TEXTO PAGINA: 56
PÆg. 293698 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de junio de 2005 Artículo 14º.- Del Consejo de Coordinación Lo- cal Distrital. El Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2006 con- tará con la participación del Consejo de Coordinación Local Distrital. El Consejo de Coordinación Local Distrital participa en la realización de la convocatoria, en la implementa- ción de los mecanismos de capacitación para los Agen- tes Participantes y presenta, a través de su Presidente, los resultados del Presupuesto Participativo. Además, realiza las funciones establecidas en la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento de Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres. Artículo 15º.- Capacitación de Agentes Partici- pantes. La capacitación para el desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo tiene como objetivo contri- buir al adiestramiento técnico y legal de los Agentes Participantes para lograr una adecuada definición de prioridades y asignación de recursos en el cumpli- miento de los objetivos de desarrollo concertado del distrito. Las acciones de capacitación se realizarán considerando 4 talleres de capacitación descentrali- zados, desarrollando los siguientes temas: - El proceso de Presupuesto Participativo. - Gestión y Políticas Públicas. - Descentralización. - Planeamiento y Desarrollo Local. - Gestión Presupuestaria Local. - El Sistema Nacional de Inversión Pública. - Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 16º.- Desarrollo de los Talleres de Traba- jo. Se realizará un primer Taller de Trabajo para la reali- zación del Diagnóstico Temático y Territorial, en el cual se efectúa un análisis basado en las necesidades terri- toriales y un análisis de la realidad económica, social, cultural y ambiental del distrito. De manera posterior se efectuará un segundo Taller de Trabajo relacionado a la Definición de Criterios y de Priorización de Acciones. Artículo 17º.- De la Priorización de los Proyectos de Inversión en el Proceso de Presupuesto Partici- pativo. Los Agentes Participantes pueden presentar sus iniciativas de proyectos referidos a servicios, infra- estructura, desarrollo de capacidades u otros con- ducentes al desarrollo integral del distrito y en con- cordancia con los objetivos del Plan Integral de De- sarrollo del Distrito de San Martín de Porres al 2014; los cuales serán preseleccionados para su posterior priorización. Se otorgará prioridad a los proyectos de inversión del Banco de Proyectos de la Municipalidad para el año 2006, los cuales serán debatidos y priorizados; luego, serán sometidos a consulta los proyectos preseleccio- nados por los Agentes Participantes. Serán incorporados al presupuesto los proyectos que obtengan mayores puntajes de priorización, apro- bados en la evaluación técnica realizada por el Equipo Técnico y los proyectos preseleccionados no priori- zados serán considerados en el Banco de Proyectos para el año 2007. Artículo 18º.- De la Asistencia. Los Agentes Participantes deberán asistir a todas las reuniones y talleres que se realicen a lo largo del proceso. Para tener derecho a voto, deberán contar con el 90% de asistencia de los mismos. Artículo 19º.- Del Tiempo y Frecuencia de Inter- vención. Los oradores se inscribirán al inicio del taller, en la mesa instalada para registro de asistencia. Cada partici- pante dispondrá para su intervención oral de un tiempo máximo de tres minutos no acumulativos, quedando pro- hibido ceder o transferir el tiempo otorgado, consideran- do como máximo dos intervenciones. La segunda rondase hará efectiva si se agotó la primera ronda de todos los inscritos para esa fecha. Artículo 20º.- De las Normas de Conducta . Durante el desarrollo del proceso, los participantes deberán respetar las normas de conducta, en caso con- trario se les aplicará las sanciones correspondientes al Artículo 26º del presente Reglamento. Las normas de conducta a aplicarse son las siguientes: a) Puntualidad. Se dará tolerancia de quince minu- tos para el ingreso de los participantes al taller. b) Respeto mutuo. Debe existir respeto entre todos los participantes, evitando actos ofensivos e interrup- ciones. c) Tolerancia. Los participantes deberán mantener una postura equilibrada ante las diversas opiniones rela- cionadas a los diversos temas a discutirse en los talle- res. Artículo 21º.- De la Evaluación Técnica. El Equipo Técnico es el encargado de desarrollar el análisis respectivo para evaluar la viabilidad de los pro- yectos identificados, dentro del ámbito del Sistema Na- cional de Inversión Pública y proporcionar los costos estimados de los mismos, que servirán como criterios a utilizar para la priorización de los proyectos, conside- rando los objetivos estratégicos establecidos en el Plan Integral de Desarrollo del Distrito de San Martín de Po- rres al 2014. Artículo 22º.- De la Formalización de Acuerdos. En esta etapa se realizará un Taller con la finalidad de presentar la evaluación y el desarrollo técnico-financie- ro de las propuestas para su discusión. Luego, se ela- borará el listado del orden de prioridades de los proyec- tos a ejecutar, los que serán considerados en el marco del presupuesto participativo. Se presentará el producto del trabajo realizado por los Agentes Participantes en los talleres y se formaliza- rán los acuerdos mediante la suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participati- vo. CAPÍTULO VI DE LA APROBACIÓN, PUBLICACIÓN Y REMISIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 23º.- De la Aprobación. El Equipo Técnico elaborará el documento de Presu- puesto Participativo para el Año Fiscal 2006, el cual con- tiene los acuerdos del proceso, para su aprobación por el Consejo de Coordinación Local Distrital. Artículo 24º.- De la Publicación y Remisión. Se dispondrá la publicación del documento de Presu- puesto Participativo para el Año Fiscal 2006, luego de ser aprobado, a través de los medios de comunicación para conocimiento de la comunidad. En tanto, la difusión del cumplimiento del proceso se realizará a través del registro de la información respectiva en el Aplicativo Web, de acuerdo a las instrucciones de la Dirección Nacional de Presupuesto Público. Asimismo, se efectuará la remisión del documen- to de Presupuesto Participativo, el Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Proyecto de Presupues- to Institucional a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, en la fecha que se establezca oportunamen- te. CAPÍTULO VII DE LA VIGILANCIA SOCIAL EN EL PROCESO Artículo 25º.- Del Comité de Vigilancia y Control. El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo deberá vigilar el desenvolvimiento de las etapas del proceso conforme a los principios estableci- dos en el Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01, así como el cumplimiento de los acuerdos concertados. A su vez, informan ante el Consejo de Coordinación Local Distrital sobre las acciones desarrolladas y resultados obteni- dos.