Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2005 (28/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005

necesario utilizar repuestos originales de fabrica y mano de obra especializada a fin de garantizar su correcto funcionamiento; En dicho informe se senala que dado el tiempo transcurrido desde su adquisicion y las exigencias del trabajo a que es sometida la acunadora, se identifico que era necesario el cambio de algunas piezas que se encontraban desgastadas y deterioradas y que eventualmente ocasionaban paralizaciones imprevistas, disminuyendo su productividad. Ademas, se necesita contratar los servicios indicados en el primer considerando de esta resolucion; En el informe tecnico se concluye que la adquisicion de los repuestos y la contratacion de los servicios MORDAZA mencionados debe efectuarse con la empresa Schuler - Pressen GMBH & Co. de Alemania, por ser proveedor unico de los mismos; En el Informe Legal se deja establecido que el MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, su Reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y normas modificatorias; De acuerdo con el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones de bienes o las contrataciones de servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico; En concordancia con la precitada MORDAZA, el articulo 144 de su Reglamento, dispone que en los casos que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor, la entidad podra contratar directamente, precisando que se considera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Conforme al articulo 20º de la misma Ley, las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º, se realizaran mediante acciones inmediatas, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; A tenor del articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147º de su Reglamento MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y de los informes que la sustentan deben ser remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles de su emision u adopcion. Adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Segun lo indicado por la Oficina legal los motivos expuestos precedentemente, permiten concluir que los repuestos y servicios para la maquina acunadora Schuler que se requieren contratar no admiten sustitutos y son brindados por un unico proveedor, por lo que se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso e) del articulo 19º de la citada Ley; El monto por la adquisicion de los repuestos para la maquina acunadora ascendente a EUR 17 618,23 (S/. 68 378,97) determina la exoneracion de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, mientras que el monto de los servicios ascendente a EUR 13 536,25 (S/. 52 536,21) determina la exoneracion de un MORDAZA de adjudicacion directa selectiva, atendiendo a los montos aprobados por el Directorio para el presente ejercicio presupuestal, al MORDAZA de lo establecido en el articulo 11º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005; Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el articulo 146º del Reglamento MORDAZA citado, por lo que corresponde a esta Gerencia General aprobar la presente exoneracion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia la adquisicion de repuestos para la maquina acunadora Schuler, modelo MRH 150, por cuanto estos no admiten sustitutos y la empresa Schuler - Pressen GMBH & Co. de Alemania es proveedor unico de los mismos. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva la contratacion de los servicios descritos en la parte considerativa de esta resolucion para la maquina acunadora Schuler, modelo MRH 150, por cuanto estos no

admiten sustitutos y la empresa Schuler - Pressen GMBH & Co. de Alemania es proveedor unico de los mismos. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que adquiera los mencionados repuestos y servicios con la empresa Schuler - Pressen GMBH & Co de Alemania, por el valor referencial de EUR 17 618,23, incluido tributos y EUR 13 536,25, incluido tributos, respectivamente, mediante acciones inmediatas y con cargo a los recursos de esta Institucion. Articulo 4º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conjuntamente con los informes que sustentan la exoneracion. Adicionalmente, debera publicarse a traves del SEACE. MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2005 MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General 13225

CONTRALORIA GENERAL
Inscriben y renuevan inscripcion de personas juridicas en el Registro de Sociedades calificadas para la designacion y contratacion de servicios de auditoria
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 341-2005-CG MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2005 Visto; la Hoja de Recomendacion Nº 040-2005-CG/SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoria, sobre el Registro de Sociedades calificadas para la designacion y contratacion de auditorias en las entidades sujetas a control; CONSIDERANDO: Que, el articulo 20º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que el MORDAZA de designacion y contratacion de sociedades de auditoria, el seguimiento y evaluacion de informes, las responsabilidades asi como su registro, es regulado por la Contraloria General; Que, en tal sentido mediante las Resoluciones de Contraloria Nºs. 140 y 250-2003-CG se aprobo el Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria y la Directiva Nº 001-2003-CG/CE "Registro de Sociedades Calificadas para la Designacion y Contratacion de Auditorias en las Entidades sujetas a control", respectivamente; Que, el Registro de Sociedades calificadas para la designacion y contratacion de auditorias en las entidades sujetas a control tiene por finalidad normar la organizacion y operatividad de las sociedades calificadas para la designacion y contratacion de servicios de auditoria requeridos por las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control; Que, el mencionado Registro consta de dos (2) capitulos que comprenden, el primero a las sociedades que realizan auditoria financiera y el MORDAZA a las sociedades que efectuan auditoria de gestion, no existiendo ningun impedimento para que una sociedad este inscrita en ambos capitulos, previo cumplimiento de los requisitos establecidos; Que, el articulo 14º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria y el numeral 6. Evaluacion de la solicitud de inscripcion o renovacion, del item VI Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 001-2003-CG/CE establecen que la evaluacion de la documentacion presentada para la inscripcion de las sociedades de auditoria en el mencionado Registro se realiza en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario; en caso que se determinen defectos en dicha documentacion se otorga a la sociedad un plazo de diez (10) dias calendario para su regularizacion, el mismo que interrumpe el plazo de evaluacion; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7. Pronunciamiento sobre la solicitud de inscripcion o renovacion, del item VI Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 001-2003CG/CE, la aprobacion de la inscripcion de una sociedad de auditoria en el Registro de Sociedades calificadas para la designacion y contratacion de auditorias en las entidades sujetas

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