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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2005 (22/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G38/G39/G34/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 22 de marzo de 2005 IX. Paja y forraje: 1. Están exentas de contaminación manifiesta por material de origen animal. 2. Fueron sometidos a uno de los tratamientos siguientes, el cual, si se trata de pacas o fardos, se ha demostrado que penetra hasta el centro de éstos: a) A la acción del vapor de agua en un recinto cerra- do, de modo que el centro de las pacas o fardos alcanzóuna temperatura de 80°C como mínimo durante, por lomenos, 10 minutos, o b) A la acción de vapores de formol (gas formaldehí- do) producidos por su solución comercial a 35-40% enun recinto cerrado durante, por lo menos, 8 horas y auna temperatura de 19°C como mínimo. 3. Se transportarán en vehículos precintados y desin- fectados X. Pieles y trofeos procedentes de animales sal- vajes susceptibles a la fiebre aftosa: Fueron sometidos a un tratamiento que garantiza la destrucción del virus de la fiebre aftosa, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo 2. XI. Estiércol (guano) procedentes de animales susceptibles a la fiebre aftosa: 1. El producto fue sometido a un tratamiento que garantiza la destrucción del virus de la fiebre aftosa, deconformidad con lo dispuesto en el Anexo 2. 2. El transporte será vigilado y regulado por el SENASA. El transporte podrá realizarse a granel, cuan-do el medio de transporte esté cubierto y no tenga posibilidad de que este material se derrame durante el tránsito. Si no se cumple este requisito deberá empa-carse en sacos o empaques apropiados para evitarderrames. 3. El acondicionamiento de los vehículos para reali- zar el transporte de estiércol (guano), estarán bajo responsabilidad de los transportistas. 4. Tanto los proveedores y los transportistas debe- rán llevar un registro que indique el origen, destino yvolumen transportado. 5. Los camiones de transporte deberán lavarse y desinfectarse con productos que no se inactiven con la materia orgánica, los vehículos deberán ser precinta- dos. Los productos o subproductos que no se encuentren contenidos en la presente Resolución Jefatural, seránevaluados por el Órgano de Línea competente para ana- lizar si se aprueba o no su movilización. Todos los pro- cesos para la obtención del Certificado Sanitario de Trán-sito Interno, deberá realizarse previa supervisión delSENASA. ANEXO 2 PROCEDIMIENTOS DE INACTIVACIÓN DEL VIRUS DE LA FIEBRE AFTOSA Los procedimientos para la inactivación del virus, serán supervisados por el SENASA. Carnes Para inactivar el virus presente en las carnes se de- berá utilizar uno de los procedimientos siguientes: 1. Apertización Las carnes son sometidas a un tratamiento térmico en un recipiente hermético, con el que alcanzan unatemperatura interna de por lo menos 70°C durante por lomenos 30 minutos o a otro tratamiento equivalente cuya capacidad para inactivar el virus de la fiebre aftosa haya sido demostrada.2. Cocción profunda Las carnes, previamente deshuesadas y desgrasa- das, son sometidas a un tratamiento térmico con el quealcanzan una temperatura interna de por lo menos 70°Cdurante por lo menos 30 minutos. Tras la cocción, son embaladas y manipuladas de modo que no puedan estar expuestas a ninguna fuentede virus. 3. Desecación previa salazón Cuando el rigor mortis es total, las carnes son deshuesadas, saladas con sal de cocina (NaCl) y seca-das completamente. No se deben deteriorar a tempera-tura ambiente. La "desecación" se determina midiendo la relación agua/proteína, la cual no debe ser superior a 2,25:1. Lanas y pelos Para inactivar el virus presente en las lanas y los pelos destinados al uso industrial se deberá utilizar unode los procedimientos siguientes: 1. Lavado industrial, que consiste en sumergir la lana en una serie de baños a base de agua, jabón e hidróxidode sodio (sosa) o hidróxido de potasa (potasa). 2. Depilación química con cal apagada o sulfuro de sodio. 3. Fumigación con formaldehído en un local hermé- ticamente cerrado durante 24 horas por lo menos; elprocedimiento más práctico consiste en verter en reci-pientes - que NO sean de plástico ni de polietileno -permanganato potásico y añadirle formol comercial; lascantidades de formol y de permanganato potásico son de 53 ml y 35 g respectivamente por m SUP 3 /SUP de local. 4. Lavado industrial, que consiste en sumergir la lana en un detergente soluble en agua mantenido a una tempe-ratura de 60-70°C. 5. Almacenamiento de la lana a 18°C durante cuatro semanas, a 4°C durante cuatro meses o a 37°C durante ocho días. Crines y cerdasPara inactivar el virus presente en las crines y cer- das destinadas al uso industrial se deberá utilizar uno de los procedimientos siguientes: 1. Ebullición durante una hora por lo menos. 2. Inmersión, durante 24 horas por lo menos, en una solución de formaldehído al 1%, preparada mediante la dilución de 30 ml de formol comercial en un litro de agua. Cueros y pieles brutosPara inactivar el virus presente en los cueros y pie- les brutos destinados al uso industrial se deberá utilizar el procedimiento siguiente: 1. Salazón durante por lo menos 28 días con sal marina que contenga un 2% de carbonato de sodio o el5% de ácido bórico. 2. Fumigación con formaldehído en un local hermé- ticamente cerrado durante 24 horas por lo menos. El procedimiento más práctico consiste en verter en reci-pientes - que NO sean de plástico ni de polietileno -permanganato potásico y añadirle formol comercial. Lascantidades de formol y de permanganato potásico sonde 53 ml y 35 g respectivamente por mSUP 3 /SUP de local. Leche y crema (nata) destinadas al consumo humano Para inactivar el virus presente en la leche y la crema (nata) destinadas al consumo humano se deberá utilizar uno de los procedimientos siguientes: