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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G34/G31/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 6 de junio de 2005 Artículo 4º.- El citado Personal, deberá dar cumpli- miento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 10470 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G2C /G46/G41/G50/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G79/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 296-2005-DE/CCFFAA Lima, 31 de mayo de 2005 Visto, la invitación que ha formalizado el Jefe de la Fuerza Terrestre del Ecuador para la participación del Personal Militar del Perú en la I Reunión Bilateral de Esta-dos Mayores y la XXXII Conferencia Bilateral de Inteli- gencia que se realizará en la ciudad de Quito-Ecuador del 30 de mayo al 3 de junio 2005, en base al Entendi- miento Séptimo de la IX Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos del Perú y Ecuador. CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses Institucio- nales autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servi- cio al General de División EP Rafael HOYOS de Vinatea, Teniente General FAP Augusto Venancio MENGONI Vicente, General de Brigada EP Pedro BEINGOLEA Gutiérrez, Coronel Infantería EP Javier Leocadio LINDO Zárate y Coronel EP Víctor TENORIO García y Coronel FAP José Enrique REVILLA Morales, para participar en la I Reunión Bilateral de Estados Mayores y la XXXII Conferencia Bilateral de Inteligencia a realizarse del 30 de mayo al 3 junio del 2005, en la ciudad de Quito - Ecuador, por cuanto las experiencias a adquirirse re- dundarán en beneficio de la Seguridad Nacional; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Fun- cionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004, Decreto Su- premo Nº 047-2002-CPM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comi- sión del Servicio al General de División EP Rafael HOYOS de Vinatea, Teniente General FAP Augusto Ve- nancio MENGONI Vicente, General de Brigada EP Pedro BEINGOLEA Gutiérrez, Coronel Infantería EP Javier Leocadio LINDO Zárate y Coronel EP Víctor TENORIO García y Coronel FAP José Enrique REVILLA Morales, para participar en la I Reunión Bilateral de Estados Ma- yores y la XXXII Conferencia Bilateral de Inteligencia arealizarse del 30 de mayo al 3 junio del 2005, en la ciudad de Quito - Ecuador. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - las Institucio- nes Armadas (Ejército Peruano y Fuerza Aérea) efectua- rá los pagos que correspondan, de acuerdo a los concep- tos siguientes: Pasajes: Lima-Quito-Lima (ida y vuelta) US$ 450.00 x 6 personas Viáticos: US$ 200.00 x 5 días x 6 personas TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO US$ 28.24 x 6 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El referido Personal Militar deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 10471 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 297-2005-DE/CCFFAA Lima, 31 de mayo de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante la Carta del 29 de marzo 2005, el Jefe III del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República de Argentina, cursa invitación para que dos Oficiales Superiores participen en el “Noveno Semi- nario de Actualización en Desminado Humanitario”, el mismo que se llevará a cabo en el CAECOPAZ, Buenos Aires - Argentina entre el 6 y el 10 de junio 2005; Que, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, ha designado para participar en el seminario en mención, al Capitán de Fragata Ricardo LLANOS Vidal y al Teniente Coronel EP Celso YSLA Ramírez; Que, el inciso e) del artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus funciones participar a través de los organis- mos pertinentes en las misiones de paz internaciona- les a que se comprometa el Estado Peruano, de acuer- do a ley; Que, los gastos de alimentación y alojamiento serán solventados por el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto de Operaciones de Paz (CEACOPAZ); De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y fun- cionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, Decreto de Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fe-