Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2005 (19/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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(1)
Capacidad : 8 Capacidad : 14 D A B Capacidad : 3 C

NORMAS LEGALES
Grafico 6

MORDAZA, martes 19 de MORDAZA de 2005

(2)
Minimo : 4 Minimo : 7 Real : 3 A B Minimo : 1,5 C D Real : 3

Real : 2 La demanda requerido; satisfacer la es

Real : 2 en el tramo BD es de 3, menor a los 4 minimos luego las demanda en D debe corregirse para condicion de minimo en CD. En el caso de C no necesario realizar correccion alguna.

(3)
Minimo : 4 Minimo : 7 D A B Minimo : 1,5 C Corregida : A B Minimo : 7

(4)

D Minimo : 1,5 C

Corregida : 4,7

No corregida : 2 La demanda con la correccion en el tramo AB es de 6, menor a los 7 minimos requerido. Luego las demandas en C y D deben corregirse para satisfacer la condicion de minimo en AB

Corregida : 2,3 La demanda con la correccion en el tramo AB es de 6, menor a los 7 minimos requerido. Luego las demandas en C y D deben corregirse para satisfacer la condicion de minimo en AB

Articulo 33º.- Asignacion de Peajes en caso de SST con mas de un Titular En caso de que un SST este compartido entre 2 o mas titulares, se seguira el siguiente criterio de asignacion de peajes, solo cuando no es posible separar los sistemas de cada titular y representarlos en cascada (subsistemas en serie): 33.1. Se efectuan los calculos de peajes, IT y FPM como si fuera un solo sistema. 33.2. Los peajes se reparten proporcionalmente al Costo Medio Anual (CMA) de las instalaciones compartidas de cada titular. 33.3. Los FPM son comunes para todos los titulares, conforme a las condiciones de aplicacion de las Tarifas y Compensaciones de los SST. Articulo 34º.- Metodologia de Calculo 34.1. El Costo Medio Anual (CMA) se recupera mediante dos cargos: el IT y el Cargo por Peaje: CMA = IT + Peaje 34.2. De acuerdo con lo establecido en el Articulo 139º del Reglamento, la compensacion del SST usado por la demanda debera cubrir el 100% del CMA. CMA = IT + Peaje Por lo tanto : Peaje = CMA - IT Siendo : CMA = @CI + COyM Donde: @CI : Anualidad del costo de inversion, referido al final del ano, calculado para una MORDAZA util de 30 anos y tasa de descuento vigente segun la LCE : Costo total anual de Operacion y Mantenimiento, el cual incluye los costos de gestion y de seguridad.

valor presente de la demanda, por cada nivel de tension y empresa. PSU = VP(@CI + COyM - IT)/ VP (demanda) Donde, VP es el valor presente al inicio del ano 1. Articulo 35º.- Calculo de la anualidad del Costo de Inversion (CI) 35.1. Para cada ano del periodo de 15 anos, se determina el correspondiente SEA, segun los procedimientos indicados en el capitulo respectivo. 35.2. Se valorizan las instalaciones de transmision y transformacion del SEA, por niveles de tension. Para cada ano se obtiene su correspondiente CI total. El CI se expresa en US$. 35.3. Se calcula la anualidad (@CI) de cada ano aplicando a su correspondiente CI la formula de pagos uniformes de una inversion, con una tasa de descuento de 12%. El periodo de MORDAZA para las instalaciones y equipos electricos e inversiones no electricas es de 30 anos. Los valores de @CI deben estar referidos al final del ano correspondiente. Articulo 36º.- Calculo del COyM Anual Los COyM se calculan para cada ano del periodo de calculo (15 anos), y deben corresponder a la configuracion del SEA de cada ano. El COyM se expresa en US$ referidos al final de cada ano del periodo de calculo. Los COyM se calcularan segun el procedimiento estandar a ser establecido por el OSINERG. Articulo 37º.- Calculo del IT Los IT por potencia y energia, calculados segun lo senalado anteriormente, estan expresados en soles/ mes, en consecuencia, deben ser previamente expresados en US$/mes y referidos a valores de fin de ano, con la expresion: ITf = ITi x (1 +b)12-i Donde: IT f ITi : : : : IT referido al fin del ano IT percibido en el mes i Tasa de descuento mensual = (1 + ) Tasa de descuento anual = 12%

COyM

34.3. Puesto que, segun lo establecido en el DS 0292002-EM, el periodo a considerar para el calculo de los peajes unitarios es de 15 anos, los CMA y las demandas deben proyectarse para 15 anos, y el peaje unitario (PSU) resulta de dividir el valor presente de los CMA entre el

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