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PÆg. 297128 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de julio de 2005 El citado artículo establece que en cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamientode la buena pro, la entidad convocante puede cancelarlopor razones de fuerza mayor, o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuan- do persistiendo la necesidad, el presupuesto asignadotenga que destinarse a otros propósitos de emergenciadeclarados, bajo su exclusiva responsabilidad; La norma antes señalada dispone también que la decisión de cancelar el proceso deberá realizarse me- diante resolución o acuerdo debidamente sustentado, del mismo o superior nivel de aquél que dio inicio al expe-diente de adquisición o contratación, por lo que corres-ponde a esta Gerencia General aprobar la presente re-solución; El artículo 21º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 13-2001-PCM, señala que la decisión decancelar un proceso de selección deberá ser comuni-cado dentro del día siguiente y por escrito al ComitéEspecial, el que a su vez, deberá comunicar dicha deci-sión a todos los proveedores invitados y/o adquirientes de las bases, dentro del día siguiente de recibida la co- municación. Adicionalmente deberá publicarse, por unasola vez, en el Diario Oficial El Peruano y en el que sehubiera publicado la convocatoria, dentro de los cincodías posteriores a la adopción de la decisión; En el mismo artículo del Reglamento se señala que deberá reintegrarse a los adquirientes de Bases el pago efectuado por las mismas, en un plazo no mayor de 5días posteriores a la notificación de la cancelación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar los ítems Nºs. 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, declarados desiertos, de la Licitación Pública InternacionalNº LPI-0004-2004-BCRPLIM, convocada para la adquisi-ción de equipos informáticos y licencias de software. Artículo 2º.- Disponer que se ponga en conocimien- to del Comité Especial la presente resolución y se comuni- que a los adquirientes de bases dentro del plazo de ley. Artículo 3º.- Disponer el reintegro del pago efectua- do por los adquirientes de las bases, en caso corres-ponda. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el que se hubiera publicado la convocatoria, por una sola vez, dentro de los cinco días posteriores de emitida. Lima, 14 de julio del 2005RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 12805 UNIVERSIDADES Reconocen Rector Titular de la Universidad Nacional del Callao, perío-do 2005 - 2010 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN DE ASAMBLEA UNIVERSITARIA Nº 007-2005-AU Callao, 28 de junio de 2005 LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Escrito (Expediente Nº 97972) recibido el 27 de junio de 2005, mediante el cual el Comité Electoral dela Asamblea Universitaria de la Universidad Nacional del Callao, remite el Acta de Elecciones de Rector, Vicerrec- tor Administrativo y Vicerrector de Investigación, para elperíodo 2005-2010, conjuntamente con los Padrones deElección. CONSIDERANDO: Que, el Rector es el personero y representante legal de la Universidad, elegido por un período de cinco (5)años, de conformidad con lo que establecen los Arts. 158º y 160º del Estatuto de la Universidad y los Arts. 33ºy 35º de la Ley Nº 23733; Que, la Asamblea Universitaria tiene como atribu- ción, entre otros, elegir al Rector y a los Vicerrectores, en sesión extraordinaria, de conformidad con lo que dis-pone el Art. 29º Inc. b) de la Ley Nº 23733 y el Art. 133ºInc. b) del Estatuto; Que, habiéndose convocado el acto electoral para el 27 de junio de 2005, a fin de elegir al Rector y Vicerrectores, la Asamblea Universitaria, con el quórum reglamentario, conformó el Comité Electoralpresidido por el Lic. Mg. ROEL MARIO VIDALGUZMÁN, e integrado por el CPC. JUAN ROMÁNSÁNCHEZ PANTA y por la representante estudiantilSrta. CARLA SILINGARDI ZAPATER, miembros de la Asamblea Universitaria; Que, cumplido el acto electoral de acuerdo con lo señalado en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, el Esta-tuto de nuestra Universidad y el Reglamento de Eleccio-nes aprobado mediante Resolución Nº 137-99-CU del19 de mayo de 1999; y verificado el cómputo final, en segunda votación y por mayoría absoluta resultó elegi- do como Rector de la Universidad Nacional del Callao, elprofesor CPC. Mg. VÍCTOR MANUEL MEREA LLANOS,quien fue proclamado como tal por el citado Comité Elec-toral; Estando a lo expuesto; a lo acordado por la Asam- blea Universitaria en su sesión extraordinaria del 27 de junio de 2005; al Informe Nº 843-2005-AL recibidode la Oficina de Asesoría Legal el 4 de julio de 2005;y, en uso de las atribuciones que le confieren losArts. 133º, 158º y 161º del Estatuto de la Universi-dad, concordantes con los Arts. 29º , 30º y 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE:1º.- RECONOCER como RECTOR TITULAR de la Universidad Nacional del Callao, período 2005-2010, a partir del 19 de julio de 2005 al 18 de julio de 2010, al profesor principal a dedicación exclusiva CPC. Mg.VÍCTOR MANUEL MEREA LLANOS, reconociéndose asu favor todas las preeminencias, prerrogatativas,remuneraciones, bonificaciones y asignaciones que alcargo corresponde de acuerdo a Ley. 2º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a las dependencias académico-administrativas de laUniversidad, Asamblea Nacional de Rectores y de-más instituciones correspondientes para su conoci-miento y fines. Regístrese, comuníquese y archívese. ALBERTO ARROYO VIALE Rector y Presidente de la Asamblea Universitaria PABLO G. ARELLANO UBILLUZ Secretario General 12788 Reconocen a Vicerrector Administrati- vo y Primer Vicerrector Titular de laUniversidad Nacional del Callao, pe-ríodo 2005-2010 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN DE ASAMBLEA UNIVERSITARIA Nº 008-2005-AU Callao, 28 de junio de 2005. LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Escrito, (Expediente Nº 97972) recibido el 27 de junio de 2005, mediante el cual el Comité Electoral dela Asamblea Universitaria de la Universidad Nacional del Callao remite el Acta de Elecciones de Rector, Vicerrec- tor Administrativo y Vicerrector de Investigación, para elperíodo 2005-2010, conjuntamente con los Padrones deElección.