Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2005 (22/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 22 de marzo de 2005

1. Esterilizacion a una temperatura minima de 132°C durante, por lo menos, un MORDAZA (ultra alta temperatura = UHT). 2. Si el pH de la leche es inferior a 7, esterilizacion a una temperatura minima de 72°C durante, por lo menos, 15 segundos (pasteurizacion rapida a alta temperatura [HTST]). 3. Si el pH de la leche es igual o superior a 7, pasteurizacion rapida a alta temperatura dos veces consecutivas. Leche destinada al consumo animal Para inactivar el virus presente en la leche destinada al consumo animal se debera utilizar uno de los procedimientos siguientes: 1. Pasteurizacion rapida a alta temperatura dos veces consecutivas. 2. Pasteurizacion rapida a alta temperatura combinada con otro tratamiento fisico que, por ejemplo, mantenga un pH 6 durante, por lo menos, una hora, o combinada con un tratamiento termico a por lo menos 72°C y desecacion. 3. Tratamiento UHT combinado con otro tratamiento fisico como se indica en el numeral 2 del punto anterior. Pieles y trofeos procedentes de animales salvajes susceptibles a la fiebre aftosa Los procedimientos que garantizan la inactivacion de los virus presentes en las pieles y en los trofeos procedentes de animales salvajes susceptibles a la fiebre aftosa, MORDAZA de un tratamiento taxidermico completo, son los siguientes: 1. Inmersion en agua hirviendo durante el tiempo necesario para la eliminacion de todas las materias que no MORDAZA huesos, cuernos, cascos, pesunos, cornamenta y dientes. 2. Irradiacion con una dosis de rayos gamma de 20 kiloGrey por lo menos, a temperatura ambiente (20°C o mas). 3. Remojo en una solucion de MORDAZA comercial (carbonato sodico - Na2CO3) al 4% (p/v) y de pH igual o superior a 11,5, durante 48 horas por lo menos y agitando la solucion. 4. Remojo en una solucion de acido formico (100 kg de sal (NaCl) y 12 kg de acido formico por 1.000 litros de agua) y de pH inferior a 3,0, durante 48 horas por lo menos y agitando la solucion. Se pueden anadir humectantes y curtientes. 5. En el caso de cueros brutos, salazon con sal MORDAZA que contenga un 2% de MORDAZA comercial (carbonato sodico - Na2CO3) durante 28 dias por lo menos. Estiercol (guano) procedente de animales susceptibles a la fiebre aftosa Cuando el estiercol (guano) se utilice como fertilizante, enmienda, mejorador de suelos o como parte del sustrato de cultivos agricolas, los tratamientos permitidos seran: 1. Secado mediante MORDAZA termico que mantenga el estiercol (guano) durante un minimo de 15 minutos continuos a una temperatura igual o superior a 60°C. Se podra disminuir el tiempo con el aumento de la temperatura. 2. Peletizado con una temperatura de MORDAZA superior a 70°C. 3. Extrusado. 4. Compostaje aerobico del estiercol (guano) o su mezcla con otros materiales, durante el cual se alcancen temperaturas superiores a 55°C en forma continua por cinco dias minimo. 5. Tratamiento con vapor de agua del estiercol o su mezcla con otros materiales a una temperatura minima continua de 105°C durante 6 minutos minimo. 6. Tratamiento de elevacion espontanea de la temperatura. Luego de que el estiercol (guano) ha sido conglo-

merado, debera humedecerse y cubrirse con plastico o MORDAZA, preferentemente de color negro, debiendo removerse periodicamente. El proposito sera que la temperatura ascienda en las excretas a 55°C minimo, durante 3 a 5 dias continuos, dependiendo de las condiciones climaticas. Posteriormente se debera agregar alguna sustancia o realizar procedimientos que eviten la proliferacion de moscas. 7. Otros tratamientos fisicos, quimicos o biologicos aprobados por el SENASA. 05968

MINCETUR
Autorizan viaje de representante del Ministerio a MORDAZA para brindar apoyo y soporte tecnico a expositores que participaran en la "Feria Internacional de Artesanias"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 100-2005-MINCETUR/DM MORDAZA, 18 de marzo de 2005 Visto el Memorandum Nº 283-2005-MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo formula, propone, dirige, ejecuta y evalua la politica de desarrollo de la actividad turistica y artesanal, y a traves de la Direccion Nacional de Artesania propicia el desarrollo de las inversiones y la competitividad en la actividad artesanal en el MORDAZA local e internacional; Que, del 23 de marzo al 4 de MORDAZA de 2005 se llevara a cabo en la MORDAZA de Cordoba, Republica MORDAZA, la "Feria Internacional de Artesanias", declarada por la Comunidad Iberoamericana de la Artesania - CIART como la Feria Oficial del Ano Iberoamericano de la Artesania; Que, la participacion en esta Feria tiene por objetivo propiciar el contacto directo de los artesanos nacionales con el MORDAZA y compradores extranjeros, por lo que el MINCETUR, a traves de la Direccion Nacional de Artesania apoyara la participacion de una seleccion de artesanos y empresas productoras de artesania del pais; Que, a tal fin el Viceministro de Turismo solicita se autorice el viaje del Sr. MORDAZA Solon Castaneda Ieva, profesional que presta servicios en la Direccion Nacional de Artesania para que en representacion del MINCETUR asista y participe en dicho evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Cordoba, Republica MORDAZA, del 20 al 28 de marzo de 2005, del senor MORDAZA Solon Castaneda Ieva, para que en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo brinde apoyo y soporte tecnico a los expositores peruanos que participaran en la "Feria Internacional de Artesanias", que se realizara en dicha ciudad. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 782,00 Viaticos (US$ 200,00 x 8 dias) : US$ 1 600,00 Tarifa Corpac : US$ 28,24

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