- rio y de la familia rural. b) Proponer a la Jefatura del INIEA los lineamientos de política, estrategias, planes, programas y proyectos de extensión agraria y de servicios tecnológicos agra-rios. c) Desarrollar estrategias y metodologías de exten- sión agraria, asistencia técnica, transferencia de tecno-logía y servicios tecnológicos agrarios. d) Coordinar, proponer y monitorear el Plan Operati- vo Anual de Extensión Agraria y de Servicios Tecnológi-cos Agrarios. e) Desarrollar Programas de Capacitación para los extensionistas, asistentes técnicos, transferencistas ypromotores en aspectos tecnológicos, métodos de ex- tensión, de transferencia de tecnología. f) Promover, coordinar y apoyar la difusión de la ofer- ta tecnológica a través de alianzas estratégicas con los gobiernos regionales y locales utilizando medios masi- vos de comunicación. g) Promover la organización de productores y la inte- gración de la familia rural a través de cadenas de agro- negocios y la adopción de las buenas prácticas agríco-las, con la finalidad de mejorar su competitividad, renta- bilidad y su integración al mercado. h) Programar, fomentar, supervisar y coordinar el proceso de transferencia de tecnología a los Proveedo- res de Asistencia Técnica (PAT). i) Promover y apoyar los servicios de extensión agra- ria que prestan las entidades privadas, a través de con- sorcios, planes, programas y proyectos concertados en el ámbito nacional. j) Promover la organización y funcionamiento de un sistema nacional de desarrollo tecnológico agrario, confor- mado por los organismos públicos descentralizados delsector agrario y otros de los sectores público y privado. k) Coordinar y monitorear los servicios públicos de extensión agraria que prestan las entidades públicas. l) Monitorear, evaluar y supervisar las acciones de extensión agraria, transferencia de tecnología y asis- tencia técnica prestada por las Estaciones Experimen-tales Agrarias. m) Orientar y supervisar la suscripción y la ejecu- ción de convenios de cooperación que realicen las Esta-ciones Experimentales Agrarias, con entidades públicas y privadas, para la realización de servicios de asistencia técnica, transferencia de tecnología y extensión agraria. n) Cumplir con las demás funciones que le asigne la jefatura en concordancia con su ámbito funcional y las disposiciones legales vigentes.