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PÆg. 288999 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de marzo de 2005 PE/16.05, ambos de fecha 7 de marzo de 2005 de la Dirección Regional Lima, por el que solicita se declareen Situación de Desabastecimiento Inminente el Sumi-nistro de Alimentos Preparados para el EstablecimientoPenitenciario Mujeres Comunes Chorrillos de su juris-dicción, e Informe Nº 077-2005-INPE/06 de fecha 9 de marzo de 2005 de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecu- ción Penal, la Administración Penitenciaria proporcio-na al interno la alimentación preparada que cumplacon las normas dietéticas y de higiene establecidaspor la autoridad de salud, concordante con el artículo135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 068- 2005-INPE/P de fecha 26 de enero de 2005 se aprobóel Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de laDirección Regional Lima del Instituto Nacional Peniten-ciario para el Año Fiscal 2005; Que, de acuerdo al referido Plan Anual de Contrata- ciones y Adquisiciones la Dirección Regional Lima,tiene previsto el proceso de selección de LicitaciónPública Nº 0001-2005-INPE/16 para el "Suministro deAlimentos Preparados para internos, niños, personalde seguridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios de Lima Metropolita- na y Callao de la Dirección Regional Lima", en cuyoproceso se encuentra incluido el Establecimiento Pe-nitenciario de Mujeres Comunes Chorrillos; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 001-2005- INPE/16.05 de fecha 7 de marzo de 2005, la Dirección Regional Lima informa que se ha llevado a cabo en el año 2004 la Licitación Pública Nacional Nº 001-2004-INPE/17 "Suministro de Alimentos Preparados parainternos y personal de seguridad de los Estableci-mientos Penitenciarios de Lima Metropolitana y Callaode la Dirección Regional Lima" otorgándose la Buena Pro al CONSORCIO COMERCIAL ACORIA-TRANS- PORTES LEIVA el 9 de marzo de 2004, por un monto de S/. 1'092.718,36 nuevos soles, para cuya ejecu-ción se suscribió el contrato Nº 027-2004-INPE/17 el23 de abril de 2004; Que, mediante Informe Nº 018-2005-INPE/16.05- URMyS-ADQ, Oficio Nº 118-2005-INPE/16.05-URMyS, de fechas 1 y 2 de marzo de 2005 respectivamente, laUnidad de Recursos, Materiales y Servicios y el Áreade Adquisiciones de la Dirección Regional Lima,respectivamente, manifiestan que el Contrato suscri-to con el CONSORCIO COMERCIAL ACORIA- TRANSPORTES LEIVA, culminará aproximadamente el 11 de marzo de 2005, recomendando la ampliaciónde dicho contrato; sin embargo a través de la CartaNº 014-2005 de fecha 4 de marzo de 2005, el Consor-cio en mención manifiesta su negativa a la ampliacióncomplementaria del referido contrato; Que, ante esta circunstancia la Dirección Regional Lima manifiesta que es necesario declarar en Situa-ción de Desabastecimiento Inminente la contratacióndel Suministro de Alimentos Preparados para los in-ternos, niños, personal de seguridad, salud y manteni-miento del Establecimiento Penitenciario de Mujeres Comunes Chorrillos, por el período de sesenta (60) días calendario; hasta por la suma de S/. 187.380,00 Nuevos Soles (Ciento Ochenta y Siete Mil Tres-cientos Ochenta con 00/100 Nuevos Soles), impor- te que servirá para cubrir los gastos de alimentos pre-parados mientras se realice el proceso de selección correspondiente, ya que los internos, así como los niños y personal de seguridad, salud y mantenimientodel mencionado Establecimiento Penitenciario, requie-ren de ellos porque su desabastecimiento comprome-te directamente los servicios esenciales que presta elInstituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioroen la salud de los mencionados beneficiarios, así comoactos de violencia, reclamos y protestas por parte delos internos que comprometerían directa e inminente-mente la seguridad del centro penitenciario; debiéndo- se tener presente que la situación expuesta se en-cuentra prevista en el inciso c) del artículo 19º e inci-so a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situación de DesabastecimientoInminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevi-sible de determinado bien o servicio compromete enforma directa e inminente la continuidad de las funcio-nes, servicios, actividades u operaciones producti- vas que la Entidad tiene a su cargo de manera esen- cial; por lo que dicha situación faculta a la Entidad a laadquisición o contratación de los bienes, servicios uobras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso,necesario para resolver la situación y llevar a cabo elproceso de selección que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inme- diatas, adoptando todas las providencias que permi-tan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparen-cia y economía en el proceso de adjudicación de acuer-do al artículo 3º de la referida norma legal; Que, mediante los artículos 141º y 148º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, se encuentran señalados los procedimien-tos para los procesos de selección exonerados, de-biendo la Dirección Regional Lima sujetarse estricta-mente a la norma indicada para la compra de lo indis- pensable a fin de paliar la situación; sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspon-diente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Lima y a lo opinado por la Oficina General de AsesoríaJurídica, contándose con las visaciones de las Ofici- nas Generales de Administración y Asesoría Jurídi- ca; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Úni- co Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso delas facultades conferidas mediante Resolución Supre-ma Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Desa- bastecimiento Inminente la adquisición de Suministrosde Alimentos Preparados para internos, niños, perso-nal de seguridad, salud y mantenimiento delEstablecimiento Penitenciario Mujeres Comunes Chorrillos, por el período de Sesenta (60) días calen- dario, a partir de la fecha de la presente Resolución,mientras se lleva a cabo el proceso de selección pro-gramado para el Establecimiento Penitenciario de laDirección Regional Lima, por los fundamentos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- EXONERAR a la Dirección Regional Lima, del requisito de Licitación Pública para la adquisi-ción de Alimentos Preparados a que se refiere elartículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º.- AUTORIZAR a la Dirección Regional Lima, para la adquisición de Suministros de Alimentos Preparados para los internos, niños, personal deseguridad, salud y mantenimiento del EstablecimientoPenitenciario Mujeres Comunes Chorrillos de la Uni-dad Ejecutora 002: Dirección Regional Lima, de acuer-do al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DÍASMONTO S/. 1 MUJERES COMUNES CHORRILLOS 60 187,380.00 Dicha autorización es por el período de sesenta (60) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la Situación de De- sabastecimiento Inminente prevista en el artículo prece-dente debiendo de adquirir los alimentos preparadosmediante procesos de adjudicación de Menor Cuantía