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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G37/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de julio de 2005 /G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2005-MEM/DM Lima, 14 de julio de 2005VISTO: El Expediente Nº 31171005, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Perso-nas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, so-bre solicitud de imposición de servidumbre de ocupaciónde bienes de propiedad particular, para la instalación de lasubestación de distribución compacta del tipo pedestal paraServicio Público de Electricidad Nº 5488; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, hasolicitado reconocimiento de servidumbre de ocupación debienes particulares para la instalación de la subestación dedistribución compacta del tipo pedestal para Servicio Públi-co de Electricidad Nº 5488, ubicada en la calle Diego FerréNº 273, distrito de Miraflores, provincia y departamento deLima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expe-diente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha consti-tuido servidumbre convencional de ocupación de bienesde propiedad particular de Edificaciones Capricornio S.A.,sobre un área de 8,47 metros cuadrados para la subesta-ción de distribución, conforme consta en la Escritura Públi-ca de fecha 6 de julio de 2004, extendida por el Notario deLima, doctor Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, cuya copiaobra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Con- cesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto SupremoNº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acre-diten la existencia de servidumbre convencional para eldesarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar alMinisterio de Energía y Minas el reconocimiento de la mis-ma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencionallas normas de seguridad establecida en la Ley de Conce-siones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicaspertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Conce-siones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 159-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del SurS.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre elbien de propiedad de Edificaciones Capricornio S.A., parala instalación de la subestación de distribución compactadel tipo pedestal para Servicio Público de ElectricidadNº 5488, ubicada en la calle Diego Ferré Nº 273, distrito deMiraflores, provincia y departamento de Lima, constituidamediante Escritura Pública de fecha 6 de julio de 2004, enlos términos y condiciones estipulados en la misma. Cód. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de servidumbre terreno 31171005 Subestación de Distribución Suelo: 8,47 m2Edificaciones Urbano Eléctrica Nº 5488. y aires Capricornio Ubicación: distrito de Miraflores, S.A. provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 279 054,09 8 658 678,97 B 279 051,02 8 658 679,86 C 279 051,88 8 658 682,42 D 279 054,84 8 658 681,56Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reco- nocida en el artículo que antecede, las normas de seguri-dad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, suReglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 12974 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 294-2005-MEM/DM Lima, 14 de julio de 2005VISTO: El Expediente Nº 31170905, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Perso-nas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, so-bre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocu-pación sobre bienes de propiedad particular, indispensa-ble para la instalación de la subestación de distribucióneléctrica convencional de tipo superficie para Servicio Pú-blico de Electricidad Nº 1437; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definiti- va para desarrollar la actividad de distribución de energíaeléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado elreconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bie-nes de propiedad particular, indispensable para la instala-ción de la subestación de distribución eléctrica convencio-nal de tipo superficie para Servicio Público de ElectricidadNº 1437, ubicada en la berma lateral de la calle Playeritocon frente a la Mz. “X” de la Habilitación Vacacional LasLagunas de Puerto Viejo, Carretera Panamericana Sur,altura del Km. 71, distrito de San Antonio, provincia deCañete, departamento de Lima, según las coordenadasUTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha consti-tuido servidumbre convencional de ocupación sobre unárea de 18,55 metros cuadrados, de propiedad de la Juntade Propietarios de la Habilitación Urbana Las Lagunas dePuerto Viejo, para la subestación de distribución eléctricaconvencional de tipo superficie para Servicio Público deElectricidad Nº 1437, conforme consta en el Contrato deServidumbre de Ocupación de fecha 14 de abril de 2005,cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Con- cesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto SupremoNº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acre-diten la existencia de servidumbre convencional para eldesarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar alMinisterio de Energía y Minas el reconocimiento de la mis-ma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencionallas normas de seguridad establecidas en la Ley de Conce-siones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicaspertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Conce-siones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 163-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del SurS.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre elbien de la Junta de Propietarios de la Habilitación UrbanaLas Lagunas de Puerto Viejo, para la instalación de lasubestación de distribución eléctrica convencional de tiposuperficie para Servicio Público de Electricidad Nº 1437,ubicada en la berma lateral de la calle Playerito con frentea la Mz. “X” de la Habilitación Vacacional Las Lagunas de