Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2005 (28/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005

Reconocen servidumbres convencionales de ocupacion de bienes a favor de concesiones definitivas de distribucion de las que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2005-MEM/DM MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31171005, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5488; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado reconocimiento de servidumbre de ocupacion de bienes particulares para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5488, ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 273, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion de bienes de propiedad particular de Edificaciones Capricornio S.A., sobre un area de 8,47 metros cuadrados para la subestacion de distribucion, conforme consta en la Escritura Publica de fecha 6 de MORDAZA de 2004, extendida por el Notario de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecida en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 159-2005-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad de Edificaciones Capricornio S.A., para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5488, ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 273, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Escritura Publica de fecha 6 de MORDAZA de 2004, en los terminos y condiciones estipulados en la misma.
Cod. Exp. Descripcion de la servidumbre Area de Propietario MORDAZA de servidumbre terreno

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 12974 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 294-2005-MEM/DM MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31170905, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional de MORDAZA superficie para Servicio Publico de Electricidad Nº 1437; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional de MORDAZA superficie para Servicio Publico de Electricidad Nº 1437, ubicada en la berma lateral de la MORDAZA Playerito con frente a la Mz. "X" de la Habilitacion Vacacional Las Lagunas de Puerto Viejo, Carretera Panamericana Sur, altura del Km. 71, distrito de San MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 18,55 metros cuadrados, de propiedad de la Junta de Propietarios de la Habilitacion MORDAZA Las Lagunas de Puerto Viejo, para la subestacion de distribucion electrica convencional de MORDAZA superficie para Servicio Publico de Electricidad Nº 1437, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 14 de MORDAZA de 2005, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 163-2005-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de la Junta de Propietarios de la Habilitacion MORDAZA Las Lagunas de Puerto Viejo, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional de MORDAZA superficie para Servicio Publico de Electricidad Nº 1437, ubicada en la berma lateral de la MORDAZA Playerito con frente a la Mz. "X" de la Habilitacion Vacacional Las Lagunas de

31171005 Subestacion de Distribucion Suelo: 8,47 m2 Edificaciones MORDAZA Electrica Nº 5488. y aires Capricornio Ubicacion: distrito de Miraflores, S.A. provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM:
Vertice A B C D Este 279 054,09 279 051,02 279 051,88 279 054,84 Norte 8 658 678,97 8 658 679,86 8 658 682,42 8 658 681,56

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