Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2005 (06/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 6 de junio de 2005

sobre Disposiciones de Disciplina Presupuestaria, Racionalidad y Austeridad en el Gasto de las Entidades de Tratamiento Empresarial de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2005, son responsables de proporcionar a los Organos de Control Institucional de manera oportuna, la informacion sobre ejecucion presupuestal en materia de Recursos Humanos, Contratos de Locacion de Servicios, Donaciones, Contratos de Obra mayores a un ano, Financiamiento de Actividades, Emision de Directivas Internas; asi como de cualquier otra informacion necesaria para el cumplimiento de esta Actividad de Control. Esta informacion sera utilizada por los Organos de Control Institucional para el llenado de los Formatos que se adjuntan al Informe de Evaluacion, salvo que la propia administracion acepte ingresar la informacion directamente. La informacion se entrega con caracter de declaracion jurada, por lo cual corresponde a los Jefes de las Oficinas Generales de Administracion o las Oficinas que MORDAZA sus veces de las entidades, cautelar la veracidad y exactitud de la misma, bajo responsabilidad. III. ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LOS INFORMES Los Organos de Control Institucional deben elaborar los Informes de evaluacion del cumplimiento de las medidas de disciplina presupuestaria, racionalidad y austeridad; observando la siguiente estructura y contenido: 1) COMENTARIOS: Comprendera la informacion concerniente a la Actividad de Control, desarrollando los aspectos siguientes: a) Alcance de la Actividad.- Se precisara el periodo de evaluacion y se dejara MORDAZA de que la informacion presentada ha sido analizada y evaluada. b) Antecedentes y base legal de la entidad.- Se indicara de manera breve y concisa, la mision, naturaleza legal, regimen laboral, fecha y documentos de aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal - CAP y del Presupuesto Analitico de Personal - PAP, funciones de la entidad; asi como las principales normas legales que MORDAZA de aplicacion, con el objeto de situar y mostrar apropiadamente el ambito tecnico y juridico que es materia de la actividad. c) Publicacion trimestral de los resultados cualitativos y cuantitativos.- En este rubro se indicara si la entidad, a traves de las Oficinas Generales de Administracion o de las que MORDAZA sus veces, cumplio con publicar trimestralmente los resultados cualitativos y cuantitativos obtenidos por la aplicacion de las medidas de disciplina, racionalidad y austeridad presupuestaria, en cumplimiento del articulo 9.1º de la Ley Nº 28427. Si la entidad cumplio con la publicacion trimestral, los Organos de Control Institucional incluiran un comentario sobre los resultados reportados por la entidad, en relacion con los resultados de la Actividad de Control. Si la entidad no cumplio con la publicacion trimestral, los Organos de Control Institucional incluiran un comentario sobre los motivos de la omision e informaran al Titular de la entidad de este hecho para la adopcion de los correctivos del caso. d) Limitaciones para la ejecucion de la Actividad de Control.- Los Organos de Control Institucional de las entidades haran referencia en forma breve y concisa, a los hechos que han originado limitaciones para la ejecucion de la Actividad de Control. Si consideran que estos no afectan la conclusion, se precisara claramente en el informe consolidado la limitacion y las razones por las cuales esta limitacion no afecta la conclusion a nivel de Pliego. Si los hechos son de tal magnitud que afectan la posibilidad de emitir un juicio de valor sobre el cumplimiento de las medidas de disciplina presupuestaria, racionalidad y austeridad, el Organo de Control Institucional debera senalar claramente en el informe la limitacion y el efecto que ocasiona en la ejecucion de la actividad de control; emitiendo la conclusion segun el Modelo Nº 02. Este ultimo caso incluye la entrega de informacion inexacta o incompleta. e) Deficiencias que ameritan la programacion de una Accion de Control.- Si durante la ejecucion de la Actividad de Control se evidencian debilidades de control interno significativas, indicios de comision de delito y/o responsa-

bilidad civil; asi como hechos que limiten el desarrollo de la presente Actividad que imposibiliten emitir opinion sobre el cumplimiento de medidas de disciplina, racionalidad y austeridad presupuestaria, el Organo de Control Institucional bajo responsabilidad debera efectuar una Accion de Control Posterior no Programada dentro del ejercicio fiscal 2005, siguiendo para el efecto, el procedimiento previsto en el Literal H, Numeral 4) de las Disposiciones Generales de la Directiva Nº 013-2004-CG/PL - Plan Anual de Control para los Organos de Control Institucional. f) Reconocimiento de logros significativos alcanzados.- En este rubro, se mencionara en forma breve y concisa los logros significativos alcanzados por la entidad, relacionados exclusivamente con el cumplimiento de las medidas de Disciplina Presupuestaria, Racionalidad y Austeridad. Los Organos de Control Institucional podran considerar en este rubro, la publicacion trimestral de los resultados cualitativos y cuantitativos obtenidos por la entidad, que exige la Ley Nº 28427. 2) FORMATOS Los Formatos son parte integrante de los Informes y seran llenados sobre la base de la informacion proporcionada por la entidad. Cada formato presenta en la parte inferior un recuadro denominado: "Conclusiones del Organo de Control Institucional". En este recuadro los Organos de Control Institucional, luego de verificar y evaluar la informacion proporcionada por la entidad, mediante pruebas selectivas de comprobacion, estableceran claramente si la entidad ha cumplido o no con las medidas de disciplina presupuestaria, racionalidad y austeridad. En todos los casos, las conclusiones de los Formatos deben guardar concordancia con la conclusion final del Informe. 3) CONCLUSIONES Los Organos de Control Institucional estableceran claramente si la entidad ha cumplido o no con las medidas de disciplina presupuestaria, racionalidad y austeridad durante el periodo examinado; precisando las razones que sustentan la opinion vertida, conforme al Modelo Nº 1. En el caso de presentarse limitaciones que afecten la posibilidad del auditor de emitir un juicio de valor sobre el cumplimiento de las medidas de disciplina, racionalidad y austeridad presupuestaria, la conclusion de los Organos de Control Institucional se adecuara al Modelo Nº 2. MODELO Nº 1 MODELO DE CONCLUSION DE LA EVALUACION PRESUPUESTARIA (A NIVEL ENTIDAD) Al Titular de la Entidad: 1. Hemos analizado y evaluado la informacion que sustenta los formatos de medidas de disciplina, racionalidad y austeridad de la entidad ....... , correspondiente al periodo (indicar los meses que se han analizado y evaluado). 2. Esta informacion ha sido proporcionada por (la Oficina General de Administracion o la Oficina que haga sus veces en la entidad - precisar cual) por lo cual la veracidad y exactitud de la misma es responsabilidad de esta unidad organica y nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinion sobre la aplicacion de las medidas de disciplina, racionalidad y austeridad presupuestaria en la entidad, sobre la base de la Actividad de Control que efectuamos. 3. Nuestra Actividad de Control fue realizada en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva Nº...... -2005-CG/SE de ..........., aprobada con Resolucion de Contraloria Nº .......2005-CG de ...... y se efectuo de acuerdo con los criterios tecnicos aprobados por la Contraloria General de la Republica. Tales lineamientos exigen que planifiquemos y realicemos nuestro trabajo de modo tal que a partir de los formatos de medidas de disciplina, racionalidad y austeridad y de las comprobaciones que se realizan, se pueda obtener una opinion acerca del cumplimiento de las medidas de disciplina, racionalidad y austeridad, previstas en el Capitulo II de la Directiva Nº 008-2005-EF/76.01 - Directiva sobre Disposiciones de Disciplina Presupuestaria, Racionalidad y

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