Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2005 (12/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de marzo de 2005

Delegan diversas facultades al Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0276-2005-AG
MORDAZA, 11 de marzo de 2005 VISTO: El Oficio Nº 165-2005-AG-CL-UOPE/P de la Comision Nacional de Liquidacion y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales, referente a las facultades para la suscripcion de contratos de compra venta al contado y con facilidades crediticias de maquinaria MORDAZA y agroindustrial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 129-2001, de fecha 30 de noviembre de 2001, se autorizo al Ministerio de Agricultura a vender directamente a los productores agrarios, personas naturales o juridicas, sin el requisito de subasta publica, la maquinaria de uso MORDAZA y agroindustrial de propiedad estatal que mantenga en sus almacenes y/o en los de las Direcciones Regionales Agrarias; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0972-2004AG, se resolvio, entre otros, delegar al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Secretario Ejecutivo (e) de la Comision Especial de Venta de Maquinaria, la facultad de suscribir los Contratos MORDAZA para el Establecimiento de Facilidades Crediticias; los Contratos de Compraventa Directa al Contado; y, los Contratos de Compraventa con Financiamiento, aprobados por Resolucion Ministerial Nº 615-2002-AG, asi como los convenios que se celebren en los procesos de venta previstos en las Bases Administrativas para la Venta de Maquinaria MORDAZA y Agroindustrial, estas ultimas aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 0614-2002-AG; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0063-2005AG de fecha 20 de enero de 2005, se resolvio liquidar la Comision Especial de Venta de Maquinaria MORDAZA y Agroindustrial creada por Resolucion Ministerial Nº 00742002-AG, de fecha 21 de enero de 2002; y se encargo al Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada, la venta de maquinaria MORDAZA y agroindustrial de propiedad del Ministerio de Agricultura dentro del MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 129-2001, del Decreto Supremo Nº 002-2002-AG y normas modificatorias; Que, en consecuencia, es necesario otorgar al Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada la facultad de suscribir los contratos MORDAZA, contratos de compraventa al contado y con financiamiento, convenios y otros, a partir de la fecha en que se encarga al PMAAP la venta de maquinaria; Que, de otro lado, a la fecha de la liquidacion de la Comision Especial de Venta de maquinaria, se encuentran pendientes de suscripcion veintidos (22) contratos de compra venta directa al contado de maquinaria MORDAZA y agroindustrial emitidos durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2003 y el 19 de enero de 2004; Que, en conformidad con las atribuciones conferidas por el Articulo 7º de la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Ley Nº 25902, y el Articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en el Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada, con efectividad al 20 de enero de 2005, la facultad de suscribir los Contratos MORDAZA para el Establecimiento de Facilidades Crediticias; los Contratos de Compraventa Directa al Contado; y, los Contratos de Compraventa con Financiamiento, aprobados por Resolucion Ministerial Nº 615-2002-AG, asi como los convenios que se celebren en los procesos de venta previstos en las Bases Administrativas para la Venta de Maquinaria MORDAZA y Agroindustrial, estas ultimas aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 0614-2002-AG. Articulo 2º.- Autorizar al Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria, MORDAZA, Agroindustrial y Pesada la facultad de suscribir, en via de regularizacion, los veintidos (22) contratos de compraventa directa al contado, que a la

fecha se encuentran pendientes de suscripcion, y que en anexo adjunto forma parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- Adecuese o modifiquese a la situacion actual, segun corresponda, el contrato MORDAZA para el establecimiento de facilidades crediticias, asi como los contratos de compraventa directa al contado y con financiamiento, los convenios y demas documentos relacionados a la venta de maquinaria MORDAZA y agroindustrial a cargo del Ministerio de Agricultura que hayan sido aprobados con anterioridad al presente dispositivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura 05348

Amplian autorizacion de conduccion del cultivo de algodon soca en el MORDAZA Acari - MORDAZA Union de MORDAZA otorgada mediante la R.M. Nº 263-2003-AG
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0277-2005-AG
MORDAZA, 11 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, el cultivo del algodonero se encuentra regulado por el Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los valles de la Costa Peruana, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 251-94-AG del 26 de MORDAZA de 1994, con la finalidad de mantener bajo control las principales plagas que afectan este cultivo como el "picudo peruano" (Anthonomus vestitus Bohn), el "gusano MORDAZA de la India" (Pectinophora gossypiella Saunder), el "arrebiatado" (Dysdercus peruvianus Guerin) y el "gorgojo de la chupadera" (Eutinobothrus gossypii Pierce); Que, como una medida preventiva para el control del "gorgojo de la chupadera" (Eutinobothrus gossypii Pierce), el articulo 13º del citado Texto Unico Ordenado, prohibe la conduccion del cultivo de algodon soca en los valles algodoneros de la costa peruana, por considerarse que favorece el incremento poblacional de la plaga en mencion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 263-2003-AG del 13 de marzo de 2003, se autorizo de manera temporal para los anos 2003 y 2004, la conduccion del cultivo de algodon soca en el MORDAZA de Acari - MORDAZA Union, de la provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, bajo la condicion de evaluar su impacto sobre la sanidad del cultivo; Que, la Junta de Usuarios de Acari, la Junta de Usuarios MORDAZA Union, la Asociacion de Productores de Algodon del MORDAZA de Acari y el Comite de Productores de Algodon Acari - MORDAZA Union, han solicitado ampliar la autorizacion de conduccion del cultivo de algodon soca en este MORDAZA, debido a la ocurrencia de un deficit del recurso hidrico durante la epoca de siembra; Que, segun las evaluaciones efectuadas por el Comite Ad Hoc del MORDAZA de Acari - MORDAZA Union, no se habria reportado la presencia del "gorgojo de la chupadera" (Eutinobothrus gossypii Pierce) en el cultivo; sin embargo mediante Informe Tecnico Nº 045/2004-AG-SENASA-DGSVDIA, de la Direccion de Insumos Agrarios de la Direccion General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, en concordancia con el Informe Nº 055-2004AG-SENASA ASESORES, se sugiere ampliar hasta el termino de la MORDAZA MORDAZA 2004-2005, la autorizacion otorgada por la citada Resolucion; De conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902 y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la autorizacion de conduccion del cultivo de algodon soca en el MORDAZA Acari - MORDAZA Union de MORDAZA, otorgada mediante la Resolucion Ministerial Nº 263-2003-AG; hasta el termino de la MORDAZA MORDAZA 2004 - 2005. Articulo 2º.- El Comite Ad Hoc del MORDAZA de Acari - MORDAZA Union efectuara bajo la direccion del Programa Nacional de Control Biologico del SENASA, la evaluacion del impac-

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