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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2005 (08/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G36/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 8 de marzo de 2005 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 504-2005-MP-FN Lima, 7 de marzo de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el nombramiento de los Fiscales en calidad de provisionales es de carácter temporal sujeto a que las pla-zas que ocupan las cubran los Fiscales Titulares nombra-dos por el Consejo Nacional de la Magistratura; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Minis-terio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de los Fiscales Adjuntos Superiores Provisionales del Dis-trito Judicial de Puno: - Ayda Ondina Román Ortiz - Alberto Elías Cuno Huarcaya Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Basilio Auma Pari, como Fiscal Provincial Provi-sional de la Fiscalía Provincial Civil de San Román, DistritoJudicial de Puno, materia de la Resolución Nº 1804-2004-MP-FN, de fecha 29 de diciembre del 2004. Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de los Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Dis-trito Judicial de Puno: - Raúl Merma Pacho - Natividad Marisol Salazar Gonzáles- Lenin Mignonio Bellota Farfan Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicialde Puno, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Re-gistro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 04995 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 FONDO MIVIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G72/G61/G64/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 27-SE-2005 Lima, 1 de marzo de 2005 VISTOS: El Informe Nº 002-2005-GP, Memorándum Nº 293-2005/ GAP y el Informe Nº 051-2005-FMV/OAJ, de fechas 23 defebrero y 25 de febrero de 2005, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM, señala queestán exoneradas del proceso de selección las contrata-ciones que se realicen para los servicios personalísimos,de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S.Nº 084-2004-PCM, señala que cuando exista la necesidadde proveerse de servicios especializados profesionales, ar-tísticos, científicos o tecnológicos; procede la exoneraciónpor servicios personalísimos para contratar con personas na-turales o jurídicas notoriamente especializadas siempre quesu destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimien-tos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la enti-dad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible suadecuación para satisfacer la complejidad del objeto con-tractual y haga inviable la comparación con otros potencialesproveedores; Que, asimismo, el tercer párrafo del artículo antes citado precisa que se encuentran expresamente incluidos en estaclasificación los servicios que prestan al Estado los mediosde comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las característicasparticulares que los distinguen; Que, el artículo 146º del mencionado Reglamento se- ñala que la resolución que apruebe la exoneración delproceso de selección, requiere obligatoriamente de uno omás informes previos, que contengan la justificación téc-nica y legal de la procedencia y necesidad de la exonera-ción; Que, el Informe Técnico Nº 002-2005/GP, emitido por la Gerencia de Promoción señala que considerando que es deutilidad pública continuar con la difusión del programa TechoPropio dirigido a un importante sector de la población, serequiere desarrollar una campaña radial de comunicaciónpublicitaria en los medios de mayor alcance al mercado obje-tivo, señalando, además, que el parámetro más importantees el alcance y cobertura que tengan las radios selecciona-das, considerando dos criterios: cubrir todo el territorio nacio-nal con la radio de mayor rating y sintonía, siendo en estecaso RPP Noticias, y llegar al público objetivo de cada unade las localidades de los departamentos del Perú donde hayoferta de Techo Propio, por lo que se requiere de una empre-sa que facilite la llegada continua a emisoras líderes, siendola única empresa que reúne esta característica EmisorasCruz del Sur S.A.; Que, mediante Memorándum Nº 293-2005/GAP la Ge- rencia de Administración y Presupuesto remite el InformeNº 001-2005-ABAS, el que señala que de acuerdo al montocorrespondería efectuar un proceso de Adjudicación DirectaSelectiva y que el proceso ha sido incluido en el Plan Anualde Contrataciones y Adquisiciones de la entidad; Que, asimismo en el mencionado Memorándum se se- ñala que por tratarse de una contratación de un serviciopersonalísimo, es necesario proceder de acuerdo a lo dis-puesto en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Informe Nº 051-2005-FMV/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que se encuentra justificada la necesi-dad y la procedencia de la exoneración, en virtud de lo cualprocede emitir la resolución de aprobación correspondiente; De conformidad con el TUO de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento - Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las facultades otorgadas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por la causal de servicios personalísimos, la exoneración del proceso de selecciónde Adjudicación Directa Selectiva, para la contratacióndel servicio de publicidad radial, por un valor correspon-diente a US$ 17,300 (Diecisiete Mil Trescientos y 00/100Dólares Americanos), a las siguientes empresas y de acuer-do a las características que se señalan a continuación: - Grupo RPP S.A. por un valor de : US$ 5,736.00 - Emisoras Cruz del Sur S.A. por un valor de : US$ 11,555.00 a. Tipo de contrato: servicios. b. Descripción del servicio: publicidad en medios de comunicación radial para difundir la 13ª Convocatoria del Programa Techo Propio. c. Fuente de financiamiento: Recursos Propios. d. Tiempo que se requiere contratar el servicio: - Grupo RPP S.A. : 9 días - Emisoras Cruz del Sur S.A. : 15 días e. Dependencia que contrata: Gerencia de Administración y Presu- puesto. f. Dependencia que da conformidad del servicio: Gerencia de Pro- moción, de conformidad con el artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administra- ción y Presupuesto, efectúe la contratación en forma direc-ta mediante acciones inmediatas, de acuerdo a lo estableci-do en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administración y Presupuesto, remita copia de la presente Resolución y de losinformes que la sustentan a la Contraloría General de la Repú-blica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a suaprobación; asimismo, deberá disponer su publicación en elDiario Oficial El Peruano y en el SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA ESTEVES DEJO Secretaria Ejecutiva 04863