Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2005 (14/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 14 de junio de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con Personeria Juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680; Que, por Ordenanza Nº 066-2004-A/MDC, de fecha 29 de octubre del 2004, se aprobo el regimen tributario que regula los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos en el distrito de Carabayllo, para el ejercicio fiscal 2005; la misma que fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 432-MML; Que, estando a lo informado por la Direccion de Rentas, se requiere la emision del presente Decreto para la adecuada aplicacion de la Ordenanza Municipal de Arbitrios 2005, por cuanto erroneamente se ha publicado el mismo cuadro para las tasas anuales y mensuales aplicables a los predios clasificados como de usos especiales, articulo 14º inciso f) de la Ordenanza Nº 0662004-A/MDC; Que, para una correcta aplicacion de las tasas debidamente aprobadas con la Ordenanza Nº 066-2004A/MDC y ratificadas con el Acuerdo de Concejo Nº 432MML debe precisarse a traves de un Decreto de Alcaldia que el cuadro publicado corresponde a las tasas mensuales y no anuales; en lo pertinente a los predios de uso especial; En el ejercicio de las facultades conferidas al senor MORDAZA por el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Municipal Nº 0662004-A/MDC, se expide el siguiente Decreto de Alcaldia; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRECISAR, que las tasas consignadas para los predios clasificados segun la Ordenanza Municipal Nº 066-2004-A/MDC como de "Usos Especiales": Empresas de Prestacion y Administracion de Servicios de Telecomunicaciones, Hidricos, Energia Electrica y/o Nuclear, Relleno Sanitario; son MENSUALES. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10878

Que, es necesario dar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, dada la dificil situacion economica actual, con el fin de permitir el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Estando a lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR, hasta el 30 de junio del 2005 los alcances de la Ordenanza Nº 061-2004-A/MDC que otorgo el "BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS A LOS CONTRIBUYENTES Y/O RESPONSABLES TRIBUTARIOS DE LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CARABAYLLO". Articulo Segundo.- ENCARGAR, a las areas administrativas competentes dar cumplimiento del presente Decreto y a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusion correspondiente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10881

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Declaran MORDAZA Rigida a MORDAZA ubicado en la Av. MORDAZA de MORDAZA
ORDENANZA Nº 207-MDMM MORDAZA MORDAZA, 3 de junio de 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Estudio de Actualizacion de la Zonificacion y Sistema Vial del distrito de MORDAZA MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 421MML del Municipio Metropolitano de MORDAZA, el area publica ubicada en la cuadra 5 de la Av. MORDAZA de MORDAZA, en el tramo comprendido entre la Av. MORDAZA MORDAZA Oeste y el Jr. MORDAZA MORDAZA, se encuentra considerada como parque; Que, el entorno del referido MORDAZA se encuentra actualmente con problemas para el acceso y salida de vehiculos de las viviendas ubicadas en los lotes adyacentes al mismo, y de igual manera se ha venido observando el parqueo de vehiculos en los terrenos de dicho espacio publico, por lo que todo esfuerzo o gestion debe ser orientado a la necesidad de restringir la circulacion vehicular dentro del MORDAZA, habilitandose unicamente en este, senderos para servidumbres de paso de la Av. MORDAZA de MORDAZA hacia las viviendas colindantes a esta area de recreacion a fin de permitir la circulacion de los vehiculos de sus residentes para su debido estacionamiento dentro de sus respectivas propiedades, quedando prohibido el estacionamiento de vehiculos en las areas de dicho parque; Que, las condiciones actuales de la geometria vial y el considerable flujo vehicular de la Av. MORDAZA de MORDAZA cdra. 5, adyacente al MORDAZA referido, determinan la necesidad

Amplian Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa de Obligaciones Tributarias y Administrativas para contribuyentes y/o responsables tributarios del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2005-A/MDC Carabayllo, 1 de junio del 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que los bienes, rentas y derechos de cada Municipalidad constituye su patrimonio. El patrimonio municipal se administra por cada Municipalidad en forma autonoma, con las garantias y responsabilidades de ley; Que, la Municipalidad Distrital de Carabayllo a traves de la Ordenanza Nº 061-2004-A/MDC otorgo el Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa de las Obligaciones Tributarias y Administrativas a los Contribuyentes y/o Responsables Tributarios de la jurisdiccion del distrito de Carabayllo, facultando al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia puede prorrogar los alcances de la misma;

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