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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (01/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

PÆg. 293702 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de junio de 2005 ZONA 4. COOPERATIVA LOS CHANCAS DE ANDAHUAYLAS (Local) Cooperativa de Vivienda los Chancas de Andahuaylas Asociación de Vivienda Los Alpes Asentamiento Humano San Marcos Urbanización Las Praderas 1era. Etapa Asociación de Vivienda Intihuatana Asociación de Vivienda La Encalada I Asociación de Vivienda La Encalada II Asociación de Vivienda Los Jardines de la Encalada Asentamiento Humano 29 de Enero Asociación de Vivienda Villa La Oroya Asociación de Vivienda Pacasmayo Asociación de Vivienda San Carlos Cooperativa de Vivienda Pachacútec Asociación Los Jardines de Santa Anita ZONA 5. ASOCIACIÓN DE VIVIENDA VILLA SANTA ANITA (Local) Asociación de Vivienda Villa Santa Anita Asociación de Vivienda Sol de Santa Anita Asociación de Vivienda Santa Cruz de Vista Alegre Asociación de Vivienda Cultura Peruana Asociación de Vivienda Monterrey Cooperativa de Vivienda Miguel Grau Asociación de Vivienda Sapotal I Etapa Asociación de Vivienda Las Flores Asociación de Vivienda Los Portales Asociación de Vivienda Las Vegas ZONA 6. COOPERATIVA BENJAMÍN DOIGG (Lo- cal) Cooperativa de Vivienda Benjamín Doig Lossio Asociación de Vivienda Fortaleza Cooperativa de Vivienda San José de Mangomarca Asociación de Pobladores Jardines de Zavaleta Urbanización Alameda de Ate Cooperativa de Vivienda Viña de San Francisco Urbanización Los Productores Urbanización Asesor II Cooperativa de Vivienda Santa Aurelia Asociación Residencial Santa Anita Asentamiento Humano Ex Fundo El Asesor Asociación de Vivienda Sapotal II Etapa Asociación de Vivienda Los Pinos Urbanización Portada de Ceres Artículo 7º.- DE LA ASIGNACIÓN PRESUPUES- TAL La determinación del monto referencial para financiar las acciones resultantes del proceso participativo, sean éstas de continuación o nuevas, se realizará tomando en cuenta los criterios establecidos por el Instructivo del presupuesto participativo vigente, que orientan la deter- minación de los recursos a considerarse para las accio- nes priorizadas en el proceso del presupuesto participa- tivo. Las acciones priorizadas resultantes del proceso que no cuenten con financiamiento público o de la socie- dad civil, serán considerados en el Presupuesto Institu- cional de Apertura de los años siguientes. Artículo 8º.- CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN La priorización es un mecanismo a través del cual se establecerá un orden de prelación conforme a lo esta- blecido por el Instructivo del Presupuesto Participativo vigente, utilizando criterios tales como: Prioridad de atención a población de extrema pobre- za. Porcentaje de Población beneficiada. Atención de necesidades básicas insatisfechas. Vinculación con la visión y objetivos estratégicos del PDI. Viabilidad técnica y económica. Aportes comprometidos de otras instituciones. TÍTULO II DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 9º.- DESARROLLO DEL PROCESO El proceso del presupuesto participativo de Santa Anita comprende las siguientes etapas:1. Convocatoria Distrital. 2. Identificación de Agentes Participantes 3. Capacitación de los Agentes Participantes 4. Talleres de Trabajo 5. Evaluación Técnica de Viabilidad 6. Formalización de Acuerdos 7. Rendición de Cuentas Articulo 10º.- CONVOCATORIA DISTRITAL La Municipalidad Distrital de Santa Anita, conjunta- mente con el Consejo de Coordinación Local, convoca- rán a la población debidamente organizada, a las organi- zaciones públicas y privadas, así como a los Agentes Participantes a registrarse y participar en el PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2006, para lo cual se utilizará los medios de comunicación más ade- cuados a fin de garantizar una amplia participación y representatividad. Artículo 11º.- REAPERTURA DEL LIBRO DE PAR- TICIPANTES La Municipalidad, a través de la Subgerencia de Par- ticipación Vecinal de la Gerencia de Desarrollo Económi- co y Social, realizará mediante registros complementa- rios, la reaperturará del Libro de Registro de Participan- tes para que puedan inscribirse las Organizaciones de la sociedad civil y Organizaciones Privadas y otras en un plazo de 12 días calendario a partir de la publicación de la CONVOCATORIA AL PROCESO DEL PRESU- PUESTO PARTICIPATIVO 2006, procediéndose a ce- rrar las inscripciones a su vencimiento. Artículo 12º.- IDENTIFICACIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES Para constituirse en Agente Participante el candidato debe ser acreditado por una organización social local inscrita en el Libro de Registro de Participantes apertu- rado por la Municipalidad, dicha acreditación se efectua- rá previa presentación de los requisitos establecidos en el Artículo 21º de la presente Ordenanza. Cada organi- zación debe proponer un Titular y un Suplente para di- cho proceso participativo. La Subgerencia de Participación Vecinal de la Geren- cia de Desarrollo Económico y Social, en un plazo de 10 días calendario posteriores al cierre de las inscripcio- nes, efectuará la verificación de los requisitos exigidos, publicará las solicitudes observadas, establecerá un pla- zo para el levantamiento de observaciones y finamente presentará la relación de Agentes participantes acredi- tados para el Proceso del Presupuesto Participativo 2006, para su convocatoria a los Talleres de Trabajo. Artículo 13º.- CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO El Equipo Técnico del proceso del presupuesto parti- cipativo de la Municipalidad Distrital de Santa Anita esta- rá integrado por: - Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Raciona- lización, quién lo presidirá - Gerente de Obras y Desarrollo Urbano - Gerencia de Desarrollo Económico y Social - Gerente de Servicios Públicos - Subgerencia de Participación Vecinal, quién actuará como Secretario Técnico - Dos (2) representantes de la sociedad civil espe- cializados en temas sociales y/o de planeamiento y pre- supuesto - Cuatro (4) representantes del Concejo Municipal. El Equipo Técnico tiene la responsabilidad de brindar soporte técnico que corresponda a sus áreas para el desarrollo del proceso y evaluación técnica de los pro- yectos resultantes del proceso del presupuesto partici- pativo. Artículo 14º.-CAPACITACIÓN DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Esta etapa es una tarea permanente que correspon- de ser implementada por la Gerencia de Desarrollo Eco- nómico y Social, a través de la Subgerencia de Partici- pación Vecinal, a fin de que autoridades y población se informen y comprendan las tareas que involucra el pro- ceso participativo.