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PÆg. 288993 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de marzo de 2005 PODER JUDICIAL Aceptan donación efectuada por la Muni- cipalidad Provincial de Espinar - Cusco, a favor del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 237-2005-GG-PJ Lima, 9 de marzo de 2005 VISTO: El Memorándum Nº 343-2005-GAF-GG/PJ de la Gerencia de Administración y Finanzas, elevando elMemorándum Nº 0815-2005-SL-GAF-GG/PJ de la Sub-gerencia de Logística e informe Nº 020-2005-ASFLI CP- SL-GAF-GG-PJ del Área de Saneamiento Físico Legal y Control Patrimonial, mediante los cuales se recomien-da la aceptación de la donación de un terreno a favor delPoder Judicial - Corte Superior de Justicia de Cusco. CONSIDERANDO: Que, el Concejo Provincial de Espinar - Cusco, me- diante Escritura Pública de Cesión y Donación fecha 23de abril de 1992, otorga a favor del Poder Judicial y elMinisterio Público, un terreno de 1,050 metros cuadra- dos, modificado mediante Escritura Pública de Aclara- ción y declaración de fecha 1 de setiembre de 1992, querectifica el área a 1,128 metros cuadrados del predioubicado en la Av. Tintaya s/n distrito y provincia de Espi-nar, del departamento de Cusco. Que, posteriormente el Concejo Provincial de Espi- nar, el Ministerio Público y el Poder Judicial, a través de sus representantes suscriben la Escritura Pública deDivisión y Partición de fecha 31 de enero de 1995,correspondiendo un área independizada de 564.49 m2,a favor del Poder Judicial, la cual corre inscrita en laFicha Nº 2457 del Registro de la Propiedad Inmueble de Sicuani. Que, la donación cumple con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 003-2002-GG/PJ, aprobado por Re-solución Administrativa Nº 089-2002-P-PJ, “Regulaciónde Donaciones, Comodato, Adjudicaciones o Entregade Bienes Muebles y/o Inmuebles a favor del Poder Ju- dicial”, así como lo dispuesto por el artículo 56 del D.S. Nº 154-2001-EF, “Reglamento General de Procedimien-tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal",establece que la aceptación de la donación de bienesinmuebles, debe ser aprobada mediante Resoluciónemitida por el Titular del Organismo Público correspon- diente; y, De conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 76º inciso 4) del “Texto Único Ordenado de laLey Orgánica del Poder Judicial”; aprobado por DecretoSupremo Nº 017-93-JUS modificado por la Ley Nº 27465y estando a las facultades delegadas a esta Gerencia General por la Resolución Administrativa de la Presi- dencia del Poder Judicial Nº 132-2002-P-PJ; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar en Vía de Regulariza- ción la donación efectuada por la Municipalidad Provin-cial de Espinar - Cusco, a favor del Poder Judicial delterreno de 564.49 metros cuadrados, ubicado en la Av.Tintaya s/n del distrito y provincia de Espinar, departa-mento de Cusco, cuya área, linderos, medidas perimétri- cas y demás características, se encuentran registra- das en la Ficha Nº 2457 de la Oficina Registral de Si-cuani, valorizado en S/.12,418.78 (DOCE MILCUATROCIENTOS DIECIOCHO Y 78/100 NUEVOSSOLES), será destinado al uso del futuro Juzgado Mix-to y Paz Letrado de la Provincia de Espinar - Cusco. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Administración y Finanzas, disponga a la Subgerenciade Logística, hacer de conocimiento la presente Resolu-ción Administrativa a la Superintendencia de Bienes Na-cionales, Municipalidad Provincial de Espinar, Corte Su- perior de Justicia del Cusco, Subgerencia de Contabi-lidad, y al Área de Saneamiento Físico Legal y ControlPatrimonial, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO R. SUERO LUDEÑA Gerente General 05430 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ANR - CONAFU Admiten a trÆmite solicitud para otor- gar autorización de funcionamientoprovisional a la denominada Universi-dad "Samuel Pastor de CamanÆ" (U-SPC) CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 082-2005-CONAFU Lima, 7 de marzo del 2005VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 0017 del 24 de setiembre del 2004, organizado por la Promotora Asociación Educativa La Esperanza Asociados, parasolicitar al CONAFU la autorización provisional de fun-cionamiento de la denominada Universidad PrivadaSamuel Pastor de Camaná, el Informe Nº 245-2004-CONAFU-CEAA del 5 de noviembre del 2004; el Oficio Nº 1247-2004-CONAFU-P del 11 de noviembre del 2004; el Expediente Nº 00115 del 25 de noviembre del 2004; elInforme Nº 002-2005-CONAFU-CEAA del 6 de enero del2005; el Oficio Nº 006-2005-CONAFU-SG del 10 de enerodel 2005; el Oficio Nº 025-2005-CONAFU-P del 10 deenero del 2005; el Oficio Nº 026-2005-CONAFU-P del 10 de enero del 2005; el Oficio Nº 027-2005-CONAFU-P del 10 de enero del 2005; la Carta s/n del 19 de enero del2005; el Oficio Nº 227-2005-CONAFU-P del 21 de febre-ro del 2005; el Oficio Nº 228-2005-CONAFU-P del 21 defebrero del 2005; el Oficio Nº 229-2005-CONAFU-P del21 de febrero del 2005; el Acuerdo Nº 043-2005- CONAFU de la Sesión Ordinaria del 24 de febrero del 2005; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universida- des - CONAFU, como órgano autónomo, teniendo comoatribución: la de evaluar los proyectos y solicitudes deautorización de funcionamiento de las nuevas universida-des a nivel nacional, y emitir resoluciones autorizando odenegando su funcionamiento provisional o definitivo, pre- via verificación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los reglamentosdel CONAFU; Que, con documento de Vistos el Presidente de la Promotora Asociación Educativa La Esperanza Asocia-dos solicita al CONAFU la autorización provisional de funcionamiento de la denominada Universidad Privada Samuel Pastor de Camaná, bajo los alcances de la LeyNº 26439 en concordancia con la Ley Nº 23733, para locual adjunta los requisitos establecidos en la Ley, el Re-glamento para la Autorización de Funcionamiento deUniversidades, aprobado mediante Resolución Nº 104- 2000-CONAFU del 26 de setiembre del 2000 y, la Guía para la presentación de Proyectos Institucionales deNuevas Universidades; Que, tal como lo dispone el Reglamento para la Auto- rización de Funcionamiento de Universidades, aproba-do mediante Resolución Nº 104-2000-CONAFU del 26 de setiembre del 2000, el expediente presentado fue