Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2005 (15/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, martes 15 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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PE/16.05, ambos de fecha 7 de marzo de 2005 de la Direccion Regional MORDAZA, por el que solicita se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Suministro de Alimentos Preparados para el Establecimiento Penitenciario Mujeres Comunes Chorrillos de su jurisdiccion, e Informe Nº 077-2005-INPE/06 de fecha 9 de marzo de 2005 de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 17º del Codigo de Ejecucion Penal, la Administracion Penitenciaria proporciona al interno la alimentacion preparada que cumpla con las normas dieteticas y de higiene establecidas por la autoridad de salud, concordante con el articulo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 0682005-INPE/P de fecha 26 de enero de 2005 se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Direccion Regional MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario para el Ano Fiscal 2005; Que, de acuerdo al referido Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones la Direccion Regional MORDAZA, tiene previsto el MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Nº 0001-2005-INPE/16 para el "Suministro de Alimentos Preparados para internos, ninos, personal de seguridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios de MORDAZA Metropolitana y Callao de la Direccion Regional Lima", en cuyo MORDAZA se encuentra incluido el Establecimiento Penitenciario de Mujeres Comunes Chorrillos; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 001-2005INPE/16.05 de fecha 7 de marzo de 2005, la Direccion Regional MORDAZA informa que se ha llevado a cabo en el ano 2004 la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004INPE/17 "Suministro de Alimentos Preparados para internos y personal de seguridad de los Establecimientos Penitenciarios de MORDAZA Metropolitana y Callao de la Direccion Regional Lima" otorgandose la Buena Pro al CONSORCIO COMERCIAL ACORIA-TRANSPORTES MORDAZA el 9 de marzo de 2004, por un monto de S/. 1'092.718,36 nuevos soles, para cuya ejecucion se suscribio el contrato Nº 027-2004-INPE/17 el 23 de MORDAZA de 2004; Que, mediante Informe Nº 018-2005-INPE/16.05URMyS-ADQ, Oficio Nº 118-2005-INPE/16.05-URMyS, de fechas 1 y 2 de marzo de 2005 respectivamente, la Unidad de Recursos, Materiales y Servicios y el Area de Adquisiciones de la Direccion Regional MORDAZA, respectivamente, manifiestan que el Contrato suscrito con el CONSORCIO COMERCIAL ACORIATRANSPORTES MORDAZA, culminara aproximadamente el 11 de marzo de 2005, recomendando la ampliacion de dicho contrato; sin embargo a traves de la Carta Nº 014-2005 de fecha 4 de marzo de 2005, el Consorcio en mencion manifiesta su negativa a la ampliacion complementaria del referido contrato; Que, ante esta circunstancia la Direccion Regional MORDAZA manifiesta que es necesario declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la contratacion del Suministro de Alimentos Preparados para los internos, ninos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario de Mujeres Comunes Chorrillos, por el periodo de sesenta (60) dias calendario; hasta por la suma de S/. 187.380,00 Nuevos Soles (Ciento Ochenta y Siete Mil Trescientos Ochenta con 00/100 Nuevos Soles), importe que servira para cubrir los gastos de alimentos preparados mientras se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente, ya que los internos, asi como los ninos y personal de seguridad, salud y mantenimiento del mencionado Establecimiento Penitenciario, requieren de ellos porque su desabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de los mencionados beneficiarios, asi como actos de violencia, reclamos y protestas por parte de los internos que comprometerian directa e inminente-

mente la seguridad del centro penitenciario; debiendose tener presente que la situacion expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, segun el articulo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA legal; Que, mediante los articulos 141º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004- PCM, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Direccion Regional MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Direccion Regional MORDAZA y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, contandose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de Suministros de Alimentos Preparados para internos, ninos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario Mujeres Comunes Chorrillos, por el periodo de Sesenta (60) dias calendario, a partir de la fecha de la presente Resolucion, mientras se lleva a cabo el MORDAZA de seleccion programado para el Establecimiento Penitenciario de la Direccion Regional MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR a la Direccion Regional MORDAZA, del requisito de Licitacion Publica para la adquisicion de Alimentos Preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR a la Direccion Regional MORDAZA, para la adquisicion de Suministros de Alimentos Preparados para los internos, ninos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario Mujeres Comunes Chorrillos de la Unidad Ejecutora 002: Direccion Regional MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 1 ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO MUJERES COMUNES CHORRILLOS DIAS 60 MONTO S/. 187,380.00

Dicha autorizacion es por el periodo de sesenta (60) dias calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la Situacion de Desabastecimiento Inminente prevista en el articulo precedente debiendo de adquirir los alimentos preparados mediante procesos de adjudicacion de Menor Cuantia

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