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PÆg. 297124 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de julio de 2005 Aprueban modificación del Proyecto de Telecomunicaciones Rurales "Proyectoacceso a Internet en capitales de dis-trito del Perœ - Primera Etapa" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 468-2005-MTC/03 Lima, 18 de julio de 2005 Vista, la solicitud de modificación del Proyecto de Telecomunicaciones Rurales: "Proyecto acceso a Inter-net en capitales de distrito del Perú - Primera Etapa"presentada por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 474-2000- MTC/15.03 de fecha 14 de diciembre de 2000, se apro- bó el Proyecto de instalación de cabinas de acceso pú-blico a Internet en capitales de distritos rurales - CABI-NET’s; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 351-2004- MTC/03 de fecha 12 de mayo de 2004, a solicitud de OSIPTEL se aprobó la modificación del Proyecto de Te- lecomunicaciones Rurales: "Proyecto de Instalación deCabinas de Acceso Público a Internet en capitales dedistritos rurales - CABINETs", el que es reemplazadopor el Proyecto de Telecomunicaciones Rurales, denomi-nado: "Proyecto acceso a Internet en capitales de distri- to del Perú - Primera Etapa"; Que, mediante Cartas Nºs. 182-PD.GF/2005 y 540- GG.GF/2005, el OSIPTEL solicitó la aprobación de lamodificación del "Proyecto de Instalación de Cabinasde Acceso Público a Internet en capitales de distritosrurales - CABINETs"; indicando entre otros aspectos lo siguiente: i) las sesenta y ocho capitales de distrito beneficiarias del Proyecto serán elegidas por eladjudicatario del listado de doscientas localidades se-leccionadas por FITEL, lo que permitirá a los postoreselaborar sus modelos de negocio, de modo tal que seahorrarán costos por economías de aglomeración; ii) la mínima velocidad de transmisión propuesta en el Proyecto es 128 Kbit/s; permitiendo a los postoresofrecer mayores velocidades de transmisión; y iii) semodifica el monto del subsidio así como el esquemade pagos al adjudicatario; Que, el artículo 12º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que los operadoresde servicios portadores en general y de servicios fi-nales públicos, destinarán un porcentaje del montototal de su facturación anual, a un Fondo de Inversiónde Telecomunicaciones que servirá exclusivamente para el financiamiento de servicios de telecomunica- ciones en áreas rurales o en lugares considerados depreferente interés social y que los correspondientesproyectos para la aplicación de estos fondos seránseleccionados por el Organismo Supervisor de Inver-sión Privada en Telecomunicaciones y aprobados por el Ministerio; Que, el artículo 16º del Reglamento de Administra- ción y Funcionamiento del FITEL, aprobado por Resolu-ción de Consejo Directivo Nº 048-2000-CD/OSIPTEL,establece que los recursos del FITEL serán destinadosal financiamiento de proyectos y proyectos piloto para la provisión de servicios de telecomunicaciones en áreas rurales y lugares de preferente interés social. Dichofinanciamiento puede aplicarse a la inversión, operacióny mantenimiento y/o actividades complementarias ne-cesarias para el funcionamiento de los servicios de tele-comunicaciones, pudiendo abarcar, entre otros, estu- dios de ingeniería, adquisición de equipos y materiales, obras civiles, transporte, instalación y pruebas de equi-pos, acceso y elaboración de contenidos en Internet,así como programas de capacitación en el uso de di-chos servicios; Que, el Proyecto de Telecomunicaciones: Proyecto acceso a Internet en capitales de distrito del Perú - Pri- mera Etapa se basa en la implementación de infra-estructura de telecomunicaciones para la provisión delacceso a Internet, financiando su operación y manteni-miento, elaboración de contenidos en Internet y progra-mas de capacitación;Que, las modificaciones al citado Proyecto de Teleco- municaciones versan sobre área de ejecución, descrip-ción técnica y económica del proyecto; modificacionesque se encuentran en los alcances del artículo 12º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones y del Reglamento de Administración y Funcionamientodel FITEL; Que, el análisis efectuado por el Ministerio a las modifi- caciones del Proyecto de Telecomunicaciones, antesmencionado, se enmarca estrictamente en lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunica- ciones y la normativa del sector, en esta medida losaspectos de viabilidad como proyecto de inversión pú-blica se sujetan a la normativa del sistema de inversiónpública; Que, el Proyecto de Telecomunicaciones se encuen- tra alineado con las políticas y lineamientos del sector y reúne las características técnicas para ser implementa-das en las zonas seleccionadas, encontrándose en losalcances del artículo 12º del Texto Único Ordenado de laLey de Telecomunicaciones y del artículo 16º del Regla-mento de Administración y Funcionamiento del FITEL; Que, mediante Informe Nº 117-2005-MTC/03.01 la Secretaría de Comunicaciones, opina favorablementepor la modificación del Proyecto de TelecomunicacionesRurales: "Proyecto acceso a Internet en capitales dedistrito del Perú - Primera Etapa", recomendando su apro-bación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC y 027-2004-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la modificación del Pro- yecto de Telecomunicaciones Rurales: "Proyecto ac- ceso a Internet en capitales de distrito del Perú -Primera Etapa", aprobado mediante Resolución Mi-nisterial Nº 474-2000-MTC/15.03 y modificado porResolución Ministerial Nº 351-2004-MTC/03, deacuerdo a los considerados señalados en la presen- te Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12818 VIVIENDA Aprueban selección de ciudades y/o distritos donde se ejecutarÆn interven- ciones del Proyecto Piloto "La Calle deMi Barrio" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 175-2005-VIVIENDA Lima, 18 de julio de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento según la Ley Nº 27792, Ley de Organiza-ción y Funciones, tiene competencia para formular,aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcan-ce nacional aplicables en materia de vivienda, urba- nismo, construcción y saneamiento; asimismo, ejerce competencias compartidas con los Gobiernos Regio-nales y Locales; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2003- VIVIENDA el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento aprobó el “Plan Nacional de Vivienda - Vivien- da para Todos: Lineamientos de Política 2003-2007”, te- niendo como uno de sus objetivos generales mejorar orecuperar áreas urbanas en proceso de consolidación,subutilizadas o deterioradas con fines de producciónurbana integral, promoviendo la complementación habi-tacional con servicios públicos, equipamiento e infraes- tructura urbana; Que, por Resolución Ministerial Nº 230-2004- VIVIENDA se creó el Proyecto Piloto “La Calle de Mi