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PÆg. 297122 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de julio de 2005 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran grava-das con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que serealicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranje-ras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Orga- nizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD- PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines delucro receptoras de donaciones de carácter asistencial oeducacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en elRegistro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Co-operación Internacional (APCI), y siempre que sea aproba- da por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el Rotary Club de Huacho, se encuentra inscri- to en el Registro de IPREDA que conduce la AgenciaPeruana de Cooperación Internacional - APCI, de confor-midad con la Directiva de procedimientos de aceptacióny aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, apro- bada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 4 de noviembre de 2004, legalizado por el Consulado Ge-neral de Perú en San Francisco, se observa que Funda-ción Wheelchair, ha efectuado una donación al Rotary Club de Huacho; Que, los bienes donados consisten en doscientos ochentisiete cajas conteniendo 280 sillas de ruedas, conaccesorios y repuestos, enviados en un contenedor de40', con un valor FOB US $ 21,000.00 (Veintiún mil y 00/100 dólares americanos) con un peso bruto de 6,301.57 kilos, serán destinados para las personas con escasos recursos económicos con problemas de movilidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad deaprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación deIGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relacio- nes Exteriores, aprobar la donación efectuada por Funda-ción Wheelchair a favor del Rotary Club de Huacho; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Im- puesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectua-da por Fundación Wheelchair, a favor del Rotary Club deHuacho; a que se refiere el cuarto considerando de lapresente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT y al interesado, para los efectos a que se con-trae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de losplazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 12802 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de AeronÆutica Ci-vil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 465-2005 MTC/02 Lima, 18 de julio de 2005CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, la que deberá ser publicada en elDiario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, conexcepción de las autorizaciones de viajes que no irro-guen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al TesoroPúblico, de funcionarios, servidores públicos o represen-tantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer ysegundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, que-dan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectores Relaciones Exte- riores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Direc-ción de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, en cuyos casos los viajes serán autori-zados a través de resolución del Titular del Pliego res-pectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de ser- vicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona-les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia-ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría -I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigi- lancia sobre la seguridad operacional a través de la eje-cución de inspecciones técnicas a los explotadores aé-reos en el país, basado en las disposiciones estableci-das en el citado Convenio y en los estándares de laOrganización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Aero Condor S.A.C., con Carta GO-345E-2005, del 28 de junio de 2005, en el marcodel Procedimiento Nº 5 de la sección correspondien-te a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Eva-luación de Personal), establecido en el Texto Únicode Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por De- creto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direc-ción General de Aeronáutica Civil, efectuar los che-queos técnicos en simulador de vuelo del equipoBoeing 737-200, en el Centro de Entrenamiento deAEROSERVICE AVIATION CENTER de la ciudad de Miami, a su personal aeronáutico propuesto, durante los días 20 y 21 de julio de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nº 18553 y 18554, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerando ante- rior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre-sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá-ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 1267-2005-MTC/12.04-SDO designandoal Inspector Adolfo Alberto Mecklenburg Raschio, pararealizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo delequipo Boeing 737-200, en el Centro de Entrenamiento de AEROSERVICE AVIATION CENTER, al personal ae- ronáutico propuesto por la empresa Aero Condor S.A.C.,en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, du-rante los días 19 al 21 de julio de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar los chequeos técnicos a que se contraela Orden de Inspección Nº 1267-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM;