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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2005 (28/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 80

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G37/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de julio de 2005 transferencia de la partida presupuestal para las eleccio- nes que ha alterado el cronograma electoral; CONSIDERANDO:Que el Padrón Electoral es la relación de los ciudadanos hábiles para votar, elaborado sobre la base del registro únicode identificación de las personas, que mantiene y actualiza elRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil según loscronogramas y coordinaciones con la Oficina Nacional deProcesos Electorales; de conformidad con el artículo 196º dela Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 y el literal d) delartículo 7º de su Ley Orgánica Nº 26497; Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil publica listas del padrón inicial que se colocan en susOficinas Distritales en lugar visible, después del cierre deinscripciones, según lo establece el artículo 198º de la LeyOrgánica de Elecciones Nº 26859; Que cualquier elector tiene derecho a solicitar que se eliminen o tachen los nombres de los ciudadanosfallecidos, de los inscritos más de una vez y los que seencuentran comprendidos en las inhabilitaciones esta-blecidas en la legislación electoral; y a reclamar, si nofiguran en estas listas o están registrados con error,ante la Oficina del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil de su circunscripción, durante el plazo decinco días contados desde la fecha de publicación, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 199º de laLey Nº 26859; Que los cinco días a que se refiere el considerando anterior y la ley acotada son días naturales; Que el artículo 201º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 establece que el Padrón Electoral actualizadopor el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,que se utilizará en el proceso electoral convocado, seráremitido al Jurado Nacional de Elecciones con noventa(90) días de anticipación a la fecha de las elecciones, elJurado Nacional de Elecciones aprueba su uso dentro delos diez días siguientes; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Entiéndase que el plazo a que se refiere el artículo 199º de la Ley Nº 26859 debe compu-tarse sobre la base de días calendarios. Artículo Segundo.- Declarar que el Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil debe remitir al Jura-do Nacional de Elecciones el Padrón Electoral actuali-zado en el plazo determinado en el artículo 201º de laLey Nº 26859. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, la presente resolución paralos fines del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZSOTO VALLENASVELA MARQUILLOVELARDE URDANIVIABALLÓN-LANDA CÓRDOVASecretario General 13328 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G2D /G6D/G61/G6E/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G63/G65/G6A/G6F/G73/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G61/G72/G61/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G20/G4A/G75/G61/G6E /G64/G65/G20/G59/G61/G6E/G61/G63 RESOLUCIÓN Nº 207-2005-JNE Lima, 26 de julio de 2005 Vista, el Acta de la Sesión de Cómputo de fecha 26 de julio de 2005 del Jurado Electoral Especial de Ayacucho,proclamando los resultados finales de la Consulta Popularde Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales2005, obtenidos en las mesas de sufragio en el distrito deChiara, provincia de Huamanga, departamento deAyacucho;CONSIDERANDO: Que el Jurado Electoral Especial de Ayacucho ha pro- clamado los resultados de la Consulta Popular de Revoca-toria del Mandato de Autoridades Municipales llevada acabo el 3 de julio del año 2005, en el distrito de Chiara,provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, ha-biéndose verificado la asistencia de 1464 electores, losque superan el 50% de electores hábiles del padrón dedicha circunscripción, ha resultado revocado el mandatode tres Regidores, con más de la mitad de los votos válida-mente emitidos, de conformidad con lo previsto en elartículo 23º de la Ley de los Derechos de Participación yControl Ciudadanos Nº 26300, modificado por Ley Nº 28421,y con arreglo a la Resolución Nº 113-2005-JNE de 17 demayo de 2005, siendo los resultados los que se detalla acontinuación: Total de electores hábiles: 1731 Total de ciudadanos que votaron: 1464 Autoridades V otos Votos Total de C ifra RESULTADO SI NO Votos N ecesaria Válidamente para ser emitidos revocado Alcalde : TEODORO GOMEZ 577 618 1195 599 CONTINÚA HUAYTALLA 1º Regidor : FRANCISCO BAUTISTA 541 558 1099 551 CONTINÚA CHUMBE 2º Regidor : JULIAN TINEO 553 534 1087 545 REVOCADO PAQUIYAURI 3º Regidor : EPIFANIO GOMEZ AYALA 550 510 1060 531 REVOCADO 4º Regidor : VICTORIA LLALLAHUI 545 506 1051 527 REVOCADO DE LA CRUZ 5º Regidor : JULIO CISNEROS GOMEZ 529 532 1061 532 CONTINÚA Que confirmada la revocatoria de tres integrantes del Concejo Distrital de Chiara, se aplica lo previsto en elartículo 25º de la Ley Nº 26300, que establece que derevocarse más de un tercio de los miembros de un concejomunicipal, se convoca a nuevas elecciones, pero mientrasno se elija a los reemplazantes en el cargo, asumen lasfunciones los accesitarios; Que es necesario determinar los nombres de los accesitarios que ejercerán provisionalmente los cargos deRegidores del Concejo Distrital de Chiara, aplicándose su-pletoriamente el artículo 24º de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972; El Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 178º, inciso 5) de la ConstituciónPolítica del Perú, concordante con lo establecido en elartículo 5º, inciso i) de su Ley Orgánica Nº 26486; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la credenciales de los Regidores del Concejo Distrital de Chiara, provincia deHuamanga, departamento de Ayacucho, otorgadas conmotivo de las Elecciones Municipales del año 2002, a favorde los señores Julián Tineo Paquiyauri, Epifanio GómezAyala, y Victoria Llallahui De La Cruz. Artículo Segundo.- Convocar a los señores Delia Gara- mendi De La Cruz, Alberto De La Cruz Ramos y MariaReyna Méndez Bautista, para que asuman provisionalmentelos cargos de Regidores en el Concejo Distrital de Chiara,provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, aquienes se les extenderá las respectivas credenciales. Artículo Cuarto.- El Concejo Distrital de Chiara queda integrado, hasta que se elija a las nuevas autoridades, dela siguiente manera: Autoridad Nombre Orga nización Política Alcalde: TEODORO GOMEZ HUAYTALLA MOVIMIENTO INDE PENDIENTE ZONA SUR CHIARA 1ºRegidor: FRANCISCO BAUTISTA CHUMBE MOVIMIENTO INDE PENDIENTE ZONA SUR CHIARA 2ºRegidor: DELIA GARAMENDI DE LA CRUZ MOVIMIENTO INDE PENDIENTE ZONA SUR CHIARA 3ºRegidor JULIO CISNEROS GÓMEZ MOVIMIENTO INDE PENDIENTE TODOS POR CHIARA 4ºRegidor: ALBERTO DE LA CRUZ RAMOS MOVIMIENTO INDE PENDIENTE TODOS POR CHIARA 5ºRegidor: MARIA REYNA MENDEZ BAUTISTA MOVIMIENTO INDE PENDIENTE TODOS POR CHIARA Artículo Quinto.- Poner en conocimiento del Poder Eje- cutivo la presente Resolución, en cumplimiento de lo esta-