Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2005 (14/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 14 de junio de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, los dias 21 y 22 de junio de 2005, se desarrollara en la MORDAZA de Tokio, Japon el Congreso sobre "El Desarrollo de Mercados de Bonos en APEC - Hacia una Asociacion Publica - Privada del Sector Regional", organizado por el APEC Business Advisory Council - ABAC (El Consejo Consultivo Empresarial de la Cooperacion Economica MORDAZA - Pacifico), el Asian Development Bank Institute - MORDAZA (El Instituto Asiatico del Banco de Desarrollo) y el Pacific Economic Cooperation Council - PECC (Consejo de Cooperacion Economica del Pacifico), quienes han cursado invitacion a la Dra. MORDAZA Rocca MORDAZA, Presidente de CONASEV, para que participe como ponente en el mencionado Congreso; Que, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV -, y teniendo en cuenta que, los temas que se trataran en dicho Congreso ayudaran a los reguladores en su funcion de supervisar y regular el MORDAZA de valores, resulta indispensable la participacion de la Doctora MORDAZA Rocca MORDAZA, Presidente de dicha Comision; Que, en consecuencia, es necesario autorizar por excepcion dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos con cargo al Presupuesto de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso c) del articulo 7º de la Ley Nº 28427, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje de la doctora MORDAZA Rocca MORDAZA, Presidente de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores CONASEV, a la MORDAZA de Tokio, Japon del 17 al 25 de junio de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, sera con cargo al Presupuesto de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : U$ 2 844,55 Viaticos : U$ 780,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : U$ 28,24 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje la referida funcionaria debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 10939

Autorizan viaje de funcionarios de PROINVERSION a Costa Rica para participar en pasantia en procesos de promocion e inversiones
RESOLUCION SUPREMA Nº 079-2005-EF MORDAZA, 13 de junio de 2005 Visto el Oficio Nº 164/2005/DE-LEG/PROINVERSION, del Director Ejecutivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, sobre autorizacion de viaje; CONSIDERANDO: Que, entre los dias 20 y 24 de junio de 2005, se desarrollara una pasantia en el Costa Rican Investment Promotion Agency (CINDE), en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica; Que, la participacion en dicha pasantia de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION - es importante porque se estara contribuyendo a incrementar la calidad de los procesos de promocion de inversiones a cargo de dicha Agencia y posibilitara que esta se constituya en una Agencia de reconocido prestigio internacional al servicio del pais; Que, con fecha 15 de MORDAZA de 2004, se suscribio un Convenio de Participacion Interinstitucional con la Unidad Coordinadora del Proyecto de "Apoyo para Mejorar la Oferta Productiva y Facilitar el Comercio Exterior", en el cual se contemplan recursos destinados a capacitacion, en el MORDAZA de la Tarea: 1.4.3.1, capacitacion de funcionarios de PROINVERSION en el extranjero; Que, en tal sentido se requiere la participacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diez y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mc Evoy, funcionarios de dicha Agencia, por lo cual es necesario autorizar su viaje, debiendo la Presidencia del Consejo de Ministros asumir los gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y tarifa CORPAC, con cargo a su Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso c) del articulo 7º de la Ley Nº 28427, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diez y senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mc Evoy, funcionarios de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica, del 19 al 25 de junio de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 009 - Unidad de Coordinadora del Proyecto "Apoyo para Mejorar la Oferta Productiva y Facilitar el Comercio Exterior" de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diez Pasajes : US$ 846,86 Viaticos : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mc Evoy Pasajes : US$ 846,86 Viaticos : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje los referidos funcionarios deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza.

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