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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G37/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de julio de 2005 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G73 /G61/G20 /G66/G69/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G20 /G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73 /G6D/G61/G71/G75/G69/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65 /G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61/G20/G79/G20/G50/G61/G73/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 179-2005-VIVIENDA Lima, 26 de julio de 2005 Vistos; el Oficio Nº 075-2003-MDA/A de fecha 25 de agosto de 2003, presentado por la Municipalidad Distritalde Anco, provincia de Churcampa, departamento de Huan-cavelica; el Informe Técnico Nº 030-2005-VIVIENDA/VMCS/PREBAM-ARR del Programa de Equipamiento Básico Mu-nicipal y el Memorándum Nº 045-2005-VIVIENDA/CGP delComité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se dis- puso la adquisición de maquinaria para la industria delcalzado, confección y tejido, procedentes de la RepúblicaPopular China con la finalidad de equipar a pequeños ymicroempresarios; dicha norma fue modificada por Decretode Urgencia Nº 023-97, con el cual se autorizó a destinar ytransferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienesde capital adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96a entidades educativas del país; asimismo mediante De-creto de Urgencia Nº 086-97 se modificó el Decreto deUrgencia Nº 023-97 disponiendo que del saldo del cin-cuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se po-drían transferir en calidad de donación a los centros edu-cativos estatales y a organizaciones sociales con fineseducativos, de capacitación o de promoción social sin finesde lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministerios re-gulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del PoderEjecutivo, determinándose el número de Ministerios, entrelos cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe-rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos susefectos, el 31 de julio de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es- tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, según corresponda, asumía las competencias,funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones delViceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipa-miento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control,defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje-cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones- Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funcio-nes aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condicio-nes de vida de la población facilitando su acceso a unavivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionan-do el ordenamiento, crecimiento, conservación, mantenimien-to y protección de los centros de población y sus áreas deinfluencia, fomentando la participación de las organizacio-nes de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el Sr. Alejandro Cár- denas Leyva, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Anco,solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-miento la donación de maquinaria para la industria delcuero; Que, mediante Memorándum Nº 113-2005/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Programa de Equipamiento Básico Mu-nicipal remitió el Informe Técnico Nº 030-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, a través del cual se precisó que laentidad solicitante cuenta con infraestructura adecuadapara recibir e instalar la maquinaria solicitada como dona-ción; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidadcon lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad-ministrativo respecto de los actos de disposición de bienesmuebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi-dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría GeneralNº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia dela donación de la maquinaria detallada en el Anexo queforma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la dona- ción de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1, queforman parte integrante de la presente Resolución, a favorde la Municipalidad Distrital de Anco, provincia deChurcampa, departamento de Huancavelica, con la finali-dad de implementar un maquicentro para la InstituciónEducativa "La Esmeralda"; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779,Ley Nº 27792 y su Reglamento aprobado por Decreto Su-premo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria des- crita en el Anexo 1, que forma parte integrante de la pre-sente Resolución, valorizadas en S/. 12,019.05 (Doce MilDiecinueve y 05/100 Nuevos Soles), a favor de la Munici-palidad Distrital de Anco, provincia de Churcampa, depar-tamento de Huancavelica, con la finalidad de implementarel maquicentro para la Institución Educativa "La Esmeral-da". Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Mu- nicipal será responsable de velar porque se cumpla con lafinalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a laContraloría General de la República dentro de los términosestablecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 13395 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 180-2005-VIVIENDA Lima, 26 de julio de 2005 Vistos; el Oficio Nº 081-2004-A-MDS, de fecha 4 de mayo de 2004, presentado por la Municipalidad Distrital deSallique, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca;el Informe Técnico Nº 052-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR del Programa de Equipamiento Básico Municipal y elMemorándum Nº 059-2005/VIVIENDA/CGP del Comité deGestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se dispu- so la adquisición de maquinaria para la industria del calza-do, confección y tejido, procedentes de la República Popu-lar China con la finalidad de equipar a pequeños y microem-presarios; dicha norma fue modificada por Decreto de Ur-gencia Nº 023-97, con el cual se autorizó a destinar y trans-ferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes decapital adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 aentidades educativas del país, asimismo mediante Decretode Urgencia Nº 086-97 se modificó el Decreto de UrgenciaNº 023-97 disponiendo que del saldo del cincuenta porciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transferiren calidad de donación a los centros educativos estatales ya organizaciones sociales con fines educativos, de capacita-ción o de promoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministerios regu-lados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Eje-cutivo, determinándose el número de Ministerios, entre loscuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construccióny Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe-rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos susefectos, el 31 de julio de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y