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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G34/G36/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de junio de 2005 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F AGRICULTURA /G52/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65 /G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G6C/G67/G6F/G2D/G64/GF3/G6E/G22/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G69/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G35/G33/G2D /G32/G30/G30/G35/G2D/G41/G47 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0524-2005-AG Lima, 10 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0053-2005- AG, del 19 de enero del 2005, se constituyó el "Comité de Gestión de Comercialización del Algodón"; Que, si bien por Resolución Ministerial Nº 0481-2005- AG, se dio por concluida las funciones del "Comité de Gestión de Comercialización del Algodón", sin embargo,es necesario restablecer su vigencia con el objeto de que efectúe el seguimiento y supervisión al Programa Espe- cial de Comercialización de Algodón Tanguis, que se vie-ne ejecutando en las condiciones señaladas en la Adden- da al Convenio de Comisión de Confianza, celebrado en- tre el Ministerio de Agricultura y el Banco Agropecuario; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Restablecer la vigencia del "Comité de Gestión de Comercialización del Algodón" constituidopor la Resolución Ministerial Nº 0053-2005-AG, con el ob- jeto de que efectúe el seguimiento y supervisión al Progra- ma Especial de Comercialización de Algodón Tanguis, quese viene ejecutando en las condiciones señaladas en la Addenda al Convenio de Comisión de Confianza, celebra- do entre el Ministerio de Agricultura y el Banco Agropecua-rio, dando cuenta permanente a este Despacho. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 10890ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G62/G6C/G69/G67/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G73/G75/G6D/G69/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G79/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C /G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G34/G2D/G39/G38/G2D/G45/G46 DECRETO SUPREMO Nº 062-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 134-98-EF del 6 de enero de 1999, se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas a asumir las obligaciones que la EmpresaNacional de Ferrocarriles S.A. - ENAFER S.A. - mante- nía al 31 de diciembre de 1998, entre otros, con el Insti- tuto Peruano de Seguridad Social -IPSS- (hoy SeguroSocial de Salud - ESSALUD), incluidos intereses, moras y comisiones; Que, en mérito a la norma antes mencionada, el 11 de marzo de 1999 el Ministerio de Economía y Finanzas suscribió con ENAFER S.A. el "Convenio de Asunción de Obligaciones" y, el 11 de diciembre de 2002,ENAFER S.A., ESSALUD y la ONP suscribieron la correspondiente Acta de Conciliación de Cifras y Tran- sacción Extrajudicial, la cual ha sido complementada condos Addendums celebrados por dichas entidades el 27 de enero y el 26 de marzo de 2004, respectivamente. Posteriormente, el 15 y 28 de marzo de 2005, el Ministe-rio de Economía y Finanzas ha suscrito sendas Actas de Actualización de deudas con ESSALUD y la ONP, respectivamente, en las cuales se establece el montode la obligación del Ministerio de Economía y Finanzas con dichas entidades; Que, el artículo 27º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, referido a la extinción de la obligación tributaria, señala que la obligación tributariase extingue, entre otros medios, por el pago; Que, el artículo 17º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto SupremoNº 135-99-EF y modificatorias, referido a los responsa- bles solidarios en calidad de adquirientes, señala que son responsables solidarios los adquirientes del activoy/o pasivo de empresas o entes colectivos con o sin personalidad jurídica;GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI R.D. Nº 073-2005-GRU-P-DRSAU.- Aprueban Bases Administrativas para la venta directa al contado de ma-quinaria agrícola y agroindustrial existente en almace- nes de la Dirección Regional Sectorial Agraria de Ucayali 294676 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO D.A. Nº 007-2005-A/MDC.- Precisan que tasas para pre- dios clasificados como de "Usos Especiales" son mensuales 294676 D.A. Nº 008-2005-A/MDC.- Amplían Beneficio de Regula- rización Tributaria y Administrativa de Obligaciones Tributarias y Administrativas para contribuyentes y/o responsables tributarios del distrito 294677 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza Nº 207-MDMM.- Declaran Zona Rígida a par- que ubicado en la Av. Juan de Aliaga 294677PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE R.A. Nº 136-2005-MDNCH.- Disponen inclusión de proce- sos en el Plan de Adquisiciones de la Municipalidad 294678 /G53/G45/G50/G41/G52/G41/G54/G41/G20/G45/G53/G50/G45/G43/G49/G41/G4C TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Resolución Directoral Nº 1011-2005-MTC/17 que aprue- ba el Cronograma de Devolución y Migración de EspectroRadioeléctrico y listado de 2,000 localidades que serán atendidas por Comunicaciones del Perú S.A., en cumpli- miento de lo establecido en la Resolución ViceministerialNº 160-2005-MTC/03 que aprobó la transferencia de las concesiones de Telefónica Móviles S.A.C. a favor de Co- municaciones Móviles del Perú S.A. 294619