Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2005 (19/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 19 de MORDAZA de 2005
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante la Resolucion OSINERG Nº 00012003-OS/CD, publicada el 11 de enero de 2003, se aprobo la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados" (en adelante "Norma"), en cuyo Anexo B se establece el "Procedimiento para la Fijacion de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision"; Que, la Resolucion OSINERG Nº 262-2004-OS/CD, publicada el 21 de setiembre de 2004, modifico el numeral 5.2 del Articulo 5º y el Anexo B de la referida Norma; debido a la necesidad de un periodo mayor para llevar a cabo el MORDAZA de regulacion de los Sistemas Secundarios de transmision (en adelante "SST"), a fin de optimizar los requerimientos de informacion y su adecuado procesamiento para el calculo de las tarifas y compensaciones de los SST, adicionado a ello el hecho de que las principales variables que intervienen en la determinacion de las tarifas de los SST mantienen una tendencia estable en el mediano plazo; Que, los cambios mas resaltantes fueron, la modificacion a cuatro (4) anos de la vigencia de las tarifas, compensaciones y formulas de actualizacion respectivas, con excepcion de las que resulten de la regulacion correspondiente al ano 2005, que se mantendran vigentes solo por dos anos, es decir, desde MORDAZA del ano 2005 hasta MORDAZA del ano 2007; Que, dicha resolucion modificatoria dispuso en su Articulo 5º, que los criterios, metodologia y formularios para la MORDAZA de los estudios tecnico-economicos que sustenten las propuestas de fijacion tarifaria de los SST, seran aprobados por el OSINERG, mediante resolucion, MORDAZA del 30 de junio de 2005, con el fin de que los titulares de los SST utilicen criterios uniformes y una misma metodologia en la elaboracion de dichos estudios; mientras que, los formularios haran que la informacion que incide directamente en la regulacion de los SST sea presentada de manera ordenada y estandarizada; Que, por otro lado, la resolucion modificatoria establece que los referidos estudios tecnico-economicos deberan ser presentados al OSINERG MORDAZA del 15 de enero del ano anterior al de la regulacion tarifaria; Que, en consecuencia, es necesario publicar la MORDAZA que establezca los criterios, metodologia y formularios senalados, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolucion OSINERG Nº 262-2004OS/CD; Que, conforme con lo senalado en el articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos, los Organismos Reguladores ejercen funcion normativa, que comprende la facultad exclusiva de dictar en el ambito y materias de su competencia normas que regulen los procedimientos a su cargo, normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones y/o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 1º y 52º, literal n), de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM, el OSINERG tiene el encargo de normar y regular las tarifas de generacion, transmision y distribucion electrica aplicables a los usuarios del servicio publico de electricidad, asi como dictar las normas, reglamentos, resoluciones y/o directivas referidas a asuntos de su competencia; Que, conforme al Articulo 25º del Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos y normas de alcance general que dicte el OSINERG en cumplimiento de sus funciones, que sus respectivos proyectos hayan sido prepublicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, los mismos que no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, tal como se dispone en el mencionado Articulo 25º, la publicacion del proyecto de MORDAZA se realizo el 28 de MORDAZA de 2005 en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolucion OSINERG Nº 091-2005-OS/CD, la cual incluyo una exposicion de motivos y establecio el plazo dentro del cual se recibieron las opiniones y sugerencias de los siguientes intere-

sados: Luz del Sur S.A.A., Edecanete S.A., Edelnor S.A.A., Electrocentro S.A., Edegel S.A.A. y Electroandes S.A., asi como del senor Maycoll J. MORDAZA MORDAZA, habiendose realizado el analisis respectivo en el Informe Tecnico OSINERG-GAR/DGT- 054-2005 y acogido aquellas que contribuyen al logro de los objetivos de la norma; Que, se ha expedido los Informes OSINERG-GAR/ DGT- 054-2005 y OSINERG-GART-AL-2005-100, de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, Numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto supremo Nº 009-93-EM, en el Decreto Supremo 029-2002-EM, en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese la MORDAZA "Criterios, Metodologia y Formularios para la MORDAZA de Propuestas Tarifarias de los Sistemas Secundarios de Transmision". Articulo 2º.- Los modulos estandares de lineas y subestaciones y el procedimiento para determinar el Costo de Operacion y Mantenimiento, a utilizarse en aplicacion de la "Criterios, Metodologia y Formularios para la MORDAZA de Propuestas Tarifarias de los SST", seran prepublicados MORDAZA del 30 de agosto de 2005, a fin que los interesados puedan presentar sus correspondientes opiniones y sugerencias. Dichos modulos y el procedimiento para determinar el Costo de Operacion y Mantenimiento, seran aprobados por el OSINERG, mediante resolucion, MORDAZA del 31 de octubre de 2005. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- La presente resolucion, la MORDAZA y su exposicion de motivos deberan ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, y junto con el informe OSINERGGART/DGT-054-2005 en la pagina WEB del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERG MORDAZA Criterios, Metodologia y Formularios para la MORDAZA de Propuestas Tarifarias de los Sistemas Secundarios de Transmision CONTENIDO
TITULO I TITULO II DISPOSICIONES GENERALES CRITERIOS Y METODOLOGIA PARA LA DETERMINACION DE PEAJES Y COMPENSACIONES DE LOS SST Proyeccion de la Demanda Determinacion del Sistema Economicamente Adaptado Costos de Inversion de Lineas y Subestaciones de Transmision Costos de Operacion y Mantenimiento Determinacion de los Factores de Perdidas Marginales (FPM) e Ingresos Tarifarios (IT)

CAPITULO PRIMERO CAPITULO MORDAZA CAPITULO TERCERO CAPITULO MORDAZA CAPITULO MORDAZA

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