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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G34/G36/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de junio de 2005 Artículo Segundo.- El viaje del referido Magistrado no irrogará gasto alguno al Tribunal Constitucional, pues éste será asumido por los organizadores del evento en referencia. Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denomi-nación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calen- dario siguientes de realizado el referido viaje, el Magis-trado informará sobre los resultados obtenidos con mo- tivo de su participación en el citado evento internacional. Regístrese y comuníquese y publíquese JAVIER ALVA ORLANDINI Presidente Tribunal Constitucional 10888 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 SUNARP /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G53/G55/G4E/G41/G52/G50 RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 173-2005-SUNARP/SN Lima, 13 de junio de 2005 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente Gene- ral de la Superintendencia Nacional de los Registros Pú-blicos. Que, es necesario designar al funcionario que desem- peñará el indicado cargo; De conformidad con las Leyes Nºs. 27594 y 26366, y el Estatuto aprobado por Resolución Suprema Nº 135- 2002-JUS; Con cargo de dar cuenta al Directorio; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a partir de la fecha, al señor abogado DANTE MENDOZA ANTONIOLI, en elcargo de Gerente General de la Superintendencia Na- cional de los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Públicos 10895 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G43/G6F/G6E/G66/G6C/G69/G63/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G50/G69/G6C/G6F/G74/G6F/G20/G4E/G75/G65/G76/G6F/G50/G61/G63/G68/G61/G63/GFA/G74/G65/G63/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G43/G69/G75/G2D /G64/G61/G64/G20/G50/G61/G63/G68/G61/G63/GFA/G74/G65/G63 DECRETO REGIONAL Nº 002-2005-Región Callao-PR Callao, 10 de junio de 2005EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-88-VC, del 4 de julio de 1988, se crea el Proyecto EspecialCiudad Pachacútec y con Resolución Ministerial Nº 367-88-VC-5600, se dispone la inscripción de la Primera de Dominio a favor del Estado de un terrenode 2,797.83 Has. para destinarla al Proyecto Especial Ciudad Pachacútec; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-89-VC, precisan que la superficie asignada al Proyecto Espe- cial Ciudad Pachacútec es de 2,797.83 Has. y autori- za al Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, para queadjudique en venta directa, por sorteo, terrenos zoni- ficados para uso de vivienda, taller de vivienda o co- mercio en el estado en que se encuentren a coopera-tivas y asociaciones pro vivienda y por Resolución Ministerial Nº 425-89-VC-1200, de fecha 19 de diciem- bre de 1989, se aprueba el Reglamento de Adjudica-ciones de los terrenos del Proyecto Especial Ciudad Pachacútec; Que, por Resolución Ministerial Nº 549-96-MTC/ 15.VC, se prorroga hasta el 27 de marzo de 1997, el plazo de cumplimiento estipulado en la Cláusula Sexta de los contratos de adjudicación de los Lotes otorgadosen el Proyecto Especial Ciudad Pachacútec; Que, por Resolución Ministerial Nº 146-97-MTC/ 15.VC, se prorroga indefectiblemente hasta el 31 de di-ciembre de 1997, el plazo de cumplimiento señalado en la Resolución Ministerial 549-96-MTC/15.VC; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 699-97- MTC/15.VC, se resolvió adecuar el plazo señalado por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 146-97-MTC/ 15.VC, al plazo fijado por la Sétima Disposición Comple-mentaria de la Ley Nº 26878 - Ley de Habilitaciones Urbanas; Que, por Resolución Ministerial Nº 412-98-PRES, se autoriza a la Corporación de Desarrollo de Lima y Callao - CORDELICA, a recibir del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Vivienda y Construcción, el ProyectoEspecial Ciudad Pachacútec, comprendiendo el acervo documentario y las tierras asignadas a dicho proyecto que aún no han sido adjudicadas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2003- VIVIENDA, se crea el Macro Proyecto Pachacútec a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-miento, con el objeto de articular y concertar la participa- ción del Gobierno Nacional, el Gobierno Regional y el Gobierno Local, a fin de establecer un programa de de-sarrollo integral de la zona conformada por el Proyecto Piloto Nuevo Pachacútec, el Proyecto Especial Ciudad Pachacútec y los Asentamientos Humanos formaliza-dos, ubicados en la zona de Pachacútec; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2004- VIVIENDA, se transfiere el Proyecto Piloto Nuevo Pa-chacútec, creado mediante Decreto Supremo Nº 037- 2001-MTC y el Macro Proyecto Pachacútec, creado mediante Decreto Supremo Nº 007-2003-VIVIENDA, alGobierno Regional del Callao; Que, por Ordenanza Regional Nº 003-2005- REGION CALLAO-CR, el Gobierno Regional del Ca-llao, asume las facultades especiales de saneamiento físico legal, contenidas en el D.S. Nº 010-88-VC, mo- dificatorias y ampliatorias, asimismo se establece lasinstancias administrativas, que resolverán las contro- versias que se presenten en el proceso de sanea- miento físico legal; Que, teniendo en consideración el cambio de com- petencia producido luego de la transferencia del Ma- cro Proyecto Pachacútec del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, al Gobierno Regional del Callao, mediante Decreto Supremo Nº 003-2004- VIVIENDA, resulta necesario llevar a cabo las accio-nes pertinentes para cumplir el objetivo de culminar la consolidación y el poblamiento del Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, asegurando así la continuidad deldesarrollo del mismo, dentro del marco de los dis- puesto en el D.S. Nº 010-88-VC, en consecuencia debe de emitirse un Reglamento de Procedimientos Admi-nistrativos de Solución de Conflictos en el Proyecto Piloto Nuevo Pachacútec y Proyecto Especial Ciudad Pachacútec.