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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G37/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de julio de 2005 Puerto Viejo, Carretera Panamericana Sur, altura del Km. 71, distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departa-mento de Lima, constituida mediante Contrato de Servi-dumbre de Ocupación de fecha 14 de abril de 2005, en lostérminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuer-do a la documentación técnica y los planos proporciona-dos por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expe- Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de diente Servidumbre terreno 31170905 Subestación de Distribución Suelo: Junta de Urbano Eléctrica Nº 1437 18,55 m² Propietarios Ubicación: distrito de San Antonio, y sus aires. de laprovincia de Cañete, Habilitación departamento de Lima Urbana Las Coordenadas UTM: Lagunas de Vértice Norte Este Puerto Viejo A 8 609 420,0000 315 010,0000 B 8 609 417,8311 315 007,2530 C 8 609 421,9908 315 003,9687 D 8 609 424,1597 315 006,7157 Artículo 2º.- Son de aplicación a las servidumbres reco- nocidas en el artículo que antecede, las normas de segu-ridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, suReglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 12977 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 295-2005-MEM/DM Lima, 14 de julio de 2005VISTO: El Expediente Nº 31171505, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Perso-nas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, so-bre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocu-pación sobre bienes de propiedad particular, indispensa-ble para la instalación de la subestación de distribucióneléctrica convencional de tipo superficie para Servicio Pú-blico de Electricidad Nº 1438; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión defi- nitiva para desarrollar la actividad de distribución de ener-gía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996,ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocu-pación sobre bienes de propiedad particular, indispen-sable para la instalación de la subestación de distribu-ción eléctrica convencional de tipo superficie para Servi-cio Público de Electricidad Nº 1438, ubicada en la bermalateral de la zona de estacionamiento de la manzana III,calle Huanchaco de la Habilitación Vacacional Las Lagu-nas de Puerto Viejo, Carretera Panamericana Sur, alturadel Km. 71, distrito de San Antonio, provincia de Cañete,departamento de Lima, según las coordenadas UTM quefiguran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha consti-tuido servidumbre convencional de ocupación sobre unárea de 15,05 metros cuadrados, de propiedad de la Juntade Propietarios de la Habilitación Urbana Las Lagunas dePuerto Viejo, para la subestación de distribución eléctricaconvencional de tipo superficie para Servicio Público deElectricidad Nº 1438, conforme consta en el Contrato deServidumbre de Ocupación de fecha 14 de abril de 2005,cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Con- cesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto SupremoNº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acre-diten la existencia de servidumbre convencional para eldesarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar alMinisterio de Energía y Minas el reconocimiento de la mis-ma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencionallas normas de seguridad establecidas en la Ley de Conce-siones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Conce-siones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 166-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del SurS.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre elbien de la Junta de Propietarios de la Habilitación UrbanaLas Lagunas de Puerto Viejo, para la instalación de lasubestación de distribución eléctrica convencional de tiposuperficie para Servicio Público de Electricidad Nº 1438,ubicada en la berma lateral de la zona de estacionamientode la manzana III, calle Huanchaco de la Habilitación Vaca-cional Las Lagunas de Puerto Viejo, Carretera Panameri-cana Sur, altura del Km. 71, distrito de San Antonio, pro-vincia de Cañete, departamento de Lima, constituida me-diante Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha14 de abril de 2005, en los términos y condiciones estipu-lados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnicay los planos proporcionados por la empresa, conforme alsiguiente cuadro: Expe- Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de diente Servidumbre terreno 31171505 Subestación de Distribución Suelo: Junta de Urbano Eléctrica Nº 1438 15,05 m² Propietarios Ubicación: distrito de San Antonio, y sus aires. de laprovincia de Cañete , Habilitación departamento de Lima Urbana Las Coordenadas UTM: Lagunas de Vértice Norte Este Puerto Viejo A 8 609 206,0000 315 046,0000 B 8 609 208,7902 315 043,8871 C 8 609 211,3861 315 047,3151 D 8 609 208,5959 315 049,4280 Artículo 2º.- Son de aplicación a las servidumbres re- conocidas en el artículo que antecede, las normas de se-guridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas,su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 12978 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G72/G72/G6F/G72/G65/G73/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E /G4E/GBA/G20/G35/G35/G32/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G45/G4D/G2F/G44/G4D/G20/G71/G75/G65/G20/G69/G6D/G70/G75/G73/G6F/G20/G73/G65/G72/G2D /G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 292-2005-MEM/DM Lima, 14 de julio de 2005VISTO: El Expediente Nº 31123802, sobre solicitud de modificación de servidumbre de ocupación de bienes depropiedad particular indispensable para la instalación de lasubestación de distribución compacta de tipo pedestal dedistribución para Servicio Público de Electricidad Nº 6561,organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscritaen el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 delRegistro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral deLima y Callao; CONSIDERANDO:Que, en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96- EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, Luz del SurS.A.A., es titular de la concesión definitiva para desarrollarla actividad de distribución de energía eléctrica;