Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2005 (19/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, martes 19 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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aplicacion de los Factores de Reajuste, cuando estos derivan de los aumentos de mano de obra. Articulo 6º.- Los factores totales que se aprueban por la presente Resolucion, seran acumulativos por multiplicacion en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de este, desde la fecha del contrato respectivo. Articulo 7º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geograficas son los siguientes: a) Area Geografica 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San Martin.

b) Area Geografica 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Area Geografica 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali. d) Area Geografica 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna. e) Area Geografica 5: Loreto. f) Area Geografica 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Estadistica e Informatica

ANEXO RESOLUCION JEFATURAL Nº 229-2005-INEI CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACION DE PRECIOS DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACION CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEL 1 AL 30 DE JUNIO DEL 2005 AREAS GEOGRAFICAS Nº 1 2 3 4 5 6 Edificacion de 1 y 2 Pisos (Terminada) M.O. Resto Total Elem. 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0039 1.0022 1.0021 1.0019 1.0009 1.0004 1.0039 1.0022 1.0021 1.0019 1.0009 1.0004 OBRAS DE EDIFICACION Edificacion de 1 y 2 Pisos Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) (Terminada) M.O. Resto Total M.O. Resto Total Elem. Elem. 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0043 1.0018 1.0014 1.0016 1.0002 0.9988 1.0043 1.0018 1.0014 1.0016 1.0002 0.9988 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0036 1.0021 1.0018 1.0021 1.0011 1.0007 1.0036 1.0021 1.0018 1.0021 1.0011 1.0007

Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) M.O. Resto Total Elem. 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0033 1.0014 1.0010 1.0010 1.0000 0.9989 1.0033 1.0014 1.0010 1.0010 1.0000 0.9989

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OSINERG
Exoneran de MORDAZA de seleccion la prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble celebrado con CENTROMIN PERU S.A.
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 085-2005-OS/PRES
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2005 VISTOS: El Informe Tecnico contenido en el Memorando Nº OAF/ALOG-502-2005 de fecha 30 de junio de 2005, de la Oficina Administracion y Finanzas y el Informe Legal Nº GL-026-2005 de fecha 14 de MORDAZA de 2005 emitido por la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido por el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que, en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como pa-

tentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, mediante Memorando OAF-502-2005 de fecha 30 de junio de 2005, la Oficina de Administracion y Finanzas remitio el Informe Tecnico OAF/ALOG013-2005 en el cual sustento la necesidad de mantener la vigencia del contrato de arrendamiento con la empresa Minera Centro del Peru S.A., en adelante CENTROMIN, ya que conforme al estudio de necesidades de areas y al estudio del MORDAZA respectivo, la mejor alternativa en el corto plazo, tanto tecnica como economica, es la de optar por el arrendamiento y no por la adquisicion y/o construccion de un MORDAZA local, siendo, dentro del estudio de posibilidades, el inmueble de propiedad de CENTROMIN, el unico que cumple con las caracteristicas tecnicas requeridas por la Entidad; Que, la Oficina de Administracion sustento su requerimiento senalando que OSINERG requiere contar con un local de uso exclusivo, que cuente con espacios idoneos para ubicar al personal en su distintas actividades y poder brindar los servicios de atencion a los que la Entidad esta obligada de acuerdo a su rol fiscalizador y supervisor; asimismo, el local debe estar ubicado en una MORDAZA que cuente con los servicios de habilitacion y equipamiento MORDAZA y con vias de acceso masivo que permitan un facil acceso tanto para los trabajadores como para los usuarios; que la necesidad de espacio en funcion al numero de trabajadores y a una proyeccion de su crecimiento en un 20%, por las nuevas actividades que la Entidad se ha propuesto cumplir en el presente ano, el local debe tener como minimo un area de 4,668.26 metros cuadrados, ademas de estar acondicionado con un sistema de cableado estructurado idoneo para soportar la capacidad de los equipos informaticos con los que cuenta actualmente; Que, de las alternativas de inmuebles disponibles en el MORDAZA para alquiler se cuenta con inmuebles que cumplen con las caracteristicas senaladas excepto la disponibilidad de area requerida, las cuales oscilan entre 1,700 a 2,700 metros cuadrados, con un valor de renta mensual promedio de US$ 12.63 por metro cuadrado; y que si bien la renta desde el inicio del contrato de alquiler con CENTROMIN ha

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